Subieron las multas de tránsito: cuáles son los valores actualizados

Se actualizaron los valores de medición para sancionar a conductores en Capital y Provincia de Buenos Aires. Cuáles son las multas más gravosas
Subieron las multas de tránsito: cuáles son los valores actualizados

Las autoridades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires oficializaron el ajuste en las escalas monetarias que determinan el costo de las faltas de tránsito en ambas jurisdicciones. Las modificaciones responden a los esquemas periódicos de actualización de la Unidad Fija (UF), la referencia utilizada normativamente para calcular el importe final de las actas de comprobación. Mientras que en el distrito porteño el valor de dicho indicador rige por un período de seis meses, en el territorio bonaerense la adecuación se realiza en forma bimestral, lo que genera diferencias significativas en los montos fijados para infracciones idénticas según el lugar de ocurrencia.

El mecanismo de cálculo para determinar la sanción económica se mantiene ligado al precio promedio de los combustibles, aunque con metodologías distintas. La Ciudad toma como base medio litro de nafta de mayor octanaje, situando el nuevo parámetro en $1.173,08 con vigencia hasta marzo de 2027. Por su parte, la administración provincial fija la medida a partir del litro de nafta premium relevado en la sede La Plata del Automóvil Club Argentino, estableciendo un costo de $2.281 para el bimestre de septiembre y octubre. Estas variaciones impactan directamente sobre las sanciones por maniobras imprudentes y falta de documentación obligatoria.

Las multas más caras en Provincia de Buenos Aires

En el ámbito bonaerense, las faltas consideradas gravísimas alcanzaron cifras de fuerte impacto presupuestario para los automovilistas. La negativa a someterse al control de alcoholemia encabeza la nómina de penalizaciones más severas, con topes que se aproximan a los $2,7 millones. Los valores fijados para las faltas más habituales en rutas y calles provinciales abarcan las siguientes franjas:

  • Negarse a realizar un control de alcoholemia: de $1.140.500 a $2.737.200
  • Exceso de velocidad y cruce de semáforo en rojo: desde $342.150 hasta $2.281.000

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes: entre $456.200 y $2.281.000

  • Circular a contramano o utilizar la banquina: entre $456.200 y $2.281.000

  • Transitar con la Verificación Técnica Vehicular vencida o sin seguro: desde $684.300 hasta $2.281.000

  • Falta de uso de casco en motos o cinturón de seguridad: entre $228.100 y $1.140.500

  • Estacionamiento indebido o no permitido: entre $114.050 y $228.100

La escala de sanciones y el sistema de puntos en la Ciudad de Buenos Aires

En el territorio porteño, el incremento en la medida de referencia elevó los pisos y techos de las infracciones fiscalizadas mediante la red de dispositivos de control vial. Las contravenciones vinculadas al exceso de velocidad se gradúan en función de la escala en que se supere el límite permitido, alcanzando montos máximos que superan los $4,6 millones en los casos de mayor gravedad. En tanto, las conductas que afectan el flujo vehicular o la seguridad vial presentan el siguiente esquema tarifario:

  • Circular en exceso de velocidad: desde $175.962 hasta $4.692.320
  • Conducción con graduación alcohólica no permitida: desde $175.962 hasta $2.346.160

  • Cruce de bocacalles con luz roja: desde $351.924 hasta $1.759.620

  • Circular con chapas patentes adulteradas o tapadas: $1.173.080

  • Redes de fiscalización por uso de teléfono celular al volante: desde $94.999 hasta $199.998 según si se envía texto

  • Invasión de carriles exclusivos o Metrobus: $142.498,50

Además de las liquidaciones pecuniarias, la Ciudad aplica el descuento de puntos en la licencia de conducir a través del scoring. Respecto de los plazos de vencimiento legal para exigir el pago, en el distrito porteño las faltas prescriben a los cinco años sin distinción de gravedad, mientras que la normativa provincial diferencia entre faltas leves, con caducidad a los dos años, y graves, que prescriben a los cinco. En ambos casos, la prescripción requiere iniciar un trámite formal ante la autoridad contravencional correspondiente.

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