Confirman multa millonaria contra Fast Cambio por maniobras con dólar durante el cepo
El fallo judicial confirma una sanción histórica a una operadora acusada de utilizar mecanismos irregulares en el mercado mayorista de cambios
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó una medida cautelar y dejó firme una multa del Banco Central por $31.000 millones contra Fast Cambio S.A. y sus directivos, sancionados por operar con el dólar oficial cuando regía el cepo cambiario.
La casa de cambio no figura legalmente como perteneciente al empresario Elías Piccirillo, ex marido de Jésica Cirio. Sin embargo, el juez federal Ariel Lijo está investigando qué relación hay.
En una resolución de las últimas horas, la sala V del tribunal, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, desestimó el recurso con el que la firma buscaba dejar sin efecto una decisión adoptada en 2025 por la máxima autoridad monetaria.
Mediante ese acto administrativo, se impuso una multa astronómica a la sociedad de $19.553.000.000, además de sanciones pecuniarias individuales por $5.865.900.256 a cada uno de sus propietarios, Adrián Dolezel y Fernando Ribeiro.
El Banco Central también le revocó a la empresa la autorización para funcionar como operador de cambio y dispuso una inhabilitación de seis años para que los directivos desempeñen cargos en entidades financieras o cambiarias.
El ardid para acceder al dólar sin impuestos
Según surge de la causa, el expediente administrativo que derivó en la intervención de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA dejó al descubierto un complejo esquema contable y operativo.
De acuerdo con los elementos recabados, la firma incurrió en tres faltas graves:
- Obstaculizar de manera deliberada los procedimientos de inspección
- Violar los límites normativos de venta de moneda extranjera entre entidades (según la Comunicación "A" 7901)
- Desplegar una operatoria expresamente prohibida para su tipo de licencia
La investigación de la autoridad monetaria se focalizó en las maniobras realizadas entre febrero y marzo de 2024: en ese lapso detectó que Fast Cambio adquirió un total de u$s7.960.000 al tipo de cambio oficial, es decir, exento de la carga impositiva aplicable al resto de los actores del mercado. La firma adujo el uso de "fondos propios" originados en supuestos aportes de capital.
Sin embargo, el BCRA determinó que ese dinero provenía de préstamos contratados con una firma del sector del agro, "Agricultura y Ganadería El Molinillo S.A.", entidad que no poseía la solvencia financiera necesaria para justificar semejante transferencia patrimonial.
Lejos de volcar esos dólares al mercado cambiario minorista o a las operaciones autorizadas con clientes, la entidad utilizó las divisas para comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera, los cuales vendió posteriormente contra pesos.
Según surge del expediente, con este mecanismo, la casa de cambio generó una ganancia abultada estimada en $1.648.480.000, utilizando su estatus regulatorio como pantalla para realizar un arbitraje financiero vedado para el común de los operadores.
A estas irregularidades se sumó el bloqueo a la labor de los inspectores del BCRA en septiembre de 2023. Cuando los agentes se presentaron en las oficinas de la firma para llevar a cabo un arqueo de valores en sus cajas de seguridad, las autoridades adujeron la imposibilidad de acceder porque las llaves se encontraban en poder del presidente del directorio, quien supuestamente estaba de viaje.
La posterior falta de entrega de la documentación requerida también configuró, para la autoridad de aplicación, una clara maniobra para ocultar la verdadera situación contable.
Para la casa de cambio, las multas son "confiscatorias"
En su presentación ante la Cámara, la defensa de Fast Cambio S.A. y de sus accionistas planteó un cuadro de "asfixia financiera e inminente quiebra".
Detalló que el patrimonio neto de la empresa asciende a poco más de $260 millones, por lo cual la multa impuesta por la autoridad monetaria equivale a casi 75 veces el activo total de la compañía y 215 veces su Responsabilidad Patrimonial Computable. Bajo estos guarismos, sostuvo: "Las sanciones resultaban confiscatorias, desproporcionadas y la falta de suspensión cautelar implicaría la destrucción inmediata de la empresa y la pérdida de puestos de trabajo". Actualmente, la firma se encuentra cerrada.
Asimismo, los abogados solicitaron la inconstitucionalidad del artículo 42 de la Ley de Entidades Financieras (N° 21.526), que establece que las apelaciones contra las multas del Banco Central se conceden "al solo efecto devolutivo"; es decir, sin suspender la ejecución del cobro mientras el expediente se tramita en los tribunales.
No obstante, los magistrados de la Sala V desestimaron de plano esa pretensión. En el fallo, Treacy y Gallegos Fedriani recordaron que las medidas cautelares contra el Estado exigen probar de forma fehaciente una "arbitrariedad manifiesta" en el dictado del acto administrativo, un extremo que en esta etapa inicial del proceso no quedó acreditado.
"La decisión del Banco Central de la República Argentina aparece sustentada en las circunstancias fácticas del caso y en la normativa aplicable en la especie", remarcaron los jueces.
En esa línea, el tribunal validó el criterio del BCRA al considerar que la entidad cambiaria fue utilizada "deliberadamente por quienes eran sus accionistas y directivos como vehículo y pantalla para canalizar pesos, cuyo origen lícito no está exento de dudas, intentando darle la apariencia de fondos propios (...) para acceder al MULC (Mercado Único y Libre de Cambios) y hacerse de dólares al valor oficial".
La causa que vincularía a Fast Cambio con Piccirillo
El juez Lijo tiene a su cargo un expediente en el que se investiga a la firma Nápoli Inversiones y al Banco Sucrédito de Tucumán, muy ligado a Piccirillo, según surge del expediente. Se los acusa de la adquisición de dólares a valor oficial, compra de bonos y su posterior venta como dólar MEP.
En esas operaciones habría intervenido Fast Cambio, la misma casa de cambio a la que ahora la Justicia le confirmó las millonarias multas y sanciones impuestas por el BCRA.
Desde Nápoli Inversiones dijeron en una ocasión al diario La Nación: "La casa de cambios por entonces estaba autorizada a funcionar por el BCRA y a valor de mercado".
"No es todo lo mismo. No somos Piccirillo. Acá el gran problema es el Banco Central", se defendieron.
Actualmente, Piccirillo cumple prisión domiciliaria en el marco de una causa en la que está imputado de ser el presunto organizador de un operativo policial ilegal y armado para perjudicar al empresario Francisco Hauque, con quien mantenía un conflicto económico y una deuda millonaria.
Según la investigación, en enero de 2025 se le plantó un arma y más de un kilo de cocaína en el vehículo a Hauque tras una cena, lo que derivó en su detención temporal.