La Justicia revocó el fallo que frenaba la edad de punibilidad y apartaron a la jueza
El tribunal decidió que siga avanzando la causa contra el adolescente involucrado y desplazó a la jueza por sus objeciones al sistema penal juvenil
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis. La magistrada había declarado inconstitucional la baja de la edad de punibilidad a 14 años y sobreseído a un adolescente acusado de tentativa de robo en Palermo.
El tribunal también dispuso el apartamiento de De Marinis del expediente. Ordenó realizar un nuevo sorteo para designar al juez que continuará con la investigación bajo las disposiciones del régimen penal juvenil.
La resolución fue firmada por los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca. Los tres magistrados hicieron lugar a la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
El pronunciamiento deja sin efecto la decisión del 21 de septiembre. Habilita la continuidad del proceso contra el adolescente, identificado con las iniciales M.I.A., de 14 años.
Por qué la Cámara cuestionó los argumentos de la jueza De Marinis
La Cámara cuestionó los fundamentos utilizados por De Marinis para declarar inconstitucional la reducción de la edad de punibilidad.
Mahiques sostuvo que el control judicial de las leyes no autoriza a los magistrados a reemplazar las decisiones del Congreso por sus propias preferencias sobre política criminal. Advirtió que la jueza no había demostrado una contradicción concreta entre el artículo 1° de la Ley 27.801 y una disposición de jerarquía constitucional.
El tribunal señaló que la Convención sobre los Derechos del Niño exige establecer una edad mínima de responsabilidad penal. Sin embargo, no impone que ese límite sea de 16 años.
Las recomendaciones internacionales para conservar edades superiores constituyen pautas interpretativas relevantes. Pero no equivalen por sí mismas a una prohibición jurídica de modificar la legislación, según la Cámara.
La decisión adquiere especial relevancia por tratarse de uno de los primeros casos judiciales en los que se cuestionó la aplicación de la Ley 27.801. La norma comenzó a regir el 5 de septiembre y redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal.
La Cámara consideró que la jueza de primera instancia utilizó argumentos insuficientes para declarar la inconstitucionalidad de una norma sancionada por el Congreso y que confundió la posibilidad de someter a un adolescente al régimen penal con la eventual imposición de una pena.
Cómo fue el intento de robo que inició la causa judicial
El expediente en el que intervino De Marinis se inició el 10 de septiembre. Surgió a partir de un procedimiento de flagrancia en el que actuó la Justicia porteña.
De acuerdo con la resolución, en el episodio habrían participado al menos cuatro adolescentes. El representante del Ministerio Público Fiscal encuadró el episodio como tentativa de robo.
La investigación comenzó después de que el grupo intentara quitarle el teléfono celular a un peatón. Según consta en la causa, la víctima es un hombre de 47 años, quien logró escapar del lugar.
Pocos metros más adelante, pidió ayuda a un oficial de la Policía de la Ciudad con el que se encontró. Durante el intento de robo, uno de los adolescentes le habría exigido: "¡Dame todo. Dame el celular!"
Qué resolvió originalmente la jueza De Marinis sobre el caso
De Marinis, quien asumió como magistrada en diciembre de 2023, analizó en su resolución la situación particular del menor de 14 años. Resolvió dictar su sobreseimiento luego de considerar inconstitucional el artículo de la normativa.
La jueza entendió que el artículo que habilita la aplicación del régimen penal a partir de los 14 años violaba garantías constitucionales. Su decisión implicaba que el adolescente no podía ser juzgado bajo la nueva ley.
El fallo se convirtió en la segunda resolución judicial que cuestiona la nueva ley, luego de que la jueza de Lomas de Zamora Marta Pascual dispusiera la suspensión del régimen penal juvenil en la provincia de Buenos Aires.
Esa medida, sin embargo, posteriormente fue revocada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro. El apartamiento de De Marinis y la revocación de su fallo marcan un precedente clave en la aplicación del régimen penal juvenil en la Ciudad de Buenos Aires.