Causa $LIBRA: la Cámara Federal rechazó otro pedido de los inversores apartados
La Cámara Federal impidió que un grupo de compradores participen como parte afectada en la investigación sobre la caída del valor de $LIBRA
La Cámara Federal de Apelaciones declaró inadmisibles los recursos presentados por cuatro inversores que buscan recuperar su condición de querellantes en la causa $LIBRA, que investiga el lanzamiento y posterior desplome del criptoactivo promocionado por el presidente Javier Milei en febrero de 2025.
La decisión fue adoptada por la Sala I, integrada por los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola. De esta manera, quedó firme por esta vía la resolución que había confirmado el apartamiento de Martín Romeo, Matías Alejandro Paris, Juan Patricio Marchetto y Alan Vega como acusadores particulares.
Los cuatro habían recurrido ante la Cámara Federal de Casación Penal la decisión de la Sala I del 4 de septiembre, que había avalado el criterio del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi. El magistrado había hecho lugar a un planteo de la defensa de Mauricio Novelli y excluido a los inversores del rol de querellantes.
Por qué la Cámara rechazó los recursos
En su voto, Llorens consideró que los argumentos presentados no alcanzaban para habilitar la instancia de casación. Según el magistrado, los recurrentes volvieron a plantear su desacuerdo con una cuestión que ya había sido analizada y resuelta por la propia Cámara Federal.
El juez sostuvo que tampoco se configuraba un supuesto de arbitrariedad que permitiera abrir excepcionalmente esa vía de revisión.
En ese sentido, señaló que los recursos no demostraban que hubiera existido una aplicación incorrecta de la ley, sino que expresaban una discrepancia con la interpretación realizada anteriormente sobre los hechos y la prueba del expediente.
El magistrado también sostuvo que la garantía del doble conforme ya se encontraba satisfecha porque la decisión de primera instancia había sido revisada por la Cámara Federal.
Bertuzzi y Yadarola coincidieron con el rechazo, aunque desarrollaron sus argumentos en un voto conjunto centrado en los requisitos que deben cumplir los recursos de casación.
Los camaristas señalaron que una resolución que excluye a una persona del rol de querellante puede, en determinadas circunstancias, ser equiparada a una sentencia definitiva. Esto ocurre cuando la decisión puede generar un perjuicio que no pueda ser reparado posteriormente al impedir la intervención de la presunta víctima como parte acusadora.
Sin embargo, aclararon que esa posibilidad no alcanza por sí sola para habilitar la instancia de Casación. Los recursos también deben demostrar alguno de los motivos previstos en el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación y explicar cuál habría sido el error de derecho cometido.
Qué cuestionaron los inversores
Los cuatro compradores habían sostenido que correspondía revisar su exclusión de la causa y cuestionaron la interpretación realizada sobre la existencia del supuesto ardid requerido por el artículo 172 del Código Penal, que regula el delito de estafa.
Según Bertuzzi y Yadarola, los planteos no identificaron de qué manera la interpretación adoptada por Martínez de Giorgi y posteriormente confirmada por la Cámara implicaba una aplicación errónea de la legislación.
Los jueces también descartaron que hubiera un defecto de fundamentación de la resolución recurrida. Consideraron que los agravios vinculados con los artículos 123, 2 y 82 del Código Procesal Penal de la Nación y con la Ley 27.372 tampoco alcanzaban la entidad necesaria para habilitar excepcionalmente la vía intentada.
La Sala I ya había analizado la condición de los inversores en su resolución del 4 de septiembre. En ese pronunciamiento, había considerado que los compradores no habían identificado el ardid o la afirmación falsa concreta que los hubiera llevado a adquirir el token ni demostrado un vínculo entre una eventual maniobra y el perjuicio patrimonial que alegaban.
También había tenido en cuenta las características del mercado de criptomonedas y de la operación cuestionada, a la que describió como una actividad de alta volatilidad, sin regulación financiera y con una elevada exposición al riesgo.
Cómo continúa la causa $LIBRA
La investigación penal busca determinar si detrás de la creación, promoción y operatoria del criptoactivo existió una maniobra delictiva. Entre las personas cuya intervención es analizada en el expediente se encuentran Hayden Davis, Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy.
La pesquisa se encuentra delegada en el fiscal federal Eduardo Taiano.
Con la declaración de inadmisibilidad de los recursos, Romeo, Paris, Marchetto y Vega no recuperan por esta vía su condición de querellantes. Sin embargo, sus abogados anticiparon que presentarán una queja directamente ante la Cámara Federal de Casación Penal para intentar que ese tribunal habilite la revisión de la decisión que los apartó del expediente.
La presentación deberá ser analizada por ese tribunal, que tendrá que determinar si corresponde abrir la instancia de revisión pese al rechazo dispuesto por la Sala I de la Cámara Federal.