FAL: aportes obligatorios, uso voluntario y nuevos desafíos para las empresas
Las compañías deberán ajustar procesos internos y analizar riesgos para aprovechar las nuevas alternativas financieras y cumplir la normativa CNV
Con la publicación de la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para los productos de inversión colectiva del FAL, el esquema sumó nuevas definiciones sobre los vehículos habilitados y su funcionamiento.
A partir de este marco, Enrique Basabe Picasso, Director de Legales & Compliance de Mills Capital, analiza aspectos que serán centrales para las empresas, como la decisión de cuándo utilizar los recursos, la política de inversión y liquidez, la elección de la entidad y el vehículo y la coordinación entre las distintas áreas de la compañía.
El aporte es obligatorio, pero el uso de los fondos es voluntario
Una de las características centrales del esquema es que el aporte al FAL es obligatorio, mientras que la utilización de los recursos acumulados es voluntaria. "Frente a la necesidad de pagar una indemnización, la empresa podrá decidir si recurre a los fondos disponibles en el FAL o si afronta el pago con otros recursos", indica Basabe Picasso.
A su vez, señala que "el esquema permite realizar aportes voluntarios por encima del mínimo obligatorio, con el objetivo de potenciar la capitalización del FAL y contar con una mayor disponibilidad de recursos frente a futuras contingencias laborales".
Liquidez, rotación y horizonte de inversión
En cuanto a la política de inversión y liquidez, el especialista señala que dependerá de las características de cada empresa y, en particular, de su nivel de rotación.
"Una compañía con mayor rotación de personal puede enfrentar necesidades de liquidez diferentes a las de una empresa con menor rotación. Por eso, será importante analizar el nivel de rotación propio, las particularidades del sector y la dinámica de compañías comparables, para definir un FAL con un horizonte de inversión acorde con las necesidades de cada organización", explica.
Qué se puede mirar al momento de construir la cartera
El marco regulatorio establece el universo de activos en el que puede invertir el FAL. Estos son:
- Deuda del Estado Nacional
- Deuda provincial y de la Ciudad de Buenos Aires
- Depósitos en entidades financieras
- Obligaciones negociables locales
"En el caso de la deuda provincial y las obligaciones negociables, se exige una calificación "AAA" en escala nacional otorgada por al menos dos calificadoras, una condición que eleva el estándar crediticio de los activos que pueden incorporarse", enfatiza Basabe Picasso.
A esto se suman límites de diversificación y la obligación de que los activos estén integrados y sean pagaderos en pesos y negociados en mercados autorizados del país, añade el experto.
"El objetivo es contar con liquidez para hacer frente a las indemnizaciones cuando sea necesario, sin perder de vista que los recursos permanecen invertidos y pueden capitalizarse durante el tiempo en que la empresa no necesite utilizarlos. En ese sentido, la estrategia dependerá también del horizonte que cada compañía pueda asignarle a esos recursos", señala.
Entidad habilitada y tipo de vehículo
Otra de las decisiones será qué entidad habilitada estará a cargo de administrar los recursos y qué estructura utilizar para canalizar la inversión. En este esquema, los Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCIA) constituyen una alternativa para administrar los recursos del FAL a través de entidades habilitadas y bajo las condiciones establecidas por la CNV.
Basabe Picasso explica que "la elección de la entidad no necesariamente será definitiva. El esquema contempla la portabilidad entre administradoras, aunque bajo determinadas condiciones. El traspaso de los fondos deberá completarse dentro de los diez días hábiles desde la solicitud".
"Cuando se trate de entidades distintas, se prevén ventanas de traspaso en junio o diciembre de cada año y, como regla, una permanencia mínima de seis meses".
El FAL no es solamente un tema de Recursos Humanos
La implementación del FAL requerirá coordinación entre Recursos Humanos, Finanzas, Legales y Tesorería. La información sobre la nómina, la rotación y las posibles indemnizaciones deberá integrarse con decisiones sobre liquidez, inversiones y disponibilidad de recursos, además de los aspectos legales y regulatorios propios del funcionamiento del esquema.
"De cara a la implementación, cada empresa deberá definir cómo incorporar el FAL a su propia gestión. La elección de la entidad y el vehículo junto con la coordinación interna serán algunas de las variables a considerar para administrar los recursos y contar con fondos disponibles para afrontar futuras contingencias laborales", sostiene el especialista.
Del costo contingente a una obligación que puede planificarse
"El verdadero desafío del FAL no está solamente en constituir el fondo, sino en integrarlo a la planificación financiera de la empresa. Cuando una obligación laboral puede anticiparse, financiarse y administrarse en el tiempo, cambia también la forma en que la compañía piensa su liquidez y sus riesgos", concluye Basabe Picasso.