iProfesionaliProfesional

Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero 2024

Las empleadas domésticas serán de las más perjudicadas por el DNU presidencial. Cuál fue el impacto en el sector y cuándo será el próximo aumento de sueldo
31/12/2023 - 07:14hs
Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero 2024

Las empleadas domésticas venían percibiendo aumentos trimestrales en 2023, a la par de las subas que se convenían para el salario mínimo, las jubilaciones, etc. 

Nucleadas en el régimen de trabajo del Personal de Casas Particulares, hasta el momento no hay aumento de sueldo previsto para ellas en enero de 2024.

Por lo tanto, salvo que se tome alguna determinación al respecto, las empleadas domésticas volverán a percibir la misma suma que en diciembre de 2023 en su sueldo de enero 2024, pese a que se espera que la inflación del mes supere el 20% intermensual. 

¿Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero de 2024, cuándo recibirán su próximo aumento de sueldo y cuál fue el impacto en este sector del decreto por necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei al inicio de su mandato?

¿Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero 2024?

En enero de 2024 las empleadas domésticas percibirán el sueldo de diciembre 2023, que es el último para el cual la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, negoció un alza salarial.

Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero de 2024
Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en enero de 2024

En ese marco, los sueldos de diciembre que las empleadas domésticas cobrarán en enero de 2024 serán los siguientes, de acuerdo a su categoría

Supervisor/a

  • Personal con retiro: $1.708,5 por hora y $213.159,5 mensuales.
  • Personal sin retiro: $1.871,5 por hora y $237.435,5 mensuales.

Personal para tareas específicas

  • Personal con retiro: $1.617,5 por hora y $198.037 mensuales.
  • Personal sin retiro: $1.773,5 por hora y  $220.449 mensuales.

Caseros

  • $1.528 la hora o $193.217 mensuales, siempre sin retiro.

Asistencia y cuidado de personas

  • Personal con retiro: $1.528 por hora y $ 193.217 mensuales.
  • Personal sin retiro: $1.708,5 por hora y $215.320 mensuales.
Salarios de diciembre 2023 de las empleadas domésticas según su categoría

Personal para tareas generales

  • Personal con retiro: $1.416,5 por hora y $173.758 mensuales.
  • Personal sin retiro: $1.528 por hora y $193.217 mensuales.

Esos son los valores mínimos legales que cobrarán las empleadas domésticas en la Argentina en enero 2024, por el sueldo de diciembre 2023. A ello, se le debe sumar un 1% más por cada año de antigüedad.  

Asimismo, las empleadas domésticas cobran un plus de 30% cuando su lugar de trabajo se encuentra en lo que su convenio colectivo define como "zona desfavorable". Corresponde pagar ese plus al personal de casas particulares que preste tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

¿De cuánto será el aumento de las empleadas domésticas en enero 2024?

En enero las empleadas domésticas cobrarán el sueldo por el mes de diciembre, que llega con un 10% de aumento. 

Una característica del 2023 fue que los ajustes negociados por las distintas partes, empleadores, gremio y Estado, en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), fueron trimestrales. El último aumento de sueldo para empleadas domésticas se definió en la negociación paritaria de septiembre y fue del 34% a dividir en tres pagos.

El primero de los aumentos fue del 12% y se percibió con los haberes de octubre. El mismo incremento recibieron las empleadas domésticas en noviembre, en tanto que el 10% se cobrará con el sueldo correspondiente al mes de diciembre, que se abona en enero.

De cuánto será el aumento de sueldo para empleadas domésticas
De cuánto será el aumento de sueldo para empleadas domésticas

No hay por el momento nuevos aumentos previstos para el servicio doméstico en ninguna de sus categorías que puedan elevar sus ingresos más allá de los de diciembre 2023. 

Recientemente el secretario de Trabajo de la Nación, Omar Yasín, indicó que "no está previsto" convocar a la Comisión de Trabajadoras de Casas Particulares, porque "ni empleadores ni parte sindical pidieron su convocatoria".

Además confirmó que el Consejo del Salario será convocado en los primeros días de enero, para definir si es necesario un ajuste del Salario Mínimo, Vital y Móvil. La costumbre es que se decida primero ese incremento para que luego las entidades que representan al personal de casas particuares se base en esa cifra en su negociación. 

El último aumento del Salario Mínimo fue del 32,2% para el período de octubre a diciembre 2023, quedando en 156.000 pesos mensuales.

¿Como impactó el DNU en el sector de trabajo doméstico? 

Las empleadas domésticas serán las principales perjudicadas por el DNU 70/2023. Se estima que el sector abarca a 1,2 millones de trabajadores y trabajadoras en todo el país, pero solo un 25% de ellos están registrados y los demás permanecen en la categoría de trabajo informal. 

La medida firmada por el presidente Javier Milei deroga el artículo 58 de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. De esta forma, se eliminan las sanciones que pesaban ante la falta de registración laboral, empleo en negro, o registración deficiente.

Cómo impactó en las empleadas domésticas el DNU de Javier Milei
Cómo impactó en las empleadas domésticas el DNU de Javier Milei

Es decir, las personas tendrán un incentivo menos para regularizar el vínculo laboral con las empleadas domésticas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Eso deja a las trabajadoras y trabajadores sin acceso a estas cifras mínimas de pago por su trabajo, además de fuera de la protección de sus derechos laborales. 

Hasta el momento, la multa por no registración o registración deficiente de las empleadas domésticas podía llegar incluso a duplicar la multa y la indemnización que debe abonar el empleador. 

El artículo 58 del decreto deroga el texto del artículo 50 de la ley 26.844 que establecía lo siguiente: "Agravamiento por ausencia y/o deficiencia en la registración: la indemnización por despido se duplicará cuando se trate de una relación laboral que no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente".

Por otra parte, en el DNU se mantienen las obligaciones de registración laboral por parte del empleador, debiendo generar el alta del trabajador en el registro especial que funciona a través de la página de la AFIP y de ingresar mensualmente los aportes y contribuciones propios del régimen, cuyos valores varían en función a la cantidad de horas semanales trabajadas, afirma. También se mantienen los regímenes de licencias ordinarias y especiales para las empleadas domésticas registradas.