• 18/12/2025
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Qué pasa si me jubilo y sigo trabajando: ¿puedo hacerlo legalmente?

Los trabajadores pueden seguir trabajando luego de jubilarse, aunque deben cumplir con una serie de trámites fundamentales para evitar problemas
Por IM
23/08/2025 - 07:15hs
jubilado

Las jubilaciones en Argentina son bastante bajas, en especial para las personas que cobran los haberes mínimos. Dichos ingresos son insuficientes para afrontar las necesidades básicas mensuales y, en el caso de alquilar, se vuelve casi imposible llegar a fin de mes.

Ante este panorama, son cada vez más las personas que luego de jubilarse optan por continuar trabajando para mantener su nivel de vida. Es en este punto que surgen dudas sobre el procedimiento que se debe seguir.

¿Qué pasa si me jubilo y quiero seguir trabajando?

Las personas que se jubilen, pero desean seguir trabajando, ya sea en relación de dependencia como de forma autónoma, pueden hacerlo y cobrar sus haberes sin problemas. Sin embargo, tienen que cumplir con la obligación de hacer los aportes y contribuciones previsionales tanto del sueldo como activo.

Es decir, un 11 % en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo. No obstante, dicho aporte no contará para modificar el monto de la jubilación que perciben, es decir, no se suma. De todas formas, existen excepciones.

Sin embargo, en el caso de haber recibido la jubilación por invalidez, por regímenes especiales (tareas penosas, riesgosas o insalubres) o con subsidio complementario, no se puede volver a trabajar en relación de dependencia luego de jubilarse.

Y si dichos jubilados volvieran a trabajar de manera autónoma, se les suspenderá el pago de los haberes de la prestación previsional. Es decir, no seguirán cobrando la jubilación.

Jubilarse y seguir trabajando: ¿qué cambia para el empleado?

Más allá de que el empleado se jubile y quiera continuar trabajando en la empresa es voluntad del empleador mantenerlo en el puesto de trabajo

Una abogada experta, explicó que en el caso de que la compañía esté de acuerdo, "una vez que la persona está jubilada pasa a tener una antigüedad cero, más allá del tiempo que haya trabajado en la empresa".

En tanto, agregó que cuando la compañía quiera prescindir de su servicio le corresponderá una indemnización desde la fecha de jubilación, y no antes.

Por otro lado, al hacer efectiva la jubilación, la cobertura de salud pasa a estar cubierta por PAMI o la obra social correspondiente a la actividad prestada. Si bien es un derecho que puede ejercer el empleador, no quita que no pueda también no hacer uso del mismo y seguir brindándole al empleado una cobertura de salud superior.

Me jubilé pero voy a seguir trabajando: ¿cómo es el trámite?

El empleado que se haya jubilado y que quiera seguir trabajando deberá contar con el DNI, el último recibo de sueldo y con el Formulario de Declaración de Reingreso a la actividad laboral.

Antes de iniciar el trámite, tendrá que revisar previamente si los datos personales y vínculos familiares están actualizados en Mi Anses. Si no están actualizados, se deberá reunir la documentación faltante.

Luego será necesario iniciar la gestión de manera presencial en una oficina de ANSES. Hacer clic en el siguiente link para encontrar la dependencia que esté más cercana al domicilio. Por último deberá presentarse el día del turno en la oficina de Anses con la documentación necesaria para declarar la vuelta a la actividad.

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