Caso Piegari: consideran "absurdo" el fallo que dejó al restaurante al borde de la quiebra
El tradicional restaurante Piegari, ubicado en La Recova, atraviesa una crisis inédita luego de una sentencia laboral que inmovilizó todos sus activos y puso en riesgo su continuidad. Su dueño, Alberto Chinkies, advirtió que el fallo es tan desproporcionado que podría derivar en el cierre del emblemático local. En medio de la polémica, el economista Martín Tetaz calificó la resolución como un "fallo Matusalén", expresión con la que cuestionó la forma en que la jueza multiplicó la indemnización "más allá de cualquier parámetro razonable".
Según explicó Tetaz, la magistrada aplicó tres factores que terminaron por agravar la condena: dos de ellos ya no están vigentes y el tercero podría ser revisado en la instancia de apelación. Para el economista, la jueza decidió ignorar los cambios normativos recientes y adoptó un criterio que "no se ajusta al marco normativo actual".
La polémica sobre las penalidades derogadas y errores de procedimiento aplicadas en el cálculo
El primer factor que infló la sentencia fue la doble indemnización, una penalidad que ya no rige, pero que fue aplicada porque el hecho ocurrió cuando aún estaba vigente. El segundo componente fue la multa del 50% establecida en el artículo 2 de la Ley 25.323, también derogada por la Ley Bases, pero que igualmente fue incorporada en el cálculo final.
Si bien esta última penalidad podría haberse evitado —según señalan especialistas— con una mejor gestión administrativa del despido por parte de la empresa, el punto central para Tetaz es que la jueza utilizó sanciones que ya no existen en la legislación vigente. Ambos recargos hicieron crecer la condena muy por encima del criterio tradicional de un salario por año trabajado, considerado históricamente como la base de cálculo habitual en casos de indemnización.
Sin embargo, el aspecto más controvertido no estuvo en esas penalidades, sino en el criterio utilizado para definir la remuneración sobre la cual se realizó el cálculo indemnizatorio.
La propina es el punto más polémico de la indemnización
El tercer factor —y el más cuestionado por Tetaz y otros especialistas— fue la decisión de la jueza de incluir las propinas como parte central del salario indemnizatorio. El mozo sostuvo que su ingreso estaba compuesto en un 40% por salario y un 60% por propina, pero la jueza no solo validó esa estructura, sino que elevó el salario al 57% más un 60% adicional correspondiente a propinas.
Para Tetaz, esta decisión constituye un "absurdo jurídico", ya que no existe respaldo normativo para computar las propinas de esa manera. Lo llamativo es que la magistrada no consideró esas propinas como salario en negro —lo que habría implicado una multa por mala registración—, pero sí las utilizó como base para calcular la indemnización, a pesar de que el Convenio Colectivo del sector establece que, aún cuando estén prohibidas y se paguen, no deben ser consideradas salario.
La jueza argumentó que Piegari no demostró que el trabajador conociera esa norma, pero para Tetaz "es una norma pública y conocida, no requiere firma".
Indemnización récord y riesgo de cierre
El resultado final es una sentencia que, según Tetaz, rompe todos los parámetros: los 26 años de trabajo del empleado se transformaron en una condena equivalente a 80 salarios, cuando lo habitual sería 26. Si solo se tomara en cuenta el salario abonado por el empleador —sin propinas—, la indemnización ascendería al equivalente de 163 salarios, cifra que motivó la comparación con un "fallo Matusalén".
Chinkies advirtió que Piegari no puede afrontar semejante monto y que el embargo total de los activos ya paralizó el funcionamiento normal del restaurante. Ahora, la atención está puesta en las instancias superiores, que deberán revisar un fallo que, según especialistas y empresarios, se aparta del marco legal vigente y deja al borde del cierre a uno de los locales gastronómicos más emblemáticos del país.