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ALERTA

El sueldo que cobrarán los encargados de edificios en 2026

Los encargados cobrarán según la escala acordad en el mes de diciembre. Te contamos cómo quedan los sueldos con vivienda, sin vivienda y media jornada
07/01/2026 - 21:11hs
Encargado de edificio

Los encargados de edificios recibieron una nueva actualización salarial correspondiente al último mes del año, que se cobra durante enero de 2026. El ajuste alcanza tanto a los salarios básicos como a los adicionales previstos en el convenio colectivo, y vuelve a poner en el centro de la escena cuánto percibirán estos trabajadores en el primer mes del nuevo año.

La recomposición anunciada contempla no solo los haberes regulares, sino también los plus por antigüedad, viáticos y otros conceptos establecidos por el sector. Los montos definidos funcionan, además, como base para el cálculo de beneficios complementarios que puedan corresponder según la categoría, las funciones desempeñadas o las responsabilidades adicionales asignadas a cada trabajador.

En ese marco, el esquema salarial actualizado busca mantener una referencia clara para empleadores y empleados, en un contexto de ajustes periódicos vinculados a la evolución de los precios y a los acuerdos paritarios del sector.

Qué sueldo cobran encargados de edificio en enero de 2026

La nueva escala salarial fue comunicada a través de un documento firmado por el gremialista Víctor Santa María, Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh) y de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Fateryh). Allí se detalla que los valores corresponden al mes de diciembre de 2025, pero se perciben efectivamente en enero de 2026.

En el comunicado oficial se señala textualmente: "La Fateryh acordó con las cámaras del sector empleador, a partir del devengamiento de la remuneración del mes de diciembre de 2025, la incorporación al salario básico de cada categoría de convenio colectivo, la suma mensual de $50.000". Este incremento impacta de manera directa en el salario básico de todas las categorías comprendidas en el convenio, y sirve como referencia para el cálculo de otros adicionales.

El acuerdo también contempla una actualización vinculada a los viáticos. En ese sentido, el texto agrega: "los trabajadores/as permanentes y no permanentes sin vivienda, a excepción de las categorías de personal jornalizado no más de 18 horas por semana y personal suplente de descanso semanal, percibirán conjuntamente con el pago de la remuneración mensual, una suma remunerativa equivalente al 7%, en concepto de viáticos". 

Este punto resulta relevante, ya que el adicional por viáticos forma parte del ingreso mensual de una porción significativa de los encargados de edificios, especialmente aquellos que no cuentan con vivienda en el lugar de trabajo. La suma remunerativa del 7% se liquida junto con el salario mensual y se integra al total percibido en enero. En cuanto a la escala salarial de la 1° Categoría será:

  • Encargado Permanente con vivienda: 946.900
  • Encargado Permanente sin vivienda: 1.102.462
  • Ayudante Permanente con vivienda: 946.900
  • Ayudante Permanente sin vivienda: 1.102.462
  • Ayudante Media jornada: 551.231
  • Personal Asimilado con vivienda: 946.900
  • Personal Asimilado sin vivienda: 1.102.462
  • Mayordomo con vivienda: 979.819
  • Mayordomo sin vivienda: 1.145.049
  • Intendente: 1.378.090
  • Personal con más 1 Función con vivienda: 946.900
  • Personal con más 1 Función sin vivienda: 1.102.462
  • Encargado Guardacoches con vivienda: 831.994
  • Encargado Guardacoches sin vivienda: 899.184
  • Personal Vigilancia Nocturna: 989.176
  • Personal Vigilancia Diurna: 924.405
  • Personal Vigilancia Media Jornada: 462.203
  • Encargado No Permanente con vivienda: 470.773
  • Encargado No Permanente sin vivienda: 507.319
  • Ayudante Temporario: 906.557
  • Ayudante Temporario Media Jornada: 453.279
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