• 20/1/2026
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Reforma Laboral 2026: uno por uno, qué cambios impactan en los trabajadores

El Gobierno presentó la Reforma Laboral 2026, un proyecto que redefine el empleo y modifica contratos, despidos, sindicatos y derecho de huelga
Por NB
20/01/2026 - 09:18hs
reforma laboral

El Gobierno presentó un proyecto de Reforma Laboral 2026 que redefine de forma integral el sistema de relaciones de trabajo y el empleo en la Argentina. Denominada "Ley de Modernización Laboral", la iniciativa propone cambios profundos en la Ley de Contrato de Trabajo, la negociación colectiva, el régimen indemnizatorio, la justicia laboral y el derecho de huelga, además de incorporar nuevas figuras por fuera del derecho laboral tradicional.

El alcance de la reforma es amplio y de carácter estructural. Distintos especialistas y representantes sindicales señalan que introduce cambios significativos en el régimen laboral vigente, mientras que desde el Gobierno la presentan como una iniciativa orientada a modernizar el mercado de trabajo y mejorar su funcionamiento. A continuación, los principales cambios, punto por punto.

Quién queda comprendido en la relación laboral con la Reforma

Uno de los ejes del proyecto es la redefinición del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La reforma propone modificar su artículo 2 para excluir de su ámbito a determinadas figuras, entre ellas trabajadores independientes, colaboradores, personas contratadas bajo esquemas civiles o comerciales y repartidores de plataformas digitales.

En esos supuestos, la relación jurídica dejaría de regirse por el derecho laboral y pasaría a encuadrarse en el Código Civil y Comercial. Este cambio introduce un marco regulatorio distinto, con implicancias en materia de estabilidad, cobertura de derechos laborales y mecanismos de negociación colectiva, y refuerza la utilización de modalidades de contratación no laborales para determinadas actividades.

Fin de la presunción de laboralidad

La reforma introduce cambios que inciden sobre uno de los principios centrales del derecho laboral argentino: la presunción de existencia de una relación laboral cuando hay prestación personal y remunerada de servicios.

Al redefinir el alcance de la Ley de Contrato de Trabajo y excluir de su ámbito a determinadas figuras —como trabajadores independientes, colaboradores, contrataciones civiles o comerciales y trabajadores de plataformas—, el proyecto establece un marco en el que la emisión de facturas o recibos como prestador independiente adquiere mayor relevancia jurídica.

En ese contexto, la determinación de la existencia de una relación laboral quedaría más sujeta a prueba en cada caso concreto, con un rol más activo del trabajador para acreditar la naturaleza laboral del vínculo.

Tercerización y grupos económicos

El proyecto propone modificaciones en los artículos 30 y 31 de la Ley de Contrato de Trabajo que alteran el régimen de responsabilidad solidaria vigente en los casos de tercerización y grupos económicos.

Según la nueva redacción, el cumplimiento de determinados requisitos formales por parte de la empresa principal podría limitar su responsabilidad frente a las obligaciones laborales de la contratista. En el caso de los grupos económicos, la atribución de responsabilidad quedaría condicionada a la acreditación de fraude o de una conducta especialmente grave.

Estos cambios implican una redefinición del alcance de la responsabilidad empresaria y podrían tener impacto en las condiciones para el reclamo y cobro de créditos laborales en situaciones de subcontratación.

Cómo la reforma laboral modifica las reglas del empleo

Vacaciones

La reforma establece que los períodos fraccionados de vacaciones no podrán ser inferiores a siete días corridos, reduciendo la posibilidad de distribuir el descanso en lapsos más breves.

Además, si el empleador asigna las vacaciones de manera unilateral, solo deberá garantizar descanso en verano una vez cada tres años, limitando el acceso regular a la temporada alta de descanso.

Banco de horas

Se crea el banco de horas, un sistema que permite compensar jornadas más largas con otras más cortas sin pagar horas extras. El esquema podrá acordarse de manera individual o colectiva, y exige respetar descansos mínimos entre jornadas y semanales.

Para los trabajadores, implica la posibilidad de trabajar más horas sin recargo salarial, debilitando una de las protecciones clásicas frente a la extensión de la jornada laboral.

Indemnización

La reforma mantiene el esquema de un mes de sueldo por año trabajado, pero recorta la base salarial al excluir conceptos variables o no mensuales, como aguinaldo y gratificaciones extraordinarias.

Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización financiado por aportes mensuales del empleador que funciona como un auto-seguro patronal para cubrir despidos. Para especialistas, este mecanismo reduce el costo real de la desvinculación y fomenta la rotación permanente.

Despidos sin causa

Si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador deberá optar entre ser reincorporado o cobrar la indemnización. Se elimina la posibilidad de reclamar ambas cosas, reduciendo el impacto económico de los despidos arbitrarios.

Convenios colectivos

La reforma limita el principio de ultraactividad. Cuando vence un convenio colectivo, ya no se mantendrán automáticamente los componentes transitorios o variables del salario, como bonos, premios e incentivos.

Si esos conceptos no se renegocian, los trabajadores dejarán de cobrarlos, aun cuando formaran parte habitual de su ingreso.

Aportes sindicales

Toda retención salarial requerirá el consentimiento expreso del trabajador, incluyendo los aportes solidarios. Si bien se presenta como una ampliación de la libertad individual, el cambio debilita el financiamiento y la capacidad de acción de los sindicatos.

El proyecto elimina las bolsas de trabajo, un mecanismo histórico mediante el cual los gremios organizan el ingreso y la rotación laboral en sectores como la construcción, los puertos y la energía.

Desde ahora, los empleadores podrán contratar libremente sin restricciones basadas en usos y costumbres, reduciendo el poder de organización sindical en sectores estratégicos.

Derecho de huelga

La reforma amplía de manera significativa el listado de servicios esenciales y crea la categoría de "actividades de importancia trascendental". En ambos casos, se imponen niveles mínimos de actividad del 50% al 75% durante conflictos laborales.

Salud, transporte, energía, educación, telecomunicaciones, bancos, logística, puertos, aeropuertos, comercio electrónico, industria alimenticia y medios de comunicación, entre otros sectores, verán severamente limitado el impacto de las medidas de fuerza.

Justicia laboral

Los créditos laborales se actualizarán por IPC más un 3% anual, un mecanismo que, en contextos de alta inflación, licúa el valor real de las indemnizaciones.

Además, se limita la cuota litis al 20% y se prohíbe iniciar acciones civiles paralelas, eliminando la doble vía. En conjunto, estos cambios encarecen el acceso a la Justicia y reducen el incentivo para litigar.

Estatutos y regímenes 

La reforma deroga estatutos y leyes protectorias específicas, como el Estatuto del Periodista Profesional y la Ley de Teletrabajo.

Miles de trabajadores pierden regulaciones que reconocían la particularidad de sus tareas, mientras se habilita un régimen de trabajo remoto sin protecciones específicas.

Trabajadores de plataformas

El proyecto crea un régimen especial para trabajadores de plataformas digitales que los declara independientes, incluso cuando la empresa provea seguros, capacitaciones o herramientas.

El texto aclara que estos beneficios no constituyen indicio de relación laboral, consolidando un modelo sin estabilidad, sin negociación colectiva y sin protección frente a despidos o suspensiones.

Un cambio estructural del mercado de trabajo

En conjunto, la Reforma Laboral 2026 redefine el marco laboral argentino mediante modificaciones en los derechos laborales, la justicia del trabajo, la organización sindical, el régimen de despidos y las formas de contratación. Su alcance es amplio y de largo plazo, con potencial impacto sobre las condiciones de empleo y el sistema de relaciones laborales en los próximos años.

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