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Sueldo empleados de Comercio: cuánto cobran en mayo 2026 con aumento del 1,5% y bono de $120.000

El acuerdo más reciente asegura una mejora salarial que impacta en todas las categorías, sumando también una suma fija a los haberes mensuales
Por L.C.
03/05/2026 - 09:44hs
Sueldo empleados de Comercio: cuánto cobran en mayo 2026 con aumento del 1,5% y bono de $120.000

Los empleados de comercio de todo el país perciben en mayo de 2026 una actualización salarial en el marco del acuerdo paritario vigente entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las cámaras empresarias del sector. La mejora incluye un incremento del 1,5% aplicado a todas las categorías y el pago de un bono extraordinario de $120.000. Este esquema forma parte de un entendimiento trimestral que establece subas escalonadas hasta junio, con el objetivo de ajustar los salarios de forma progresiva durante el período acordado.

Cómo es el aumento salarial de mayo

El incremento del 1,5% que se liquida con los haberes de mayo se integra a un acuerdo de recomposición del 5% total para el trimestre abril-junio. La estructura definida distribuye las subas de la siguiente manera:

  • 2% en abril
  • 1,5% en mayo
  • 1,5% en junio

La actualización se aplica sobre las escalas vigentes y alcanza a todas las categorías contempladas en el convenio colectivo de trabajo de la actividad.

En paralelo, durante mayo se abona un bono extraordinario de $120.000. Este monto está compuesto por una suma fija de $100.000 que ya había sido otorgada en meses anteriores y un adicional de $20.000 incorporado en esta etapa del acuerdo. Según lo establecido, el bono se liquida junto con los haberes del mes.

Cuánto cobran los empleados de comercio en mayo 2026

De acuerdo con la escala difundida por la FAECyS, los salarios correspondientes a mayo incluyen tanto los básicos como las sumas no remunerativas acordadas. A continuación, el detalle por categoría:

Maestranza

  • Categoría A: $1.216.248
  • Categoría B: $1.219.412
  • Categoría C: $1.230.495

Administrativos

  • Categoría A: $1.228.122
  • Categoría B: $1.232.876
  • Categoría C: $1.237.623
  • Categoría D: $1.251.875
  • Categoría E: $1.263.749
  • Categoría F: $1.281.167

Cajeros

  • Categoría A: $1.232.079
  • Categoría B: $1.237.623
  • Categoría C: $1.244.749

Auxiliares

  • Categoría A: $1.232.079
  • Categoría B: $1.239.996
  • Categoría C: $1.266.125

Auxiliares especializados

  • Categoría A: $1.241.583
  • Categoría B: $1.255.832

Vendedores

  • Categoría A: $1.232.079
  • Categoría B: $1.255.835
  • Categoría C: $1.263.749
  • Categoría D: $1.281.167

Estos valores corresponden a las escalas con las sumas no remunerativas incluidas, tal como fue establecido en el acuerdo vigente.

Adicional por antigüedad y otros componentes

A los montos detallados se suma el adicional por antigüedad, que equivale al 1% por cada año trabajado. Este adicional se calcula sobre el total de las remuneraciones, incluyendo tanto los conceptos remunerativos como las sumas no remunerativas incorporadas en el acuerdo.

El cálculo de la antigüedad forma parte de los ítems habituales en la liquidación salarial del sector y se mantiene sin modificaciones en este esquema de actualización. Su impacto final en el salario depende de la cantidad de años de servicio de cada trabajador.

Diferencias regionales en las escalas

Si bien las cifras difundidas corresponden a la escala general, el acuerdo contempla la posibilidad de variaciones en determinadas zonas del país. En particular, regiones con condiciones específicas pueden aplicar ajustes adicionales. Un caso habitual es el de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego, donde suelen regir valores diferenciados por condiciones laborales y costos asociados a la ubicación geográfica.

Estas diferencias se establecen mediante acuerdos complementarios y no alteran la estructura general del convenio, pero pueden modificar los montos finales percibidos por los trabajadores en esas jurisdicciones.

Revisión del acuerdo en junio

El entendimiento paritario incluye una cláusula de revisión prevista para junio de 2026. En esa instancia, las partes firmantes —el sindicato y las cámaras empresarias— podrán evaluar la evolución de las variables económicas y definir eventuales ajustes en las escalas salariales.

La revisión constituye un mecanismo habitual en acuerdos de este tipo y permite readecuar los salarios en función del contexto económico durante la vigencia del convenio. Según lo previsto, cualquier modificación que surja de esa instancia impactará en los haberes correspondientes al cierre del trimestre o en períodos posteriores.

Contexto del acuerdo paritario

El convenio vigente se inscribe dentro del esquema de negociaciones colectivas del sector mercantil, uno de los más numerosos del país en términos de trabajadores registrados. Las actualizaciones periódicas buscan mantener las escalas salariales alineadas con la dinámica de precios y otros indicadores económicos.

El acuerdo trimestral con incrementos escalonados y sumas no remunerativas forma parte de una modalidad utilizada en los últimos períodos para definir ajustes en plazos cortos, con instancias de revisión cercanas. Este tipo de mecanismos permite introducir modificaciones en función de la evolución de las condiciones económicas durante el año.

En este marco, los haberes de mayo incorporan tanto el tramo intermedio del aumento como el bono extraordinario, configurando el ingreso total percibido por los trabajadores alcanzados por el convenio en el quinto mes del año.

Qué tener en cuenta al momento de cobrar

Los montos informados corresponden a valores de referencia establecidos en la escala salarial del convenio colectivo. El salario final que percibe cada trabajador puede variar en función de distintos factores, entre ellos:

  • Antigüedad en el puesto
  • Jornada laboral (tiempo completo o parcial)
  • Adicionales específicos del convenio
  • Diferencias regionales aplicables

Además, la inclusión de sumas no remunerativas implica que parte de los ingresos puede no estar sujeta a determinados aportes y contribuciones, según lo definido en el acuerdo.

En todos los casos, la liquidación salarial debe reflejar los conceptos establecidos en el convenio vigente y en los acuerdos paritarios firmados para el período.

Con la aplicación del aumento del 1,5% y el pago del bono extraordinario, los empleados de comercio perciben en mayo una actualización en sus ingresos dentro del esquema acordado para el trimestre. El próximo hito previsto en el calendario paritario será la revisión de junio, donde se analizará la evolución de las variables económicas y su impacto en las escalas salariales del sector.

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