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Licencia por adopción en Argentina: plazos vigentes y cómo se solicita

La licencia por adopción puede incluir etapas previas a la guarda definitiva y sumar días en casos de adopciones múltiples o de niños con discapacidad
Por IM
22/05/2026 - 08:00hs
Licencia por adopción en Argentina: plazos vigentes y cómo se solicita

En Argentina, las licencias laborales vinculadas a la maternidad y al cuidado familiar no solo alcanzan a los nacimientos biológicos. En los casos de adopción, la legislación también contempla períodos de licencia para que los adoptantes puedan facilitar el proceso de integración familiar y garantizar el cuidado del niño, niña o adolescente incorporado al hogar.

Sin embargo, los plazos y condiciones de la licencia por adopción pueden variar según el tipo de empleo, el convenio colectivo aplicable, la jurisdicción involucrada y si se trata de trabajadores del sector público o privado.

Cuántos días de licencia por adopción corresponden en Argentina

En Argentina, la licencia por adopción no tiene un régimen único para todos los trabajadores. Los plazos dependen principalmente de si la persona se desempeña en el sector público o privado y del convenio colectivo aplicable en cada actividad.

En el empleo privado, la Ley de Contrato de Trabajo no establece actualmente una licencia específica por adopción equivalente a la licencia por maternidad biológica. Por ese motivo, en muchos casos los derechos vinculados a la adopción dependen de acuerdos sindicales, convenios colectivos o políticas internas de las empresas.

Algunos convenios laborales contemplan licencias especiales que pueden ir desde algunos días hasta varias semanas. Incluso, algunas empresas incorporaron beneficios para tratar de igualar la situación entre hijos adoptados y biológicos.

En el sector público, las condiciones varían según la provincia y el organismo en el que se desempeñe el trabajador. Por ejemplo, en la provincia de Entre Ríos, el pasado 8 de mayo se aprobó un nuevo régimen de licencias por adopción en el empleo público.

El nuevo régimen garantiza hasta 120 días de licencia y el principal cambio es que el permiso puede comenzar con la etapa de vinculación previa, facilitando el tiempo para el conocimiento mutuo antes de la guarda definitiva.

Los cambios introducidos por esta nueva política que impulsa las adopciones en la provincia se encuentran:

  • Se cuenta con 120 días de licencia a partir del inicio del proceso de vinculación, es decir, cuando la familia y el niño comienzan a conocerse y a construir el vínculo, acompañados por un equipo técnico. El proyecto original preveía 90 días, pero se extendió a 120 en la versión aprobada
  • Se incorporan días adicionales para que las familias puedan asistir a audiencias judiciales y entrevistas, actividades necesarias en el proceso adoptivo
  • La licencia puede extenderse 30 días más en casos de adopciones múltiples (dos o más niños) o cuando el niño tiene discapacidad. Es importante mencionar que el 25% de los niños en espera de adopción en la provincia tienen certificado de discapacidad

Luego de la licencia paga, existe la posibilidad de solicitar una licencia sin goce de sueldo si la familia lo necesita.

Cómo se solicita la licencia por adopción

El procedimiento para pedir la licencia por adopción depende del régimen laboral de cada trabajador. En general, el primer paso es informar formalmente al empleador sobre el otorgamiento de la guarda con fines de adopción o sobre la resolución judicial correspondiente.

Habitualmente, las empresas y organismos públicos solicitan documentación que acredite el proceso judicial de adopción, como resoluciones emitidas por el juzgado interviniente o certificados oficiales vinculados a la guarda.

En el caso de trabajadores registrados del sector privado, se debe revisar el convenio colectivo aplicable a la actividad o el acuerdo firmado con la empresa, ya que muchas veces allí se detallan los días de licencia disponibles y las condiciones para acceder al beneficio.

Un punto a tener en cuenta es que, aquellas empresas que tienen este tipo de convenio, protegen el puesto de trabajo del empleado. Es decir, de la misma forma que ocurre con otros derechos laborales vinculados a la maternidad y al cuidado familiar, el trabajador mantiene su vínculo laboral y conserva sus derechos salariales según el régimen aplicable.

En cuanto a la anticipación, también depende del convenio colectivo de trabajo, si corresponde al sector público o privado, entre otras cuestiones. Por ejemplo, desde el Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA), establecen que la solicitud de licencia deberá efectuarse con una anticipación no menor a CINCO (5) días antes de su iniciación.

En caso de adopción simple o plena, se debe realizar a partir de la fecha en que la autoridad competente notifique el otorgamiento de la guarda con vistas a la futura adopción, conforme las siguientes pautas:

  • Quien adopte a un niño de hasta tres (3) años de edad, tendrá derecho a una licencia de ciento veinte (120) días corridos con goce íntegro de haberes
  • Entre los tres (3) y seis (6) años de edad, tendrá derecho a una licencia de ciento treinta y cinco (135) días corridos con goce íntegro de haberes
  • Entre los seis (6) y diez (10) años de edad, la licencia se extiende a ciento cincuenta (150) días corridos con goce íntegro de haberes
  • Entre los diez (10) y dieciocho (18) años de edad, tendrá derecho a una licencia de ciento ochenta (180) días corridos con goce íntegro de haberes

Por lo tanto, para conocer en detalle los plazos de una licencia por adopción, requisitos y cómo solicitarla, es necesario analizar cada caso en particular.