Cuánto cobra un playero de YPF en agosto 2026
Julio es el último mes incluido en la paritaria de empleados de estaciones de servicio como YPF, Shell o Axion, por lo cual los trabajadores ya saben que cobrarán sus próximos sueldos en agosto con aumento. Por la escala salarial básica de julio, un playero en cualquiera de esas cadenas debe cobrar un salario básico de $1.545.472,32 por mes, $61.818,89 por día o $7.727,36 por hora, más los adicionales correspondientes.
El Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y G.N.C., Garages, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGYPE) había llegado a un acuerdo cuatrimestral con las principales cámaras del sector (CECHA, FECRA, AES y FEC) mientras siguen debatiendo otras cuestiones, como el autodespacho de combustible y las comisiones por venta de otros artículos que están incorporando los estacioneros a su oferta, como hamburguesas y helados.
Vale la pena remarcar que el de los trabajadores de estaciones de servicio es uno de los cientos de convenios colectivos de trabajo que el Gobierno nacional busca que se aggiornen a la luz de la Ley de Modernización Laboral (27.802) aprobada en marzo pasado.
Cuál fue la última paritaria de trabajadores de estaciones de servicio
La evolución de los salarios para el personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 317/99 es el resultado directo del acuerdo celebrado entre la Asociación Estaciones de Servicio de la República Argentina, AES, y la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garages, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, FOESGRA, junto al sindicato de base SOESGYPE. Las partes establecieron un cronograma escalonado de actualizaciones para recomponer los ingresos de los operarios frente a las variables macroeconómicas del período.
La paritaria fijó una serie de incrementos sucesivos que comenzaron a aplicarse en el primer tramo del año. En el mes de abril se otorgó una asignación no remunerativa de $70.700 que pasó a ser remunerativa en mayo para incorporarse definitivamente al básico de cada categoría. A este esquema se le sumó un incremento del 2,3% en abril respecto a los sueldos de marzo, seguido por un aumento del 2,2% para el período de mayo sobre los haberes de abril.
Durante el mes de junio, la pauta salarial dispuso un incremento del 2% sobre los sueldos de mayo. Junto con este porcentaje, se abonó una asignación de carácter no remunerativa equivalente a $30.000 para todas las categorías del sector.
El dato clave que determina la conformación de los sueldos de julio, que se perciben de manera efectiva en el transcurso de agosto, es que dicha suma fija de $30.000 perdió su condición excepcional y pasó a integrarse de forma definitiva al salario básico de cada uno de los escalafones laborales, elevando el piso de remuneración general del convenio.
Las partes acordaron volver a reunirse en negociaciones paritarias a partir del 18 de agosto de 2026 para consensuar las remuneraciones del período posterior.
Cómo quedó la escala salarial de estaciones de servicio en agosto
La liquidación de haberes correspondiente a las tareas desarrolladas durante el mes de julio, pagaderas en los primeros días de agosto de 2026, presenta valores específicos para el salario básico mensual, el valor por jornada diaria y el costo de las horas de labor ordinarias y extraordinarias:
- Encargado: $1.600.406,45 por mes, $64.016,26 por día y $8.002,03 por hora
- Administrativo: $1.569.084,68 por mes, $62.763,39 por día y $7.845,42 por hora
- Operario de Servicio: $1.564.268,58 por mes, $62.570,74 por día y $7.821,34 por hora
- Operario de Playa: $1.545.472,32 por mes, $61.818,89 por día y $7.727,36 por hora
- Operario Auxiliar: $1.505.559,36 por mes, $60.222,37 por día y $7.527,80 por hora
- Operario Conductor: $1.535.177,25 por mes, $61.407,09 por día y $7.675,89 por hora
- Operario Interior y Anexos: $1.529.943,26 por mes, $61.197,73 por día y $7.649,72 por hora
- Sereno: $1.541.730,26 por mes, $61.669,21 por día y $7.708,65 por hora
En el caso de los franqueros, las remuneraciones y valores de su jornada se liquidan de forma variable, tomando como referencia estricta la escala y los montos de la categoría específica del personal al que le toque cubrir durante sus días de reemplazo en el establecimiento.
Adicionales de la actividad
La estructura de ingresos brutos de los trabajadores de estaciones de servicio se complementa con una serie de adicionales convencionales fijados por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 317/99, los cuales se calculan de manera directa sobre los salarios básicos de cada categoría.
- Adicional por asistencia: se establece un beneficio general equivalente al 8% de las remuneraciones básicas para todo el personal que cumpla con las pautas de presencialidad dispuestas en el acuerdo sectorial.
- Adicional por movimiento de fondos: corresponde un suplemento del 8% calculado sobre el básico para aquellos puestos que tengan la responsabilidad directa de administrar y manipular dinero en efectivo. Este adicional se aplica de forma exclusiva a las categorías de Encargado, Administrativo, Operario de Playa, Operario Conductor, Operario Interior y Anexos, y Sereno.
- Adicional por antigüedad: regulado por el artículo 11 del convenio, dictamina que los empleados que posean entre 1 y 20 años de servicio en la firma perciben un plus del 2% por cada año acumulado. Para aquellos trabajadores que tengan una permanencia de 21 años o más en adelante, el porcentaje se eleva al 3% por cada año de servicio, aplicándose sobre los salarios básicos convencionales.
Cuál es la estrategia de SOESGyPE ante la reforma laboral y la actualización del convenio
En paralelo a las discusiones estrictamente salariales, el sindicato que dirige Carlos Acuña despliega una estrategia gremial y jurídica ante la convocatoria de la Secretaría de Trabajo conducida por Julio Cordero para renegociar los convenios colectivos en el marco de la reforma laboral vigente desde principio de año. La organización participa de esta instancia institucional con una propuesta propia orientada a resolver reclamos históricos y adaptar la normativa a los cambios tecnológicos del sector sin convalidar pérdidas de derechos adquiridos.
El gremio mantiene como reclamo prioritario el pago de un diferencial para las tareas ejecutadas durante los fines de semana, un punto histórico que forma parte de la actualización necesaria para la actividad. En ese marco, la entidad también sostiene un planteo firme para que no se altere el principio de ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo que resguarda la vigencia de los derechos pactados.
Respecto a la modernización por transformaciones tecnológicas en las estaciones de servicio, en entrevistas con distintos medios Acuña (h), reconoció que la tarea en las playas de expendio mutó profundamente, desde el despacho tradicional y cobro en efectivo hacia la operación obligatoria de aplicaciones, medios de pago electrónicos y sistemas digitales, por lo cual están dispuestos a discutir la incorporación de estas funciones siempre que se traduzca en mejor capacitación y adecuación de tareas sin vulnerar derechos.