Cuánto cobra un empleado de supermercado en noviembre con antigüedad y presentismo

Los cajeros y repositores tienen salarios de referencia distintos según su categoría. La antigüedad y el presentismo pueden elevar el ingreso mensual
Empleada de supermercado de camisa blanca entregando tarjeta y efectivo a una clienta con camisa blanca en supermercado carrefour

Puntos importantes

Checkbox Checked Empleados de super cobrarán salarios de noviembre con aumento y $25.000.
Checkbox Checked Cajeros y repositores tienen bases sobre $1.39M.
Checkbox Checked Antigüedad y presentismo aumentan el monto con sus cálculos.

Los empleados de supermercados cobrarán en diciembre los salarios correspondientes a noviembre, con el segundo tramo de aumento de la paritaria de Comercio y una suma extraordinaria de $25.000.

Para una jornada completa, los ingresos de referencia parten de $1.396.069 para un cajero A y de $1.391.664 para un repositor encuadrado como Administrativo A. Sin embargo, dicho monto es el valor base, por lo que el valor final varía.

Tanto la antigüedad como el presentismo modifican la liquidación. Por ejemplo, un cajero A con 10 años de servicio y que cumple las condiciones para cobrar el adicional por asistencia y puntualidad puede alcanzar un ingreso estimado de $1.658.857 antes de los descuentos.

Cuánto cobra un cajero de supermercado en noviembre

El convenio colectivo de Empleados de Comercio contempla distintas categorías para quienes trabajan en las cajas. La categoría A corresponde a quienes realizan únicamente operaciones de cobro, mientras que la B comprende a quienes también cumplen tareas administrativas relacionadas con la caja o de empaque. La categoría C, en cambio, corresponde a cajeros de entidades financieras.

En noviembre, un cajero A tiene un salario de referencia de $1.396.069, mientras que para un cajero B el importe asciende a $1.402.240. Esos valores incluyen el básico, $120.000 no remunerativos y la cuota extraordinaria de $25.000.

Si se agregan la antigüedad y el presentismo, los ingresos estimados quedan de la siguiente manera:

  • Cajero A sin antigüedad: $1.510.325

  • Cajero A con 5 años de antigüedad: $1.584.591

  • Cajero A con 10 años de antigüedad: $1.658.857

  • Cajero B sin antigüedad: $1.517.010

  • Cajero B con 5 años de antigüedad: $1.591.610

  • Cajero B con 10 años de antigüedad: $1.666.211

Los cálculos contemplan el adicional por antigüedad del 1% por cada año trabajado y el presentismo, equivalente a la doceava parte de la remuneración mensual. La suma extraordinaria de $25.000 queda afuera de la base para calcular ambos conceptos.

Cuánto cobra un repositor de supermercado

El convenio 130/75 incluye expresamente a los repositores dentro de la categoría Administrativo A. Para noviembre, esa categoría tiene un salario de referencia de $1.391.664, que contempla el básico de $1.246.664, una suma no remunerativa de $120.000 y el pago extraordinario de $25.000.

Asimismo, el convenio ubica al personal de depósitos de supermercados dentro de Maestranza C, por lo que el valor depende de las actividades que se desempeñan en el supermercado.

Para un repositor encuadrado como Administrativo A, los ingresos estimados con presentismo serían:

  • Sin antigüedad: $1.505.553

  • Con 5 años de antigüedad: $1.579.580

  • Con 10 años de antigüedad: $1.653.608

Las cifras incluyen el salario de convenio, la antigüedad y el presentismo, pero no contemplan horas extra ni otros adicionales que puedan corresponder según las condiciones laborales.

Cómo se calculan la antigüedad y el presentismo

La antigüedad representa un adicional del 1% por cada año trabajado. Para calcularlo, FAECYS establece que deben tomarse los importes remunerativos y no remunerativos, con excepción de la suma extraordinaria de $25.000 acordada por única vez.

El presentismo equivale a la doceava parte de la remuneración mensual. Para cobrarlo, el artículo 40 del convenio establece que el empleado no puede haber tenido más de una ausencia en el mes.

Por último, es importante tener en cuenta que no se cuentan las faltas justificadas por enfermedad, accidente, vacaciones o licencias legales o convencionales.

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