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Comienza a regir el diferimiento del pago de parte de la factura de gas para el verano

Los clientes de las distribuidoras de gas podrán optar por abonar a partir de diciembre hasta el 22% de la factura que reciban entre julio y octubre
03/07/2019 - 09:22hs
Comienza a regir el diferimiento del pago de parte de la factura de gas para el verano

Con el objetivo de atenuar el aumento de la tarifa de gas durante el invierno, el Gobierno habilitó la posibilidad de diferir parte del pago de las facturas que llegarán entre julio y octubre para los meses de verano.

La medida se puso en vigencia a partir de esta fecha, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 359/2019 del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).

La norma estipula que los clientes de las empresas distribuidoras de gas podrán optar por la posibilidad de no pagar hasta un 22% del valor de las facturas que reciban en los próximos cuatro meses y hacerlo recién desde el primer día de diciembre próximo.

La normativa fue impulsada por el Ministerio de Hacienda, a cargo de la Secretaría de Energía de la Nación, para intentar mitigar de algún modo las críticas que viene recibiendo el Gobierno por los fuertes incrementos en las tarifas de los servicios públicos.

Más que nada porque la vigencia de la reglamentación coincide con el período de campaña electoral que abarcan las PASO del próximo 11 de agosto, y de las elecciones generales de 27 de octubre y una eventual segunda vuelta del 22 de noviembre.

Con ese contexto es que el Gobierno le permite a los clientes de empresas como Metrogas o Camuzzi prorratear parte del costo de sus facturas emitidas a partir de este mes y de agosto, septiembre y octubre.

El gasto que dicha medida demande será absorbido por el propio Estado nacional y se calcula que será de unos $4.500 millones, en carácter de subsidio y mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, según voceros oficiales.

De todos modos, se trata de una medida optativa y no obligatoria para los usuarios residenciales que podrán acogerse al beneficio informando de la decisión a las prestadoras del servicio de distribución de gas.

En marzo se había dispuesto un aumento progresivo del 29% en las tarifas de gas: un del 10% en abril, 9,1% en mayo y 7,5% en junio, mes que además las boletas pasaron de ser bimestrales a mensuales.

Según la norma publicada en el Boletín Oficial de la jornada, "los montos diferidos serán recuperados en cinco cuotas mensuales iguales y consecutivas, a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1º de diciembre de 2019".

Para el caso de usuarios que no deseen ser beneficiarios de esta medida, podrán manifestarlo a la prestadora del servicio, "en cuyo caso esta deberá refacturar el total del monto adeudado", agrega la resolución.

A efectos de implementar la medida en la factura, la norma establece que luego del total de la liquidación correspondiente al período facturado, se deberá incorporar en línea separada y bajo la denominación "Diferimiento de pago Res SGE Nº 336/19 (*)", el monto que resulte diferido en función de la medida. Y como línea final, el monto total a pagar.

El mismo esquema se aplicará en las facturas en las que se incluyan las cuotas de recupero del monto diferido que además tendrán que llevar una leyenda en referencia a dicho concepto: "por Resolución SGE Nº 336/19, el monto total diferido se incluirá en las facturas de consumo que se emitan a partir del 1º de diciembre de 2019 y a sus respectivos vencimientos, en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas".

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