NUEVO MARCO REGULATORIO

Atención inversores: un paraíso fiscal definió una serie de cambios claves para evitar el lavado de dinero

Este año comenzaron a aplicarse cambios en la Ley de Sociedades Comerciales de las Islas Vírgenes Británicas para luchar el terrorismo y otros delitos
Por Lisicki - Litvin & Asociados
NEGOCIOS - 13 de Mayo, 2025

A partir del pasado 2 de enero de 2025, comenzó la aplicación de los cambios en la Ley de Sociedades Comerciales de las Islas Vírgenes Británicas (en adelante, BVI). Estas enmiendas, que entraron en vigor a raíz de modificaciones publicadas en diciembre de 2024, buscan ajustar la normativa local a los estándares internacionales en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Objetivos de las Reformas

La actualización normativa responde a la necesidad de adaptarse a recomendaciones emitidas por organismos internacionales como la OCDE y el G-20. A través de estos cambios, BVI busca perfeccionar la verificación de la titularidad efectiva y fortalecer las medidas de control interno para combatir actividades ilícitas, poniendo especial foco en la protección de la información de las empresas.

Por lo tanto, destacamos que el nuevo marco regulatorio busca mejorar la transparencia y la eficacia en la supervisión, ya que, BVI busca como objetivo retirarse de las listas "negras" y/o "grises" tanto de la Unión Europea, como así también de países miembros de la OCDE.

Cambios Clave en la Normativa

En este contexto, las reformas actuales pretenden reforzar el cumplimiento normativo y modernizar los procesos internos, con el fin de cumplimentar con los requerimientos sugeridos por los países que la incluían dentro de las listas de jurisdicciones no cooperantes. Entre las novedades más destacadas se encuentran:

  • La obligación para las sociedades de actualizar y presentar, en plazos estrictos, sus registros de miembros, directores y beneficiarios finales mediante sistemas electrónicos;
  • Nuevo Sistema: la transición del antiguo sistema BOSS al nuevo registro VIRRGIN, gestionado por el Financial Services Commission, que centraliza y verifica la información sin hacerla pública de forma indiscriminada;
  • Implementación de plazos: las nuevas empresas deben cumplir con estos requerimientos en 30 días desde su constitución, mientras que las sociedades existentes tienen un periodo transitorio que se extiende hasta mediados de 2025; además, la designación de directores se ha acortado a 15 días;
  • Aunque se consideró en su momento la posibilidad de un registro público, el acceso a la identidad de los beneficiarios finales se restringe ahora a aquellos organismos o entidades que demuestren un "interés legítimo", sujeto a definiciones aún pendientes de concretarse. Esta interpretación deja un interrogatorio abierto, ya que, al día de la fecha, no se ha informado oficialmente la definición de interés legítimo o persona que posea dicho interés
  • Las empresas deben remitir su registro de miembros al "Registrar of Corporate Affairs". De momento, BVI manifestó que esta información se conservará de forma privada y no será accesible al público, contando con un período de gracia de seis meses para las sociedades ya existentes, mientras que las nuevas deberán adherirse a esta obligación desde su creación.

Implicancias para las Sociedades

El nuevo marco exige que las sociedades, a través de sus agentes registrados, recopilen y envíen datos detallados mediante plataformas electrónicas que aseguran una verificación minuciosa antes de ser remitidos al Registro de Asuntos Corporativos.

Tal como nombramos anteriormente, las empresas existentes disponen de un plazo hasta el 2 de julio de 2025 para adecuarse a estos nuevos requerimientos, mientras que las nuevas incorporaciones deberán cumplirlos dentro de los 30 días posteriores a su establecimiento. Asimismo, se han impuesto plazos estrictos para el nombramiento y registro de directores, lo que mejora la eficacia y la transparencia en la gestión societaria.

Protección de la Privacidad

Nos es de suma importancia destacar que, a pesar de las nuevas obligaciones de reporte, BVI sigue conservando la privacidad de los beneficiarios finales Los registros —que abarcan desde la estructura accionarial hasta la identificación de los beneficiarios finales— estarán disponibles solo para las autoridades y organismos autorizados que demuestren un interés legítimo.

Lo que aún está en cuestión, y no ha sido claramente definido, es quién tendrá el derecho de demostrar ese "interés legítimo" y acceder a la información. Es decir, hasta la fecha, no se ha especificado de qué tipo de autoridad, institución o entidad podrá acceder a la misma.

Conclusiones

Las reformas adoptadas en BVI representan un avance importante hacia la modernización del marco regulatorio, permitiendo que la jurisdicción se ajuste a los estándares internacionales sin modificar la confidencialidad de los datos de sus inversores.

Sin embargo, la identificación de las "personas legítimas" con derecho a acceder a la información de los registros de los beneficiarios finales sigue siendo una incógnita. En consecuencia, aunque la privacidad no parece verse afectada directamente en este momento, la falta de claridad sobre quién tendrá acceso a esa información podría ser un interrogante para todos los inversionistas que han constituido entidades en la jurisdicción.

Juan Pablo Casoetto, socio;

Florencia Mollo, gerente;

Sofía Cuevas de Galvagni, senior.

Dpto. Impuestos Internacionales, Lisicki, Litvin & Abelovich.

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