El Gobierno cambia los requisitos para importar autos eléctricos sin arancel

El beneficio dependerá de la capacidad financiera, los antecedentes comerciales y las inversiones en cargadores de las empresas que compitan
autos electricos estacionados en fila

Puntos importantes

Checkbox Checked El Gobierno cambió los criterios para importar autos eléctricos sin arancel, priorizando la capacidad financiera y técnica.
Checkbox Checked Se mantiene el cupo de 50.000 unidades, permitiendo reasignar remanentes entre terminales e importadores.
Checkbox Checked La normativa busca regular el acceso al beneficio según las necesidades del mercado y nuevas inversiones.

El negocio de importar autos eléctricos e híbridos sin pagar el derecho de importación extrazona tendrá nuevas condiciones en la Argentina.

El Gobierno acaba de modificar los criterios para distribuir el cupo de 50.000 vehículos que permite traer del exterior por año y estableció un nuevo formato que incluye la capacidad financiera de las empresas, su trayectoria comercial, los patentamientos y las inversiones en infraestructura de carga eléctrica.

La medida alcanza a las terminales radicadas en el país y a las demás empresas que participan del régimen y, aunque mantiene una distribución inicial de 25.000 unidades para cada grupo, precisa cómo podrán trasladarse los cupos sin utilizar de una categoría a la otra y deja las condiciones de selección sujetas a lo que se establezca en cada convocatoria.

Las disposiciones forman parte de la Resolución 438/2026, publicada este viernes 30 de octubre en el Boletín Oficial de la Nación, con la firma de Pablo Agustín Lavigne, secretario de Coordinación de Producción en ejercicio de las competencias de Industria y Comercio.

El esquema entrará en vigencia el sábado 31 de octubre y su objetivo es regular el acceso de las empresas al beneficio.

Además, su implementación se concretará mediante llamados específicos, en los que se determinarán tanto las cantidades disponibles como las condiciones para adjudicarlas.

¿Cuáles son los nuevos requisitos para importar autos eléctricos?

La principal modificación está en los factores que podrán utilizarse para decidir qué solicitudes tendrán prioridad.

A partir de ahora, el Gobierno deberá definirlos en cada convocatoria, en función de la evolución de la industria automotriz nacional e internacional, las necesidades del mercado local y la administración del régimen.

La nueva redacción del sistema permite considerar los antecedentes de cumplimiento de las empresas dentro del programa, su actividad en producción, importación y comercialización, y su capacidad financiera.

También incorpora expresamente los patentamientos del mercado automotor general y los correspondientes a vehículos con motorización alternativa.

Esa evaluación es además integrada por el menor precio ofrecido, el momento de nacionalización de las unidades y el cumplimiento de los requisitos de homologación.

A esos requisitos podrán sumarse la incorporación de tecnologías innovadoras y la realización de inversiones en infraestructura de carga eléctrica vehicular.

Por caso, invertir en cargadores podrá convertirse en un antecedente para acceder al cupo, aunque la resolución no establece una obligación general de construirlos ni determina cuánto peso tendrá ese factor frente a los demás, ya que esa definición quedará para cada llamado.

La norma aclara que la autoridad convocante podrá incorporar otros criterios y deberá precisar cuáles aplicará al proceso de selección.

El contraste con el procedimiento anterior permite identificar el alcance del cambio teniendo en cuenta que hasta ahora, la reglamentación señalaba al mes estimado de nacionalización y/o al menor precio ofrecido como referencias para adjudicar unidades, aunque ya admitía agregar factores en cada convocatoria.

Ahora, la nueva resolución amplía y explicita esas posibilidades, pero lo hace sin establecer una jerarquía general entre ellas.

¿Cómo se distribuyen los cupos de importación sin arancel?

En cuanto a distribución inicial de los cupos de importación conserva dos grupos de igual tamaño.

Por un lado, las terminales radicadas en la Argentina, que tendrán una categoría de 25.000 unidades, mientras que otras 25.000 corresponderán a personas jurídicas que no reúnan esa condición.

Sin embargo, la descripción de los participantes cambia teniendo en cuenta que el texto anterior mencionaba a terminales radicadas y con producción en el país, mientras que la versión actualizada se refiere a empresas terminales radicadas en la Argentina, sin reiterar la exigencia productiva.

La resolución también modifica la segunda categoría ya que, mientras el artículo reemplazado comprendía a personas físicas o jurídicas, la nueva redacción menciona únicamente a personas jurídicas.

Además, el reparto por mitades funciona como distribución inicial y los remanentes podrán ofrecerse en futuras convocatorias o reasignarse entre participantes de ambos grupos, independientemente de la categoría a la que hubieran correspondido originalmente.

La medida aclara que si bien la posibilidad de redistribuir unidades ya estaba contemplada, ahora se explicita que podrán trasladarse de una categoría a otra y exige que cada convocatoria detalle cómo se efectuará esa eventual distribución.

Además, el organismo que realice el llamado podrá fijar topes por empresa y por modelo, establecer valores FOB máximos para las convocatorias y organizar procesos separados para terminales y otros importadores.

Un mercado que amplió su escala

La revisión de todas estas condiciones para entregar el cupo de autos eléctricos importados cada año se produce sobre un segmento que aumentó sus ventas y la variedad de vehículos disponibles.

Según el balance oficial difundido el 30 de septiembre, las convocatorias de 2025 y 2026 habían asignado conjuntamente 100.000 unidades, de las cuales 68.792 ya habían ingresado al país, con un volumen que comprendía 58 modelos de 29 marcas.

En el mismo informe, el Gobierno señaló que durante 2025 se habían patentado 25.600 híbridos y eléctricos, frente a 13.500 en 2024.

Para los primeros siete meses de este 2026, el registro informado alcanzaba las 48.320 unidades, con un crecimiento interanual del 322%.

En tanto que la participación de estas tecnologías en el mercado pasó del 4,4% entre enero y julio de 2025 al 21,1% en igual período de este año, de acuerdo con ese relevamiento.

El 72% de las unidades electrificadas patentadas en esos primeros siete meses correspondió a modelos alcanzados por el régimen de arancel cero.

Valores diferentes según la tecnología

El nuevo cambio en el reparto también se suma a la modificación de los límites económicos para acceder al programa si se recuerda que el Decreto 1128/2026, publicado el 30 de septiembre, reemplazó el tope general del esquema original por valores diferenciados según la tecnología del vehículo.

El anexo establece valores FOB máximos de u$s35.000 para los eléctricos puros, u$s18.000 para los híbridos convencionales y enchufables, y u$s16.000 para los híbridos ligeros, conocidos como mild hybrid.

La diferencia tiene en cuenta que los eléctricos puros utilizan exclusivamente propulsión eléctrica; los híbridos combinan un motor de combustión con un sistema eléctrico, mientras que los enchufables permiten recargar su batería desde una fuente externa y en los híbridos ligeros, el sistema eléctrico cumple una función auxiliar del motor de combustión.

La Resolución 438 también adapta el artículo de distribución a ese cambio ya que, en lugar de mantener una cifra única, remite al límite establecido en el Decreto 49/2025 y sus modificaciones para determinar qué unidades pueden acceder al tratamiento arancelario.

¿Qué decretos modificaron el régimen de autos eléctricos?

El régimen para importar autos eléctricos con cupo nació con el Decreto 49/2025, que fijó en cero el derecho de importación extrazona para los vehículos comprendidos en las posiciones arancelarias y condiciones del programa.

Luego, la Resolución 29/2025 aprobó el procedimiento de solicitud y asignación de cupos, exigiendo identificar las marcas, los modelos, las tecnologías y las cantidades que se pretenden importar, además de informar el precio de lista de venta al público y el mes estimado de nacionalización.

En enero pasado, la Resolución 22 modificó nuevamente el procedimiento e incorporó disposiciones sobre acumulación de cupos no utilizados y condiciones para considerar prórrogas de ingreso.

En el caso de la reforma publicada este viernes interviene sobre esa estructura y sustituye los artículos dedicados a los criterios de selección y al reparto entre categorías.