CUENTA REGRESIVA

Ya arrancó la veda electoral: ¿cómo funcionarán bares, boliches y restaurantes?

El período especial previo a las elecciones arrancó el viernes a las 8 y se extiende hasta el domingo a las. ¿Qué actividades se pueden hacer y cuáles no?
POLÍTICA - 12 de Noviembre, 2021

Este domingo 14 se realizarán las Elecciones Legislativas 2021 en todo el país, y como siempre, las semanas electorales tienen algunas particularidades. Entre ellas, la veda electoral es de las más notorias, ya que se trata de un período de tiempo previo a los comicios en el que algunas actividades están reguladas o prohibidas.

¿Cuándo se inicia la veda electoral? Según lo especifica el Código Nacional Electoral, la veda comienza a regir 48 horas antes de la apertura de los centros electorales y hasta tres horas después de que hayan cerrado el día de la votación. Así, en estas elecciones la veda electoral regirá en el país desde las 8 horas del viernes 12, y alcanzará a la población general hasta las 21 horas del domingo.

Todas las condiciones a tener en cuenta para las elecciones.

Según lo establece la ley, este jueves es el último día para realizar actos electorales y proselitismo, antes de entrar en la veda electoral. Además, este es el último día para justificar la no asistencia a las PASO del 12 de septiembre, trámite necesario para evitar la multa correspondiente pero no necesario para votar, ya que la obligación persiste aún habiendo faltado a la instancia electoral previa.

Prohibición durante la veda electoral

Las prohibiciones que dictamina alcanzan tanto a los civiles como a los candidatos que participan en los comicios. El punto fundamental de este período tiene como finalidad lograr el silencio electoral ya que no se permiten realizar actos ni propagandas políticas. Todas las actividades que estarán prohibidas, según lo establece el artículo 71. del Código Nacional Electoral, son:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

Una de las excepciones a la veda es el expendio de bebidas alcohólicas, que si bien también está contemplado en las restricciones, está prohibido desde las 20 horas del sábado, en lugar de las 8 horas del viernes como las demás actividades reguladas en el período electoral. Al volver a habilitarse el domingo a las 21 horas, la comercialización de estas bebidas sólo estará prohibida por 25 horas.

Qué se puede hacer y qué no en la veda electoral.

La prohibición alcanza también a los bares, restaurantes, que podrán vender alcohol hasta el horario límite, y tendrán que cerrar a las 24 horas del sábado. Aunque los boliches también tienen las mismas condiciones, lo más común es que no abran sus puertas en las vísperas de elecciones.

Después del 14 de noviembre, el 16 de noviembre es el fin del plazo para efectuar reclamos y protestas sobre vicios en la constitución y funcionamiento de las mesas y sobre la elección. Inicio del escrutinio definitivo.

El 13 de enero de 2022 es el fin del plazo para restituir el monto recibido como aporte para campaña de agrupaciones que retiraron sus candidatos. Fin del plazo para justificar la no emisión del voto y el 12 de febrero es el fin del plazo para presentar el informe final de campaña

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