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El insólito requisito que habrá que cumplir para reunirse en espacios públicos

El proyecto de Ley Ómnibus enviado por el Presidente Javier Milei al Congreso establece que los ciudadanos deberán cumplir con un requisito para reunirse
28/12/2023 - 07:48hs
El insólito requisito que habrá que cumplir para reunirse en espacios públicos

El proyecto de Ley Ómnibus enviado por el Presidente Javier Milei al Congreso establece que los ciudadanos deberán pedirle permiso al Ministerio de Seguridad para realizar reuniones en espacios públicos que involucren a tres o más personas.

La disposición está contemplada en el capítulo que el paquete de reformas le dedica a la Seguridad Interior y plantea que, en caso de que tres personas o más quieran reunirse en un espacio público, deberán pedir permiso con una antelación de 48 horas.

La modificación también le otorga al Ministerio de Seguridad de la Nación la potestad para rechazar las reuniones en espacios públicos o incluso proponer modificaciones con respecto a los horarios y lugares en los que se hace el encuentro.

La medida va en línea con la primera sección del capítulo de Seguridad Interior donde se busca reglamentar la organización de las manifestaciones, fijando duras sanciones para los organizadores y aquellas personas que impidan el funcionamiento normal de los transportes.

El insólito requisito que habrá que cumplir para reunirse en espacios públicos
El insólito requisito que habrá que cumplir para reunirse en espacios públicos

Puntualmente, desde el Ejecutivo definieron a las reuniones o manifestaciones como una "congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público", con el propósito de ejercer el derecho a la protesta.

De ser aprobada la ley que será tratada en sesiones extraordinarias y, en caso de que no sufra modificaciones, las reuniones o manifestaciones deberán ser notificadas al Ministerio de Seguridad con una antelación de 48 horas respecto de su realización.

Quienes formen parte de la reunión en el espacio público deberán dar detalles de los involucrados en el encuentro: los datos que deberán brindar van desde información de la persona u organización que los convoca, especificando "nombres y datos personales" hasta la finalidad de la movilización, pasando por el recorrido que tendrá, el tiempo de duración y la cantidad estimada de participantes.

Una vez que el Ministerio de Seguridad reciba toda la información, deberá otorgar un comprobante que certifique la correcta presentación realizada. La certificación la deberán tener todos los organizadores al momento de la realización de la convocatoria. En caso de contar con ese certificado de aprobación, la reunión podrá realizarse siempre y cuando "no estorbe, impida o entorpezca el tránsito", señala el proyecto.

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