El Gobierno frena por decreto las contrataciones en el sector público: qué sectores quedan exceptuados
El Gobierno nacional resolvió suspender de manera general las nuevas contrataciones y designaciones de personal en la administración pública nacional, medida que alcanza a organismos y entidades bajo control estatal. La decisión se enmarca en una estrategia de reducción y control del gasto, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
La medida quedó formalizada con la publicación del Decreto 934/2025 en el Boletín Oficial, donde también se detallan las excepciones permitidas y los criterios que regirán cualquier incorporación futura, bajo un esquema de mayor restricción y supervisión.
Qué establece el decreto
Según el texto oficial, las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Sector Público Nacional no podrán avanzar con designaciones ni contrataciones de personal bajo ninguna modalidad.
Conforme el decreto, "las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c) de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza".
En la práctica, la norma deja sin efecto las incorporaciones a plantas transitorias y las contrataciones temporales, ya sean a plazo fijo, por tiempo indeterminado, a tiempo parcial o de carácter eventual.
El alcance de la suspensión
La restricción también se extiende a los contratos por prestación de servicios con profesionales independientes, las designaciones transitorias en planta permanente y cualquier forma de vínculo laboral, exista o no relación de dependencia.
De este modo, el Gobierno busca limitar el crecimiento de la dotación estatal y avanzar con un ordenamiento integral del empleo público.
Cuáles son los sectores exceptuados
El decreto contempla una serie de excepciones. Quedan fuera de la suspensión las siguientes áreas y actividades:
- Educación universitaria
- Servicio Penitenciario Federal
- Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad (con excepción del personal civil)
- Profesionales que se desempeñen en hospitales, centros de salud e institutos de investigación y producción
- Contrataciones en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego
- Cuerpo de guardaparques nacionales
Reemplazos bajo control a partir de 2026
El texto introduce además un mecanismo de reemplazo limitado: desde 2026, solo se autorizará una incorporación por cada dos bajas efectivas, siempre que no correspondan a retiros voluntarios ni a salidas consensuadas.
Para concretar estos reemplazos, cada dependencia deberá solicitar autorización a la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, que analizará la pertinencia del pedido antes de habilitar cualquier incorporación.
En casos excepcionales, y en coordinación con la Secretaría de Hacienda, se podrá autorizar el ingreso de dos personas por cada baja, siempre que el organismo demuestre una necesidad estratégica debidamente justificada y haya avanzado previamente en un proceso de racionalización de su plantel.
Otras excepciones previstas
El decreto exceptúa a las contrataciones de artistas y profesionales vinculados a la Secretaría de Cultura, limitadas a tareas intelectuales o a reemplazos dentro de cuerpos artísticos estables.
La medida tampoco afecta a las siguientes situaciones:
- Prórrogas de designaciones transitorias y contratos en curso
- Nombramientos de personal de gabinete conforme a la Ley Marco de Empleo Público Nacional
- Incorporaciones a través del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI)
- Ingresos derivados de concursos para plantas permanentes
Cupo de discapacidad y alcance ampliado
El decreto ratifica la prioridad en el cumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad, garantizando la cobertura de los cargos previstos por la Ley N° 22.431.
La decisión también alcanza a las empresas públicas y fondos fiduciarios con mayoría estatal, cuyos representantes deberán implementar criterios equivalentes de control de personal, extendiendo así la política a otros ámbitos del sector público.
Cambios normativos y prórrogas
En paralelo, el Gobierno derogó el Decreto N° 1148 del 30 de diciembre de 2024, que regulaba las condiciones de contratación en el sector público, y decidió prorrogar la vigencia de la Decisión Administrativa N° 28, publicada en febrero de 2024, que ya imponía límites a las incorporaciones.
"Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de la Decisión Administración Nº 28 del 1° de febrero de 2024 prorrogada por la Decisión Administrativa N° 1 del 6 de enero de 2025″, informaron oficialmente. A su vez, se indicó que las menciones al presupuesto 2023 deberán ser adecuadas al esquema presupuestario actualmente en vigencia.