PRISIÓN DOMICILIARIA

Julio De Vido dejará el Penal de Ezeiza y cumplirá el resto de su condena en su casa

El exministro de Planificación sufrió un infarto el 1° de abril, por lo que debió colocarse un stent. Recibirá un control periódico
Por iProfesional
POLÍTICA - 11 de Mayo, 2026

La Cámara de Casación decidió darle el beneficio de la prisión domiciliaria al ex ministro de Planificación, Julio De Vido, y así dejará la cárcel de Ezeiza donde estaba cumpliendo su condena por la tragedia de Once.

La razón por la que De Vido seguirá cumpliendo su condena en su domicilio en por el infarto que sufrió el 1° de abril, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un Stent. Con este cuadro clínico, los profesionales de la salud alertaron en sus informes sobre un "alto riesgo cardiovascular".

Prisión domiciliario para Julio De Vido

El ex funcionario, de 76 años, está preso luego de haber recibido la condena por fraude al Estado, por la tragedia de Once, donde fue declarado culpable como partícipe necesario.

Al reciente infarto que sufrió, De Vido suma otras afecciones como diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial.

En este contexto y luego de que el Tribunal Oral Federal le diera la espalda al pedido de prisión domiciliaria, los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci anularon el fallo y ahora sí, establecieron el cumpliendo la condena en su domicilio a De Vido.

A su vez, Casación le encomendó al juez de ejecución que mantenga un control periódico sobre De Vido.

La Corte Suprema rechazó un planteo de Julio De Vido y su condena quedó firme

a Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves un recurso de reposición presentado por la defensa del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, con lo cual quedó confirmada de manera definitiva la condena a cuatro años de prisión por su responsabilidad en la causa vinculada a la tragedia de Once.

El Máximo Tribunal desestimó el recurso de reposición impulsado por los abogados del exfuncionario, quienes buscaban anular la sentencia que había sido ratificada tres semanas antes. En ese fallo previo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti habían considerado "inadmisibles" los recursos tanto de la fiscalía como de la defensa, dejando firme la condena por su participación como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, además de la inhabilitación perpetua.

Tras aquella decisión del 11 de noviembre, el Tribunal Oral Federal 4 ordenó la detención del exministro. La defensa respondió con un planteo de revocatoria —también denominado reposición o revocatoria in extremis— alegando la existencia de un "marcado error" y señalando que, a su criterio, la acción penal debía darse por prescripta.

La Corte Suprema respondió que sus decisiones no pueden ser revisadas por esa vía, salvo en casos de "situaciones serias e inequívocas", condiciones que —según señaló— no se verificaron en este expediente. Por ese motivo, el Tribunal ratificó lo resuelto previamente y confirmó que no correspondía reabrir la discusión sobre la condena.

Antecedentes de la condena y cierre del caso

De Vido había sido condenado inicialmente en 2018 por el Tribunal Oral Federal 4, que sostuvo que el ex ministro incumplió sus deberes de control respecto de los fondos destinados a la operadora ferroviaria Trenes de Buenos Aires (TBA). En ese juicio fue absuelto por el delito de estrago culposo, pero responsabilizado por administración fraudulenta.

Más tarde, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa sentencia. El caso volvió entonces a manos de la Corte Suprema, que ratificó la responsabilidad penal del exfuncionario, aunque ordenó revisar la extensión de la pena. Una sala de Casación, en cumplimiento de esa instrucción, fijó cuatro años de prisión, decisión que fue apelada por todas las partes intervinientes.

El 11 de noviembre pasado, la Corte puso fin al trámite de impugnaciones y dejó firme la condena. Ante ello, la defensa intentó una última estrategia para revertir el avance de la ejecución, pero ese intento quedó descartado con la resolución conocida este jueves.

De acuerdo con el expediente, ya se cursaron las notificaciones correspondientes para avanzar con la ejecución de lo ordenado por el Tribunal Oral Federal 4, lo que implica la puesta en marcha definitiva de la pena impuesta al exministro.

Un caso que marcó a la Justicia argentina

La tragedia ocurrió el 22 de febrero de 2012, cuando un tren del Sarmiento impactó contra los paragolpes de la estación de Once, provocando 52 muertes y 789 heridos. El episodio derivó en uno de los procesos judiciales más relevantes vinculados a la gestión del transporte público.

El fallo que alcanzó a De Vido determinó que, desde su rol en el Ministerio de Planificación, no controló el destino de los fondos públicos destinados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA). Fue absuelto del delito de estrago culposo, relacionado con las víctimas fatales.

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