PASA AL SENADO

El Gobierno logró aprobar Inocencia Fiscal II y se anotó otra victoria en Diputados

Después de la media sanción para la reforma del BCRA, Diputados también aprobó el proyecto que quita topes en Ganancias y limita facultades de ARCA
Por Marcelo Mussi
POLÍTICA - 26 de Agosto, 2026

Puntos importantes

Diputados aprobó el proyecto Inocencia Fiscal II, que elimina los topes de patrimonio e ingresos para acceder al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

La iniciativa exige residencia fiscal argentina y excluye a Grandes Contribuyentes para formalizar ahorros sin penalidad.

El proyecto limita la discrecionalidad de ARCA al establecer pisos mínimos para ajustes, restringir presunciones bancarias y fijar plazos de devolución.

Luego de aprobar la modificación de la reforma de la carta orgánica del Banco Central (BCRA), el oficialismo también logró la media sanción del proyecto Inocencia Fiscal II, que busca ampliar el universo de contribuyentes que puedan formalizar ahorros que mantienen fuera del sistema sin penalidades.

Obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y 2 abstenciones. La iniciativa será girada al Senado para continuar su trámite legislativo.

El proyecto introduce cambios en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, vigente desde 2025. Uno de los principales consiste en eliminar los topes para acceder al sistema, por lo que dejarán de regir los límites de $10.000 millones de patrimonio y $1.000 millones de ingresos.

La reforma busca captar los dólares del colchón, es decir esos billetes que actualmente se encuentran fuera del sistema bancario que, según las propias estimaciones del Gobierno, pueden alcanzar los u$s170.000 millones.

Para ingresar al régimen se mantendrán, en cambio, dos condiciones: contar con residencia fiscal en Argentina y no estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional.

Cerca de las 11 de la noche comenzó la votación del proyecto, que no estuvo exento de discusiones y polémica. La diputada libertaria Laura Rodríguez Machado, miembro informante del dictamen de mayoría, defendió el proyecto y sostuvo que la reforma busca "confiar más en el contribuyente que trabaja y paga sus impuestos", en lugar de considerarlo sospechoso por haber recurrido al ahorro informal para protegerse durante períodos de alta inflación.

La legisladora también destacó que el nuevo esquema permitirá a ARCA focalizar sus controles en aquellos contribuyentes que presenten inconsistencias relevantes.

"Aquellos que tienen discrepancias de determinados montos que generen sospechas de que esa persona está generando un ingreso que no corresponde", explicó Rodríguez Machado al referirse a los casos que quedarían bajo mayor fiscalización.

Desde la oposición, en cambio, denunciaron que se trata de un nuevo blanqueo y cuestionaron que la iniciativa reduzca la capacidad del Estado para controlar fondos cuyo origen no pueda ser justificado.

"Es mucho más que una simplificación tributaria", sostuvo Ariel Rauschenberger, de Unión por la Patria (UP).

El diputado advirtió que el proyecto implica "un cuasi blanqueo de dinero para operaciones inmobiliarias" y planteó que también podría generar presión sobre la Unidad de Información Financiera (UIF) para flexibilizar las normas destinadas a prevenir el lavado de activos.

"Los que tienen más patrimonio e ingresos tienen más posibilidades técnicas de ocultar o diferir ingresos", agregó Rauschenberger.

Qué dice Inocencia Fiscal II sobre discrepancia significativa

"Uno de los puntos neurálgicos radica en la delimitación de la 'discrepancia significativa'. El régimen actual la configura ante cualquier ajuste superior al 15% del tributo o reducción equivalente de saldos y quebrantos", había analizado a iProfesional el tributarista Héctor Tristan, haciendo referencia a los cambios principales del proyecto de Inocencia Fiscal II

"El proyecto introduce una regla de razonabilidad: no se configurará discrepancia si el ajuste no supera un piso mínimo equivalente al 5% del monto previsto en el artículo 1 del Régimen Penal Tributario ($5.000.000), aun cuando exceda el 15% proporcional", afirmó.

"Asimismo, se habilita una ventana de subsanación: si ante una liquidación administrativa o determinación de oficio, el contribuyente rectifica e ingresa saldo e intereses dentro de los 15 días hábiles, se desestima la causal de discrepancia", señaló.

"El proyecto de Inocencia Fiscal II consagra que la carga probatoria recae con carácter exclusivo sobre ARCA, la cual únicamente podrá fundar sus impugnaciones en datos declarados, registros sistémicos o información de terceros", considera Tristan.

"En paralelo, se amplía el bloqueo al uso de presunciones: a la inoponibilidad del incremento patrimonial no justificado, se suma hasta el 31 de diciembre de 2027 la veda sobre la presunción por depósitos bancarios. Las demás presunciones requerirán respaldo probatorio externo y no podrán sustentar ajustes de forma aislada", sostuvo.

Quiénes quedan afuera de la Inocencia Fiscal

En el plano de los sujetos y transacciones, se establecen pautas precisas:

Grandes Contribuyentes: podrán adherir o permanecer en la modalidad simplificada al solo efecto de la presentación y pago tempestivo, sin que ello extienda el resto de los blindajes del régimen.

Residencia y funcionarios: se exige residencia fiscal argentina durante todo el período fiscal (con excepción transitoria para 2025) y se restringe la simplificación a determinados funcionarios públicos.

Operaciones inmobiliarias y prevención de lavado de dinero: los pagos en efectivo en escrituras de derechos reales sobre inmuebles mantendrán la presunción de exactitud hasta fines de 2027. Además, la constancia de adhesión constituirá un antecedente favorable ante la UIF y sujetos obligados.

Alcance del IVA: se ratifica que la presunción de exactitud comprende los períodos mensuales devengados hasta diciembre inclusive del ejercicio de Ganancias respectivo.

Qué establece el proyecto sobre litigios y sanciones

El proyecto incorpora respuestas concretas frente a litigios y sanciones:

Devolución perentoria: ante la revocación firme de una determinación de oficio, la presunción se restablece con efectos retroactivos plenos y ARCA deberá restituir los pagos efectuados con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles.

Procesos en trámite: quienes conformen y cancelen ajustes en Ganancias o IVA en fiscalizaciones en curso quedarán eximidos de multas no firmes.

Sanciones formales: se establece una reducción permanente del 25% en multas formales para pymes y personas humanas no categorizadas como Grandes Contribuyentes, y una quita extraordinaria del 50% para infracciones vencidas desde el 2/1/2026 aún no canceladas ni firmes.

Régimen laboral agrario: Se gradúan las multas del RENATRE según su gravedad y se incorpora una actualización anual por índice UVA desde 2027.

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