• 19/12/2025
ALERTA

El Gobierno multó con $5 millones a una prepaga por negarle el aborto a una mujer

Omint fue multada por negar una IVE a una mujer, pero apeló al fallo. La denuncia se basó en la negativa del médico a realizar el aborto legal
04/06/2025 - 09:21hs
El Gobierno multó con $5 millones a una prepaga por negarle el aborto a una mujer

Una mujer que solicitó la interrupción de su embarazo y no obtuvo respuesta favorable presentó una denuncia ante la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, lo que derivó en una multa de 5 millones de pesos para la prepaga Omint. Sin embargo, la sanción todavía no se hizo efectiva, ya que la empresa apeló la medida y la Cámara aún no resolvió el caso.

Según Amnistía Internacional, organización que brindó acompañamiento legal a la mujer, "a las 11 semanas de gestación, a Blanca (N. de la R.: su nombre real se reserva para proteger su identidad) le informaron que su embarazo no era viable por malformaciones fetales incompatibles con la vida. Aunque era deseado, decidió interrumpirlo conforme a su derecho, según la Ley 27.610. Pero su médico se negó a hacer la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)".

Conforme adujo la ONG de derechos humanos, "en lugar de darle información, el médico le impuso sus juicios personales, no la derivó a otro profesional que garantizara el acceso al aborto y la desinformó para generarle miedo de interrumpir su embarazo. Finalmente, Blanca pudo acceder a su derecho en otro centro de salud".

Cuando la objeción personal vulnera derechos: multan a Omint por negar una IVE

Fue ella misma quien impulsó el reclamo que culminó en la sanción contra la empresa de medicina prepaga. La negativa a realizar la práctica médica, que quedó acreditada en el expediente, tuvo lugar en la Clínica Santa Isabel, parte del Grupo Omint, aunque la mujer no es afiliada de esa prepaga.

Defensa del Consumidor consideró que, en el marco de una relación de consumo, la prestadora de salud es responsable por las acciones de los profesionales que integran su red.

"Cuando una prepaga no garantiza un aborto legal, no solo viola derechos en salud, también incumple con sus obligaciones como prestador en una relación de consumo. Por eso, las usuarias pueden reclamar ante Defensa del Consumidor, además de otras vías administrativas o judiciales", añadió Amnistía, con el objetivo de alertar a otras personas que puedan atravesar situaciones similares.

La sanción impuesta por el organismo dependiente de la Secretaría de Comercio, según consta en el fallo al que accedió Clarín, responde a "una infracción al artículo 4° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, por incumplimiento al deber de suministrar información cierta, clara y detallada a la usuaria respecto a los alcances de los derechos contenidos en la Ley N° 27.610 y por desinformar a la denunciante respecto de la práctica de IVE".

Además, se menciona el artículo 19 de la misma normativa, "por incumplir con la prestación del servicio, al negar la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, a pesar de ser una prestación incluida en el PMO", así como el artículo 8 bis, "por incumplir con el deber de brindar un trato digno y equitativo al adoptar un comportamiento expulsivo para con la paciente al momento de consultar ésta por la práctica y por anteponer convicciones personales a los deseos de la denunciante".

Una disputa aún abierta

Si bien la disposición es de septiembre del año pasado, recién ahora se conocieron los detalles de la resolución. ¿Por qué no se difundió antes? Desde Amnistía Internacional explicaron que obtuvieron acceso al contenido de la multa y sus fundamentos recientemente, luego de realizar "un pedido de acceso a la información pública que fue respondido".

Indicaron también que, dado que la multa no tiene carácter indemnizatorio, la mujer denunciante ya no forma parte del expediente, lo que habría impedido que se enterara a tiempo del fallo favorable en el proceso iniciado en 2022. Ahora, será la prepaga la que deba enfrentar el litigio contra el Estado.