ACCESO A LA SALUD

¿Amparo en peligro? Cambios que complican reclamos a prepagas y obras sociales

Desde agosto, será obligatoria una mediación antes de reclamar judicialmente a prepagas u obras sociales, lo que podría demorar el acceso a la salud
Por NB
SALUD - 17 de Junio, 2025

En una medida que promete complicar aún más el acceso a la justicia en reclamos contra obras sociales y empresas de medicina prepaga, se publicó días atrás en el Boletín Oficial una nueva normativa que establece que, a partir de los próximos 60 días, será obligatorio iniciar un proceso de mediación previa antes de poder presentar un recurso de amparo.

Recursos de amparo en salud: ahora habrá que pasar por mediación antes de ir a la justicia

Hasta ahora, los usuarios que consideraban vulnerados sus derechos por decisiones o acciones de sus obras sociales o prepagas podían acudir directamente a la Justicia con un recurso de amparo, un trámite judicial diseñado para garantizar una respuesta rápida y efectiva en casos urgentes, especialmente relacionados con el derecho a la salud.

Esta vía permitía obtener soluciones provisionales en plazos relativamente breves, aunque la sentencia definitiva pudiera demorar más tiempo.

Sin embargo, con la entrada en vigor de esta nueva disposición, quienes quieran reclamar deberán primero someterse a un proceso de mediación entre el usuario que realiza el reclamo y la obra social o empresa de medicina prepaga involucrada. Solo una vez agotada esta instancia, y dependiendo de su resultado, podrá iniciarse formalmente el recurso de amparo.

La mediación implica un intento de resolución alternativa de conflictos, donde ambas partes buscan un acuerdo de manera voluntaria y guiada por un mediador. Si bien este mecanismo puede resultar útil en ciertos casos para agilizar soluciones, en la práctica la medida puede actuar como un freno adicional para quienes requieren una respuesta rápida frente a problemas que afectan su salud.

Obligación de mediación entrará en vigor en 60 días y afecta reclamos en salud

Esta modificación suma una nueva barrera que podría extender aún más los plazos para la resolución de reclamos judiciales, generando preocupación entre defensores de los derechos del consumidor y organizaciones que velan por el acceso efectivo a la salud.

El texto oficial, publicado en el Boletín Oficial, detalla que la obligación de mediación será efectiva a partir de 60 días desde su publicación, por lo que usuarios y abogados deberán adaptarse a este nuevo esquema.

Ante este escenario, expertos recomiendan informarse adecuadamente sobre los pasos y plazos para proteger el derecho a la salud, un derecho fundamental reconocido por la Constitución Nacional.

Puntos clave del nuevo decreto sobre mediación prejudicial en salud

  • Obligatoriedad de la mediación previa:

A partir de 60 días desde su publicación (04/06/2025), quienes quieran iniciar un reclamo judicial contra obras sociales o prepagas deberán pasar obligatoriamente por una mediación previa, según el nuevo artículo 6° de la Ley N° 26.589.

  • Alcance del cambio:

La mediación será obligatoria en controversias de salud que involucren entidades comprendidas en las Leyes Nros. 23.660, 23.661 (obras sociales) y 26.682 (medicina prepaga).

  • Creación del PROMESA:

Se aprueba el "Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud" (PROMESA), que regulará específicamente este tipo de conflictos.

  • Actualización del Registro Nacional de Mediación:

Se reorganiza y amplía el registro, incorporando un capítulo específico para mediadores en salud, además de centros, profesionales asistentes y entidades formadoras.

  • Capacitación obligatoria:

Los futuros mediadores en salud deberán realizar programas de formación específicos y aprobar un examen de idoneidad, supervisado por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud.

  • Participación del Estado Nacional:

El Ministerio de Salud podrá participar en audiencias de mediación, cuando los casos afecten intereses del Estado Nacional o requieran su intervención.

  • Financiamiento:

El gasto que demande esta implementación será cubierto con fondos del Ministerio de Justicia.

  • Alcance federal:

Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a implementar procedimientos similares, alineados con los principios del PROMESA.

  • Reglamentación complementaria:

El Ministerio de Justicia tendrá la potestad de dictar normas complementarias para garantizar la implementación efectiva del nuevo procedimiento. El decreto entra en vigor a los 60 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 4 de agosto de 2025.

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