LÍMITES

ARCA vigila tus transferencias: desde qué monto controla los movimientos en enero 2026

Arrancó el nuevo año y muchos usuarios están atentos con lo que sucede si reciben una suma importante de dinero en su cuenta bancaria o billetera virtual
Por A.L.
SERVICIOS - 02 de Enero, 2026

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dejó establecido cuáles son los montos a partir de los cuales investiga las transferencias tanto en cuentas bancarias como en billeteras virtuales en enero de este 2026.

Arrancó el nuevo año y muchos usuarios están atentos con lo que sucede si reciben una suma importante de dinero en su cuenta bancaria o billetera virtual. En este caso, hay que considerar que si los fondos provienen de una fuente comprobable -como sucede con la venta de un vehículo o una propiedad, o el pago de un trabajo debidamente facturado-, no deberían presentarse mayores inconvenientes.

A pesar de esto, los bancos pueden aplicar retenciones preventivas hasta verificar la operación, pero solo hace falta presentar la documentación que acredite el origen del dinero para destrabar la acreditación.

Si se trata de transferencias de alto monto en donde no hay una justificación clara, el organismo recaudador puede observar la operación y requerir pruebas sobre el origen de los fondos para descartar movimientos irregulares, especialmente si se trata de cantidades significativas.

ARCA te controla: a partir de qué monto vigila tus transferencias en enero 2026

ARCA establece los topes a partir de los cuales se monitorean automáticamente las operaciones bancarias y virtuales. Cada seis meses se actualizan estos montos, en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Se trata de una "actualización semestral automática basada en el IPC elaborado por el INDEC, conforme a lo dispuesto en la Resolución General 5512/2024". La que rige actualmente está desde julio y comenzó a regir en agosto, y se espera que en estas semanas se den a conocer los nuevos topes. En la página de ARCA asegura: "El nuevo valor resultará de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos ocurran a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año, según corresponda".

Superar esos montos puede activar alertas y dar lugar a controles más exhaustivos. Por eso, conocer los límites vigentes es fundamental para operar con seguridad, dentro del marco legal y sin demoras ni inconvenientes innecesarios.

A continuación, te damos a conocer los importes:

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $50.000.000 para personas físicas y de $30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $100.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $100.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $250.000 en efectivo y $400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $50.000.000 para personas físicas y a $30.000.000 millones para personas jurídicas.

      Qué información puede solicitar ARCA ante una transferencia dudosa

      Cuando el organismo detecta una transferencia significativa cuyo origen no está del todo claro, puede iniciar un pedido de información adicional. Entre los documentos más comunes se encuentran facturas emitidas, recibos de honorarios, boletos de compraventa de inmuebles o vehículos, comprobantes de préstamos declarados o certificaciones contables.

      Los sujetos obligados por el presente régimen deberán suministrar la siguiente información:

      -La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:

      • Tipo y número de cuenta
      • CVU
      • Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.

      -Los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos.

      El saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado.

      El objetivo de ARCA es asegurarse de que los fondos tengan un origen lícito y que el contribuyente se encuentre al día con sus obligaciones fiscales. En caso de no poder justificar el dinero recibido, la operación podría quedar retenida o derivar en sanciones. Por eso, la recomendación de los especialistas es mantener en orden toda la documentación vinculada a movimientos de dinero de cierto volumen.

      Qué se debe hacer si una transferencia queda bloqueada

      Cuando una entidad financiera retiene una operación, es clave:

      • Presentar la documentación solicitada por el banco.
      • Avisar previamente si se espera recibir un monto elevado.
      • Evitar fraccionar una operación grande en varias transferencias pequeñas, ya que puede activar más controles.

      En cuanto a los impuestos que pueden aplicarse, suelen alcanzar al receptor del dinero:

      • Ingresos Brutos, con retenciones cercanas al 2,5%.
      • Impuesto al Cheque, del 0,6%.

      El concepto de la transferencia funciona como referencia, pero también como respaldo ante posibles verificaciones de organismos de control.

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