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Advierten que DNU sobre "telcos" requiere de "regulaciones asimétricas"

Para la investigadora Daniela Monje, la norma "habilita y promueve la competencia entre privados, lo cual desmonta la idea de una eventual estatización".
04/09/2020 - 09:45hs
Advierten que DNU sobre "telcos" requiere de "regulaciones asimétricas"

Daniela Inés Monje, investigadora universitaria de políticas de la comunicación, y docente en las universidades nacionales de Córdoba y de Villa María, analiza en esta entrevista de iProfesional el reciente decreto presidencial de necesidad y urgencia (DNU) que declaró como servicio público a la telefonía móvil, Internet y la TV paga.

Monje es integrante de la Comisión Directiva de la Asociación Latinoamericana de Investigadores en Comunicación (ALAIC) y directora de la Maestría en Comunicación y Cultura Contemporánea del Centro de Estudios Avanzados de la Universidad Nacional de Córdoba.

-¿Cómo evalúa el decreto 690/20 en términos conceptuales?

-El DNU 690/20 recupera y extiende el alcance del concepto de servicio público en competencia. Este concepto no es nuevo en la legislación argentina y tampoco en el sector puesto que ya la telefonía fija se presta bajo la modalidad de servicio público desde hace décadas.

Lo que resulta innovador es que en la escena contemporánea los servicios TIC de telefonía móvil, Internet y televisión por cable se prestarán de ahora en más como servicios públicos en competencia lo cual recupera capacidad regulatoria por parte del Estado porque se consideran además servicios estratégicos y esenciales. Sin embargo y de modo simultáneo habilita y promueve la competencia entre privados, lo cual desmonta la idea de una eventual estatización.

En términos conceptuales aparece también la noción de precios justos y razonables lo cual creo es más discutible ya que en tanto se trata de un servicio público donde la autoridad regulatoria es la que aprueba las modificaciones tarifarias, tal vez debería aludirse a tarifas y no a precios.

-¿Cómo impactará el decreto en los mercados de telefonía móvil, Internet y TV por cable

-El mercado de telefonía móvil, Internet y TV por cable registra por una parte altos niveles de concentración en la Argentina y por otra profundas asimetrías entre estos actores con presencia significativa en el mercado y una gran variedad de pequeños actores integrada por más de 1.200 pymes y cooperativas de telecomunicaciones que prestan servicios a poco más del 30% de la población dispersa en el 70% del territorio nacional.

Por este motivo, el impacto es diferenciado y requiere de regulaciones asimétricas -o de lo que se denomina "smart regulation"- que atiendan por una parte, a criterios vinculados a la defensa de la competencia y por otro al fomento y estímulo para el desarrollo de proyectos de pequeña y mediana escala habida cuenta de la extensión del territorio nacional y de las diferencias significativas en el acceso a un piso de conectividad por parte de la ciudadanía.

También considero que la reglamentación de esta norma puede habilitar la producción de información sistematizada por parte de los licenciatarios que transparente el modo en que se construye cadena de valor en relación a cada uno de los servicios, que dé cuenta de las diferencias de precios que la misma empresa cobra a sus usuarios por los mismos servicios en diferentes localidades del país y que permita la construcción de información pública de interés y relevancia para la toma de decisiones por parte de la ciudadanía.

-¿Qué medidas deben tomarse para favorecer al bolsillo del usuario, en especial los más afectados por la pandemia y su crisis económica, y al mismo tiempo impulsar el despliegue y la mejora de las redes de los operadores?

-Creo que la medida urgente de congelamiento de precios hasta diciembre está en sintonía con la situación excepcional en la que nos coloca la pandemia y genera una ventana temporal de cuatro meses para avanzar en la construcción de tarifas en una mesa de diálogo y acuerdo entre el estado y los incumbentes.

La idea es garantizar un piso de conectividad y desplegar un plan nacional de conectividad que integre infraestructura pública y privada, ilumine la fibra ya instalada, e impulse las inversiones que se requieren para los tramos de última milla.

Y entiendo que todo esto debe hacerse en el marco de comprender que el acceso ciudadano a Internet constituye un derecho humano en sí, y al mismo tiempo en esta circunstancia histórica es vector de otros derechos fundamentales tales como educación, trabajo, salud, comunicación.

Entiendo asimismo que la definición de los servicios TIC en tanto servicios públicos no debería inhibir per se las inversiones puesto que esta definición opera como ordenador y busca garantizar equidad de acceso en el marco de servicios en competencia.

El cálculo para la fijación de precios justos y razonables incluye como parte de la cadena de valor la determinación de costos de desarrollo de infraestructura necesaria para la prestación de servicios, eso es parte de lo que debe ponerse en discusión. 

El Congreso será uno de los escenarios del debate en torno al DNU sobre las
El Congreso será uno de los escenarios del debate en torno al DNU sobre las "telcos".

¿Qué dice el DNU sobre las "telcos"?

El presidente Alberto Fernández comunicó el viernes a través de su cuenta oficial de Twitter la decisión de declarar servicios públicos a la telefonía celular, a los servicios de Internet y a la televisión paga y congelar hasta el 31 de diciembre las tarifas de los tres servicios.

La decisión se efectivizó a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020, que aplica modificaciones a la Ley N° 27.078 (conocida como "Ley Argentina Digital").

Esta norma fue sancionada en 2014, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, pero luego fue modificada durante el gobierno de Mauricio Macri. El DNU, como todos los decretos de esas características, deberá ser analizado y validado por el Congreso de la Nación. 

El DNU publicado por el Presidente considera, entre otros puntos: que el derecho de acceso a Internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión; que las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social; y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2012 estableció que "el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables (…).

El texto del decreto destaca los ejemplos de México y Francia, en donde en el primero se consagró el derecho de acceso a Internet, mientras que en el país europeo fue considerado un derecho fundamental. Además, en una entrevista radial tras la publicación del decreto, Fernández declaró: "Admiro a Noruega y Finlandia, y en estos dos países son servicios públicos".

También critica el DNU 267/2015, emitido por Macri, que estableció la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y modificó la "Ley Argentina Digital". Así, el reciente DNU considera que esa decisión "derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional".

El presidente Alberto Fernández recordó que en países escandinavos las telecomunicaciones son servicios públicos.
El presidente Alberto Fernández recordó que en países escandinavos las telecomunicaciones son servicios públicos.

Las modificaciones para las "telcos"

El decreto establece que los servicios de las TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, que sus licenciatarios fijarán los precios, que deberán ser justos y razonables, y regulados por la autoridad de aplicación, es decir, el Enacom. Además, incorpora como servicio público al servicio de telefonía móvil, cuyos precios también serán regulados por el Enacom.

En el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, suspende cualquier aumento o modificación de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC. Esto incluye a la televisión por cable, internet, a la telefonía fija o móvil y también a los servicios de televisión satelital.

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