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La Anmat prohibió la elaboración y comercialización de un aceite de oliva extra virgen: cuál es

A través del Boletín Oficial, el ente vetó al producto ya que, al carecer de registros sanitarios, se transforma en un producto ilegal
20/09/2022 - 08:16hs
La Anmat prohibió la elaboración y comercialización de un aceite de oliva extra virgen: cuál es

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de un aceite de oliva extra virgen por carecer de registras sanitarios.

Así lo determinó en la disposición 7488/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, en donde indicó que se trata del: "Aceite de Oliva Virgen Extra. Marca: Tataglia. Contenido neto: 2 litros., RNE -En trámite-, RNPA -En trámite-", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".

Tal como explicó en los considerandos, todo se inició a raíz de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán que informaba que a partir del reclamo de un particular verificó la comercialización en plataformas de venta en línea del producto.

Encontraron que en el rótulo detallaba ser un producto proveniente de la ciudad de San Martín, Mendoza, pero desde el Departamento de Higiene de los alimentos de dicha provincia no se encontró ningún RNPA con marca o nombre de fantasía "Tataglia". Por este motivo, al no declarar números de RNPA ni de RNE, se considera un registro inexistente. "Por carecer de registros sanitarios, resulta ser un producto ilegal", determinaron.

Al no poder ser identificada en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, la Anmat considera que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido.

Y argumentaron: "Ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento".

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La Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del aceite de oliva extra virgen marca Tataglia 

Segunda prohibición de aceite de oliva en menos de un mes

A fines de agosto, la Anmat había advirtido sobre la falsificación de un reconocido aceite de oliva y tomó cartas en el asunto para proteger la salud de posibles consumidores. También, prohibió hoy otros productos.

A través de la disposición 6759/2022, publicada en el Boletín Oficial, indicaron que todo comenzó a raíz del reclamo de un consumidor quien dijo que un aceite de oliva virgen extra clásico de la marca Nucete no cumplía con la normativa vigente. Según manifestó esta persona, al consumirlo habría tenido síntomas gastrointestinales.

Sin embargo, luego de comunicarse con el servicio de atención al cliente de la firma Agro Aceitunera S.A., responsable de esta reconocida marca, habrían advertido que se trataba de un producto ilegítimo. A continuación, pudieron determinar las diferencias entre ambos productos.

Precisamente, el producto falsificado cuenta con un capuchón que protege la tapa del envase con textura lisa, con el logo dorado estampado ilegible. También, observaron que la etiqueta frontal es opaca con el logo impreso digitalmente en color marrón oscuro; características que no son propias del producto genuino. Y alertaron que el lote indicado en el producto falsificado (C5-205612 – Vto. NOV 2023) no se condice con la fecha de vencimiento de ninguno de los lotes originales de la empresa. Tras esto, se retiraron nueve botellas del comercio señalado y se precisó que el encargado no aportó datos del proveedor.

Según determinaron, el "Aceite de Oliva Virgen Extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml (botella), RNPA Nº 18-008914, C5-204603 - Vto. NOV – 2023, Elaborado y Fraccionado por RNE N° 025-18000699, San Juan, Argentina, Para Agro Aceitunera S.A., RNE N° 12000041, Espectación F de Avila S/N, Aimogasta, La Rioja, Argentina" se trata de un producto apócrifo.

Como sucede en estos casos, al ser un producto falsificado, carecer de registros sanitarios, y estar falsamente rotulado -al consignar los datos que pertenecen a un producto legitimo- la Anmat considera que se trata de un producto "ilegal".A raíz de esto, en los considerandos del documento se detalló que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República".

Luego, la administración subrayó que tomó la determinación de prohibirlo "a fin de proteger la salud de los ciudadanos".

 

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