• 26/5/2026
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El Gobierno deja de subsidiar pasajes gratuitos para personas con discapacidad: qué pasará con este beneficio

Tras el recorte de fondos oficiales a transportistas, qué pasará con la gratuidad de boletos para personas con CUD, trasplantados y pacientes oncológicos
Por A.L.
26/05/2026 - 18:00hs
El Gobierno deja de subsidiar pasajes gratuitos para personas con discapacidad: qué pasará con este beneficio

El Gobierno decidió eliminar el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia. Se trata del subsidio que le dan a las empresas de transporte para cubrir parte de los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantes y pacientes oncológicos. Con este cambio, ahora son las compañías las que deberán absorber el costo completo.

La Secretaría de Transporte oficializó la medida este martes 26 de mayo a través de la Resolución 28/2026, publicada en el Boletín Oficial. El documento deja sin efecto el Régimen de Compensaciones Tarifarias que desde 2018 permitía a las empresas recibir ayuda económica por los boletos sin cargo.

El cambio forma parte del proceso de desregulación del transporte de larga distancia impulsado por el Ejecutivo, que sostiene que las condiciones económicas bajo las cuales se creó el régimen han sido superadas.

Las compañías deberán seguir entregando los pasajes gratuitos establecidos por ley. No pueden negarse alegando la falta de compensación estatal. Quienes incumplan enfrentarán fiscalización de la CNRT.

Qué pasó con el subsidio que pagaba el Estado a las empresas

El régimen de compensaciones funcionaba como un colchón económico para las empresas. Cuando una firma emitía un pasaje gratuito por ley, el Estado le transfería una suma para mitigar ese costo operativo.

Ese sistema estuvo vigente durante seis años. Abarcaba tres leyes específicas: la 22.431 (personas con discapacidad), la 26.928 (trasplantados o en lista de espera del INCUCAI) y la 27.674 (niños, niñas y adolescentes con tratamiento oncológico).

La Resolución 28/2026 cortó ese flujo de dinero. Las empresas ya no recibirán fondos del Estado para cubrir los pasajes sin cargo. Deberán financiarlos con recursos propios.

El Gobierno justificó la decisión señalando que el transporte de larga distancia atraviesa actualmente un proceso de desregulación. Todo comenzó con el Decreto 883/2024, que modificó las reglas del sector.

Ese decreto flexibilizó el mercado. Ahora las empresas definen recorridos, tarifas, horarios y modalidades de servicio con mayor libertad. Ya no hay precios regulados por el Estado.

Por qué el Gobierno dice que el subsidio ya no tiene sentido

Según el área de Transporte, la libertad tarifaria permite a las compañías internalizar el costo de las obligaciones legales de gratuidad, tornando innecesaria la continuidad del auxilio financiero estatal.

El argumento oficial es claro: si las empresas pueden fijar libremente sus precios, pueden incorporar en su estructura de costos los pasajes gratuitos que deben emitir por ley.

El esquema de compensaciones respondía a un contexto de fuerte intervención estatal y tarifas reguladas. Ese contexto, según el Ejecutivo, ya fue superado. El mercado actual es distinto al de 2018.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será el organismo encargado de controlar que las empresas cumplan con la normativa. Además, el Ejecutivo incorporó una cláusula transitoria para mantener la validez de trámites y solicitudes iniciadas antes de la entrada en vigencia de la resolución.

Quiénes mantienen el derecho a viajar gratis en micros de larga distancia

Ninguna de las personas alcanzadas por las leyes actuales perderá el beneficio. El derecho a viajar sin costo permanece plenamente vigente y exigible. Lo único que desaparece es el subsidio a las empresas.

Las compañías están obligadas a emitir pasajes gratuitos para estos grupos:

  • Personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD)
  • Pacientes trasplantados con credencial INCUCAI
  • Personas en lista de espera para trasplante
  • Niños, niñas y adolescentes con tratamiento oncológico

La normativa ratifica que las empresas no pueden negar el beneficio alegando la eliminación del subsidio estatal. El derecho está protegido por ley y cualquier negativa puede derivar en sanciones.

Para acceder, sigue siendo obligatorio presentar DNI y la documentación que acredite la condición del titular. Ya sea el CUD o la credencial correspondiente emitida por INCUCAI.

Cómo tramitar los pasajes gratuitos en empresas de larga distancia

Existen dos modalidades para solicitar los boletos sin cargo. La primera es online, a través del Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT. El usuario debe completar sus datos personales y cargar la documentación requerida.

Luego, la empresa tiene obligación de emitir el boleto reservado hasta 48 horas antes de la salida del servicio. Si el pasajero cuenta con certificado de discapacidad (no CUD) debe tener el alta como persona usuaria de la plataforma.

La segunda opción es presencial en las boleterías de las compañías. El pasajero o su representante legal debe presentarse con DNI y certificado correspondiente al menos dos días antes del viaje.

En el caso de las personas que poseen credencial INCUCAI, la normativa permite solicitar el pasaje incluso el mismo día.

Algunas asociaciones advierten que podrían aparecer mayores dificultades para conseguir disponibilidad de pasajes. Especialmente en fechas de alta demanda turística o durante fines de semana largos.

Por ese motivo, recomiendan realizar las reservas con anticipación y conservar toda la documentación correspondiente al momento de solicitar el ticket. En caso de incumplimientos, los usuarios podrán realizar denuncias ante la CNRT.

La resolución mantiene vigentes los mecanismos de control y fiscalización del organismo regulador. Las empresas de transporte de carácter interjurisdiccional siguen obligadas a garantizar el derecho a la gratuidad establecido por las leyes 22.431, 26.928 y 27.674.

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