• 28/8/2026
ALERTA

Día del Empleado de Comercio 2026 cae sábado y crece la expectativa por una definición de FAECYS

Los trabajadores alcanzados por el convenio mantienen su derecho al descanso y, si trabajan, cobran con el tratamiento remunerativo de un feriado
28/08/2026 - 09:29hs
Día del Empleado de Comercio 2026 cae sábado y crece la expectativa por una definición de FAECYS

Los trabajadores mercantiles tendrán en 2026 una particularidad en su calendario laboral. El 26 de septiembre, fecha correspondiente al Día del Empleado de Comercio, será sábado y aún no existe una definición oficial sobre un eventual traslado del descanso a otro día.

La jornada alcanza a más de un millón de trabajadores en todo el país incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Por eso, la decisión sobre cómo se aplicará el descanso tendrá impacto tanto sobre los empleados como sobre los comercios.

El antecedente más reciente es el de 2025, cuando la fecha también generó una definición específica. Ese año, FAECYS y las cámaras empresarias acordaron trasladar el descanso al lunes 29 de septiembre. Para 2026, por ahora, no hay un acuerdo equivalente confirmado.

Qué derechos tienen los empleados de comercio el 26 de septiembre

La fecha no funciona únicamente como una celebración del sector. La Ley 26.541, sancionada en 2009, estableció el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio y fijó un régimen especial para quienes están comprendidos en el convenio colectivo.

La norma tiene alcance nacional y abarca trabajadores de distintas ramas de la actividad mercantil. Entre ellas, se encuentran supermercados, locales de indumentaria y calzado, perfumerías, comercios de electrodomésticos, mayoristas y establecimientos minoristas, entre otros.

El empleado alcanzado por el convenio puede no concurrir a trabajar durante esa jornada y mantener su remuneración. El derecho no desaparece porque el establecimiento decida continuar funcionando.

Si el trabajador presta tareas, en cambio, corresponde aplicar el tratamiento remunerativo de un feriado, con el pago adicional previsto para esa jornada.

El origen histórico de la fecha se encuentra en la Ley 11.729, sancionada en 1934. Esa legislación constituyó uno de los antecedentes relevantes en materia de regulación laboral para los trabajadores mercantiles y posteriormente tuvo influencia en la evolución de los convenios colectivos.

Los comercios pueden abrir aunque sea el Día del Empleado de Comercio

Una de las cuestiones que suele generar confusión es la relación entre el funcionamiento de los locales y el descanso de sus empleados.

El establecimiento no está obligado necesariamente a cerrar sus puertas por tratarse del Día del Empleado de Comercio. Puede mantener la actividad, pero eso no significa que pueda exigir a los trabajadores comprendidos en el convenio que concurran.

La decisión de abrir el negocio y la posibilidad del empleado de hacer uso de su descanso son situaciones diferentes. Si una persona decide trabajar, deberá recibir la remuneración correspondiente a una jornada de feriado.

La disposición alcanza a grandes cadenas y comercios de menor tamaño, siempre que los trabajadores involucrados estén dentro del ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

¿Habrá un día de descanso alternativo en 2026?

El punto que todavía permanece abierto es qué sucederá por la coincidencia de la fecha con un sábado.

El 26 de septiembre de 2026 será sábado, por lo que resta conocer si FAECYS y las entidades empresarias establecerán otra jornada para el descanso de los trabajadores.

El antecedente de 2025 muestra que el calendario puede derivar en un acuerdo específico. En aquella oportunidad, el descanso que correspondía al 26 de septiembre fue llevado al lunes 29 mediante un entendimiento entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias.

Sin embargo, esa resolución no establece automáticamente qué ocurrirá en 2026. Hasta ahora no fue confirmado oficialmente un traslado del descanso.

Por ese motivo, los trabajadores deberán esperar la comunicación correspondiente para saber si la jornada especial quedará asociada al sábado 26 o si se fijará una fecha alternativa durante la semana siguiente.

Septiembre también trae un aumento salarial para los mercantiles

El calendario del sector tendrá además un componente vinculado con la paritaria. En septiembre se aplicará el último tramo del aumento acordado entre FAECYS y las cámaras empresarias.

La suba prevista para este mes es del 1,9%. Con ese incremento se completa una mejora acumulada del 5,7% durante el trimestre.

El cierre de esta etapa de la negociación salarial se da mientras los trabajadores esperan nuevas definiciones para los meses siguientes, en un escenario atravesado por la evolución de los precios y el poder adquisitivo.

De esta manera, el Día del Empleado de Comercio de 2026 tendrá dos cuestiones centrales. Por un lado, los derechos que rigen para la jornada del 26 de septiembre; por otro, la incógnita sobre si el descanso será trasladado debido a que la fecha cae sábado.

Por el momento, la fecha establecida continúa siendo el sábado 26 de septiembre de 2026. La eventual definición de una jornada alternativa será el próximo dato relevante para trabajadores y empleadores del sector.

Temas relacionados