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Extienden reintegro del 15% para compras con débito: hasta cuándo y a quiénes beneficia

El instrumento fue establecido por la Ley de Solidaridad Social y forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el efecto de la pandemia
30/03/2021 - 19:35hs
Extienden reintegro del 15% para compras con débito: hasta cuándo y a quiénes beneficia

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá hasta el 30 de junio de 2021 el régimen de reintegros del 15% para los sectores vulnerados, a través de la resolución general 4956 que se publicará mañana en el Boletín Oficial.

Reintegros por compras por débito: a quiénes alcanza

La devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito alcanza a personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo, así como a los y las titulares de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y Embarazo (AUE), detalló la AFIP en un comunicado.

El reintegro asciende hasta los $700 mensuales por beneficiario, y para titulares de la AUH con dos o más hijos el monto máximo será de $1.400.

El instrumento fue establecido por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, y forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el efecto de la pandemia de coronavirus.

"Desde que entró en vigencia este régimen de reintegro a sectores vulnerados representó un impulso adicional a la demanda por una suma cercana a los $5000 millones", destacó el organismo recaudador en un comunicado.

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando las personas jubiladas, pensionadas y titulares de la AUH y la AUE realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones.

Las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR) también están alcanzadas por el beneficio.

"El instrumento complementa distintas políticas implementadas por el Gobierno y representa un mecanismo adicional para amortiguar los efectos de la pandemia de la Covid-19", resaltó la AFIP.

AFIP: beneficios para las Pymes

La AFIP prorrogó hasta mitad de año los beneficios que otorgó el año pasado después de las PASO en el plan permanente de facilidades de pago de deudas impositivas para pymes.

Con la Resolución General 4950/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP extendió la vigencia de la posibilidad de financiar las deudas de impuestos de tal modo que todas las pymes tendrán 8 cuotas y hasta 10 planes vigentes a la vez, explicó Sergio Biller, del estudio González Fischer & Asoc.

Esto es así porque se prorrogó la suspensión del sistema de calificación "scoring" que permitirá definir el interés, las cuotas y la cantidad de planes disponibles, en base al SIPER (Sistema de Perfil de Riesgo).

El plan de facilidades de pago permanente permite financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos.

Además, todas las empresas tienen 3 cuotas para financiar deudas del Impuesto a las Ganancias.

Y las empresas que no puedan cumplir con los requisitos de pago de IVA diferido podrán ingresar la deuda en el plan.

"Esta prórroga es importante porque muchas empresas todavía no se recuperaron de las consecuencias de la crisis por la pandemia y ya se anuncian nuevas restricciones por la inminente llegada de la segunda ola del virus, las que seguramente volverán a afectar a las compañías", aseguró Sebastián Domínguez, del estudio SDC Asesores Tributarios.

La AFIP ofrece hasta 10 planes permanentes como salvavida a las pymes por deudas impositivas
La AFIP ofrece hasta 10 planes permanentes como salvavida a las pymes por deudas impositivas

Los requisitos para ingresar

Para acogerte al plan de facilidades de pago se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • 1. Tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Además, se debe declarar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.
  • 2. Tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, por período fiscal y establecimiento a regularizar, con anterioridad a la solicitud de adhesión al régimen, en caso de corresponder.
  • 3. Declarar en el servicio "Declaración de CBU" la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.

¿Cómo armar un plan de pagos AFIP?

Para armar un plan de pagos se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la página de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.
  • Dirigirse a la sección "Declaración de CBU"
  • Cargar el CBU y esperar la validación de AFIP. Agregar en el servicio "Sistema Registral", un número de teléfono y un mail de contacto.
El plan de pagos permanentes permite financiar deudas de seguridad social, IVA e impuestos internos
El plan de pagos permanentes permite financiar deudas de seguridad social, IVA e impuestos internos

Planes disponibles

Para las pymes habrá hasta 10 planes disponibles, de 8 cuotas cada uno.

El plan de facilidades de pago permanente permite financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos.

También está habilitada para todas las empresas la posibilidad de regularizar en tres cuotas las obligaciones del Impuesto a las Ganancias.

Las pymes puedan incluir el IVA en el plan de facilidades de pago permanente. Así las empresas que no puedan cumplir con los requisitos de pago de IVA diferido podrán ingresar la deuda en el nuevo plan. Además, podrán ingresar hasta 10 planes de este tipo.

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