Reforma laboral: de tickets canasta a criptomonedas, qué puede cambiar para los sueldos
El proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno apunta a modificar aspectos centrales de la relación laboral y propone cambios que podrían impactar directamente en la forma en que se pagan los sueldos, incorporando esquemas más flexibles y habilitando nuevos medios de cobro, como las billeteras virtuales y, eventualmente, las criptomonedas.
La iniciativa introduce el concepto de salario variable, que incluye pagos asociados a proyectos, comisiones, premios por desempeño y bonificaciones, entre otros componentes. Estos ítems podrán ser definidos a través de convenios colectivos, acuerdos a nivel empresa o, en ciertos supuestos previstos por la norma, por decisión del empleador. El objetivo declarado es permitir esquemas salariales más dinámicos y personalizados, en línea con los cambios en la organización del trabajo y la economía digital.
Este enfoque busca adaptarse a modalidades que ya funcionan en sectores vinculados a la tecnología, los servicios profesionales y la economía del conocimiento, y que ahora podrían encontrar un respaldo legal explícito.
¿Sueldo en criptomonedas?: qué dice el proyecto de reforma laboral
Si el proyecto avanza en el Congreso en estos términos, los trabajadores podrán cobrar sus remuneraciones a través de billeteras electrónicas, lo que habilitaría a las empresas a realizar depósitos en estas aplicaciones y/o plataformas digitales.
En el caso específico de las criptomonedas, el texto no las menciona de manera directa, pero deja abierta la posibilidad de su utilización. Esto se debe a que muchas plataformas cripto ya ofrecen cuentas virtuales en pesos (CVU) y se encuentran registradas como Proveedores de Servicios de Pago (PSP) ante el Banco Central. En ese marco, la reforma permitiría su uso como canal de pago, aunque la definición final quedará sujeta a reglamentaciones complementarias.
El espíritu de la norma es acompañar la evolución de los nuevos modelos de trabajo y formalizar prácticas que ya existen en la economía real, dándoles marco jurídico y legitimidad para que sean transparentes y equilibradas para ambas partes.
En esa línea, Matías Bari, CEO de Satoshi Tango, analizó: "La posibilidad de que los argentinos puedan recibir una porción de sus ingresos en aplicaciones como la nuestra es, sin lugar a dudas, una grandísima noticia. Esto no hace más que modernizar el sistema de pagos al adoptar prácticas que en muchísimos casos ya se venían llevando a cabo por los argentinos. Desde nuestro lado, consideramos que esta transformación reconoce a las billeteras virtuales como lo que ya son: parte del sistema y una herramienta más para que cada uno pueda decidir qué hacer con su dinero. Esto no implica una adopción lineal en materia de criptomonedas, pero sin lugar a dudas que es un enorme acercamiento".
¿Vuelven los tickets canasta?: qué dice el proyecto
Otro de los puntos que volvió al centro del debate con la reforma laboral es el de los beneficios sociales no remunerativos, en particular los servicios de comedor y alimentación. El proyecto plantea que los empleadores puedan otorgar este beneficio no solo dentro del establecimiento, sino también a través de acuerdos con locales gastronómicos, lo que reavivó la discusión sobre un posible regreso de los tickets de almuerzo o tickets canasta.
El texto, sin embargo, introduce límites claros para evitar abusos del pasado. En su artículo 31, la iniciativa establece que estos beneficios serán considerados prestaciones no dinerarias, no acumulables y no canjeables por dinero, con el objetivo de que cumplan una función estrictamente alimentaria y no se conviertan en una vía para reducir aportes jubilatorios, aguinaldo, vacaciones o indemnizaciones.
"Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero, que el empleador voluntariamente otorga al trabajador, directamente o por intermedio de terceros, con el objeto de mejorar la calidad de vida del trabajador y/o de su grupo familiar a cargo; por ende, estos beneficios no son salarios en especie", detalla el artículo.
En este marco, los servicios de comedor y alimentación quedan encuadrados como beneficios sociales y, según el artículo 103 bis que propone el proyecto, quedan excluidos de la base salarial, por lo que no generan aportes ni contribuciones patronales. También se incluyen otros conceptos, como reintegros por gastos médicos, provisión de ropa de trabajo, útiles escolares, guardería y capacitaciones, siempre con el objetivo de mejorar la calidad de vida del trabajador y su familia sin distorsionar la remuneración.
"Se consideran beneficios sociales las siguientes prestaciones: a) los servicios de comedor y alimentación del trabajador, dentro del establecimiento del empleador o en establecimientos gastronómicos cercanos durante la jornada laboral contratados por el empleador, conforme a los límites que determine la autoridad de aplicación", establece el texto que será debatido en el Congreso.
Durante la elaboración del proyecto, los especialistas tuvieron muy presente el antecedente de los tickets restaurante y tickets canasta, que se popularizaron desde fines de los años 80. La intención fue evitar que estos beneficios se transformen en salario encubierto o en un mecanismo para reducir cargas sociales. De todos modos, si la reglamentación fija topes que impidan que sustituyan al salario, podría abrirse la puerta a un esquema similar, aunque con controles más estrictos.
A esto se suma una barrera judicial. En el pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que los vales de comida constituían una retribución vinculada al trabajo y, por lo tanto, debían integrar el salario y tributar cargas sociales. Esa jurisprudencia, junto con las críticas sindicales por precarización y desfinanciamiento del sistema previsional, explica por qué el proyecto busca dejar en claro que el objetivo no es revivir los tickets como antes, sino evitar los abusos del pasado, con o sin vales de por medio.
Lo cierto es que en febrero el Congreso tratará la reforma laboral en las sesiones extraordinarias y, si bien lógicamente el proyecto oficial puede tener cambios, algunas de las modificaciones planteadas puede impactar en la manera de cobrar los sueldos.