Paritaria UATRE: cuánto cobra un peón rural por lo trabajado en junio 2026 tras suba de sueldo
La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial firmado entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las principales entidades agropecuarias del país, dejando formalmente vigentes las nuevas escalas salariales para el personal agrario.
La negociación, alcanzada entre UATRE, la Sociedad Rural Argentina (SRA), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), CONINAGRO, Federación Agraria Argentina (FAA) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), establece remuneraciones mínimas para trabajadores rurales de todo el país, incorpora sumas no remunerativas y prevé una cláusula de revisión para reabrir la discusión si cambian las condiciones económicas.
Con la homologación, las escalas acordadas para mayo continúan vigentes durante junio y julio para la mayoría de las actividades comprendidas en el convenio. En la práctica, el salario básico de un peón rural ya supera el millón de pesos mensuales, mientras que algunas tareas especializadas alcanzan remuneraciones superiores a los $2,5 millones.
Cuánto cobra un peón rural en junio y julio de 2026
Las escalas generales para el personal permanente de prestación continua se mantendrán vigentes hasta el 31 de julio.
Los salarios mínimos mensuales son los siguientes:
- Peón general: $1.088.358,51 más una suma no remunerativa de $5.335,10
- Peón único: $1.116.058,33 más $5.470,88 no remunerativos
- Ovejero: $1.127.265,44 más $5.525,82
- Especializados (albañiles, herreros, carpinteros, mecánicos, cocineros y otros oficios): $1.158.597,91 más $5.679,41
- Ordeñadores: $1.165.963,05 más $5.715,52
- Conductores tractoristas y maquinistas agrícolas: $1.207.669,28 más $5.919,96
- Mecánicos tractoristas: $1.267.993,03 más $6.215,66
- Encargados: $1.384.853,14 más $6.788,51
Las categorías mejor remuneradas del convenio
Entre los salarios más altos del acuerdo aparecen los trabajadores vinculados a tareas altamente especializadas.
En la aplicación de productos fitosanitarios, las escalas vigentes hasta julio establecen:
- Peón auxiliar: $1.761.296,80 mensuales más $8.633,81 no remunerativos
- Conductor de equipos autopropulsados: $2.545.139,23 más $12.476,17
Esta última categoría se ubica entre las mejor remuneradas de todo el convenio colectivo rural.
También presentan ingresos elevados los trabajadores dedicados exclusivamente a la cosecha de granos y oleaginosas.
Para los conductores tractoristas y maquinistas de cosechadoras afectados exclusivamente a esas tareas, la remuneración mínima asciende a:
- $1.666.580,76 mensuales
- Suma no remunerativa adicional de $8.169,51
Qué pasa con la actividad olivícola
Una situación particular se registra en la actividad olivícola, donde el acuerdo contempla incrementos escalonados hasta septiembre.
Desde junio, por ejemplo, un trabajador calificado de riego percibe un salario de $1.338.417,73 más una suma no remunerativa de $13.121,74.
A partir de julio y hasta septiembre, ese salario básico se elevará a $1.378.570,26, mientras la suma no remunerativa se reducirá a $6.757,70.
En el caso de los encargados, el salario pasará de $1.440.014,11 en junio a $1.483.214,54 entre julio y septiembre.
Antigüedad y zona desfavorable
El convenio mantiene los adicionales históricos previstos para los trabajadores rurales.
La bonificación por antigüedad equivale al 1% del salario básico por cada año trabajado hasta los diez años de servicio. A partir de esa antigüedad, el adicional se incrementa al 1,5% anual.
Además, continúa vigente el adicional por zona desfavorable para quienes prestan tareas en Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En esos casos corresponde un incremento del 20% sobre el salario mínimo de cada categoría.
La primera negociación bajo el nuevo esquema laboral
El acuerdo es uno de los primeros convenios del sector homologados bajo el nuevo sistema de negociación colectiva impulsado por la reforma laboral.
Hasta ahora, gran parte de los salarios rurales eran fijados mediante resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA). Con los cambios introducidos por la Ley 27.802, las negociaciones comenzaron a encuadrarse en el régimen de convenios colectivos de trabajo de la Ley 14.250, utilizado por la mayoría de las actividades privadas.
El texto homologado también prevé una cláusula de revisión que habilita a las partes a reabrir la negociación salarial durante la vigencia del acuerdo si la evolución de la economía así lo requiere.