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La AFIP reglamenta exenciones del impuesto al cheque de medios electrónicos de pago

La Resolución General 5111, publicada en el Boletín Oficial, instrumenta los beneficios previstos en el Decreto 796/2021 para Transferencias 3.0
29/11/2021 - 06:49hs
La AFIP reglamenta exenciones del impuesto al cheque de medios electrónicos de pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el mecanismo para que las administradoras de sistemas de cobro por código QR y las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos accedan a la exención del Impuesto sobre Débitos y Créditos.

La Resolución General 5111, publicada en el Boletín Oficial, instrumenta los beneficios previstos en el Decreto 796/2021 para Transferencias 3.0.

La normativa considera inscriptas en el Registro de Beneficios Fiscales a los operadores de estas transferencias inmediatas según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina. La medida evita que deban realizar el trámite de inscripción para las cuentas informadas por el BCRA al dictado de la norma.

La AFIP reglamenta exenciones del impuesto al cheque

Además, el texto de la resolución determina que las empresas aceptadoras de sistemas de cobro serán quienes retengan y liquiden el porcentaje de IVA y el Impuesto a las Ganancias por las operaciones con medios electrónicos de pago.

De esta manera, la AFIP implementa los beneficios establecidos a través del Decreto 796/2021 que estableció modificaciones al Impuesto sobre Débitos y Créditos para empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y cobro.

Monotributo: beneficio por pagar en tiempo y forma

Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma nueve meses las obligaciones mensuales, accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.

Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5100/2021 publicada en el Boletín Oficial.

La norma precisa las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes, que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.

De esta manera, la medida reduce, de manera excepcional, de 12 a nueve meses del año la condición para percibir el reintegro.

Además, garantiza que las y los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año.

El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos nueve meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago, por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Este año la AFIP reintegró más de $973 millones a más de 484.000 pequeños contribuyentes, que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.

AFIP: los contribuyentes cumplidores recibirán un reintegro.
AFIP: los contribuyentes cumplidores recibirán un reintegro.

El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para las y los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero, o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.

A fines de octubre se conoció la decisión del Gobierno de presentar en el Congreso un proyecto de reforma del monotributo, con el objetivo de facilitar el acceso a derechos de los sectores que hoy trabajan en la informalidad así como de todos los nuevos pequeños contribuyentes. La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, subrayó que "el puente de acceso al monotributo es una herramienta de inclusión y promueve la formalización laboral".

Monotributo 2022: detalle de las categorías

En tanto, desde enero próximo, la categoría más baja del Monotributo 2022, la A, pagará $349,05 de impuestos, otros $1540 de aportes al SIPA y $2150 de obra social, un total de $ 4039 por mes.

En tanto, todos los contribuyentes de la categoría B del Monotributo 2022 pasarán de pagar $2958 de cuota a $4517. La cuota de la última escala permitida, la H, pasa para servicios de $12.789 a 19.525 pesos.

A partir de estas modificaciones, la nueva tabla del Monotributo 2022 queda establecida de la siguiente manera:

Cuánto cuesta el Monotributo 2022 más bajo
Cuánto cuesta el Monotributo 2022 más bajo
 

Puntualmente, llos valores de las cuotas del Monotributo 2022 serán:

  • Categoría A: la cuota pasa a 4.038,13 pesos
  • Categoría B: la cuota pasa a 4.415,35 pesos
  • Categoría C: la cuota pasa a 5.074,62 pesos
  • Categoría D: la cuota pasa a 5.943,32 pesos
  • Categoría E: la cuota pasa a 7.189,81 pesos
  • Categoría F: la cuota pasa a 8.266,92 pesos
  • Categoría G: la cuota pasa a 9.412,73 pesos
  • Categoría H: la cuota pasa a 16.284,06 pesos
  • Categoría I: la cuota pasa a 23.408,45 pesos
  • Categoría J: la cuota pasa a 26.883,69 pesos
  • Categoría K: la cuota pasa a 30.386,84 pesos

Asimismo, desde el 1 de enero próximo, los parámetros de la tabla del Monotributo 2022 quedó de la siguiente manera:

  • Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $431.215.
  • Categoría B: el tope quedó en $646.822.
  • Categoría C: la facturación sube a $862.430
  • Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.293.645.
  • Categoría E: el límite máximo llega a $1.724.860
  • Categoría F: el tope de facturación queda en $2.156.075
  • Categoría G: el máximo aumenta a $2.587.290
  • Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $3.593.458.
  • Categoría I: el máximo aumenta a $4.222.313.
  • Categoría J: el tope alcanza $4.851.169.
  • Categoría K: el máximo se incrementa hasta $5.390.188
Monotributo 2022: parámetros actualizados
Monotributo 2022: parámetros actualizados

Paso a paso, cómo cumplir con la recategorización

Monotributo 2021: cómo cumplir con la recategorización

Recategorización Monotributo 2021: cómo cumplir con la recategorización

Para iniciar la recategorización en el Monotributo 2021, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Paso 1: el contribuyente debe ingresar al sitio web de AFIP o descargarse en su teléfono móvil la APP "Mi Monotributo"
  • Paso 2: ingresar su CUIT y clave fiscal, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
  • Paso 3: se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
  • Paso 4: ingresar en la opción "Recategorizarme"
  • Paso 5: luego pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.

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