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El costo de ser micro empresa: sólo para pagar cargas sociales emitirán hasta tres VEPS

Los beneficios que le da el Gobierno a las micro empresas después de cobrarles impuestos les agrega enormes costos administrativos
11/09/2023 - 10:16hs
El costo de ser micro empresa: sólo para pagar cargas sociales emitirán hasta tres VEPS

La suma de impuestos y parches que aplica el Gobierno a las microempresas obligará a estos contribuyentes a generar hasta tres volantes de pago (VEP) sólo para cumplir con la declaración y depósito de las cargas patronales de agosto.

El único alivio con que contarán en este marco es una prórroga de dos días en la presentación de la declaración determinativa (para el pago) de las obligaciones de la seguridad social.

Cuáles son los nuevos plazos para el pago de aportes y contribuciones

Por la Resolución General 5416 AFIP, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el vencimiento de la declaración y pago de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (SICOSS y Declaración en línea) para el período devengado agosto 2023 será el siguiente:

  • CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: vence el próximo día 13.
  • CUIT terminado en 4, 5 y 6: vence el 14 de este mes.
  • CUIT terminado en 7, 8 y 9: vence el próximo viernes 15.

Qué complicaciones tiene la liquidación de agosto

La liquidación de agosto 2023 está afectada por la confluencia de varias medidas de último momento por parte del Gobierno con el objetivo de beneficiar a trabajadores y empleadores micros y pequeños, dando como resultado final muchas complicaciones a la hora de liquidar los sueldos y cargas sociales, afirmó Contadores en Red.

Las micro empresas, en un laberinto administrativo para pagar cargas sociales
Las micro empresas, en un laberinto administrativo para pagar cargas sociales

La última asignación no remunerativa se descuenta de las contribuciones patronales del período para ciertas pymes, y por la Ley 27.541, también se aplica una detracción indicada en el artículo anterior, los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados gozarán de una detracción mensual de $10.000, aplicable sobre la totalidad de esa base imponible.

Esto impacta en el formulario de cargas sociales F. 931, donde en los casos de micro empresas categorizadas como tales, el sistema descontará en forma automática el importe del bono más la suma de $ 1.800 (18% de $ 10.000) que corresponden a este "beneficio" cuyo importe nunca fue actualizado, indica Contadores en Red.

Qué condiciones deben cumplir las micro empresas

Para que aplique el descuento del bono en las contribuciones patronales será necesario:

  • Informar el bono en el Libro de Sueldos Digital con el código 560006.
  • Estar categorizado como micro o pequeña empresa.

Esto significa que, si el empleador no es considerado mipyme, como ocurre con consorcios, o asociaciones, fundaciones y demás entes sin fines de lucro, no puede tomar el bono como pago a cuenta.

Por otra parte, las microempresas pueden optar por computar hasta un 30% del impuesto al cheque como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales que se destinen al SIPA.

Las micro empresas pueden aplicar a contribuciones patronales parte del impuesto al cheque
Las micro empresas pueden aplicar a contribuciones patronales parte del impuesto al cheque

Al utilizar este beneficio y en caso de que quede saldo a pagar, habrá que generar tres VEPs por el F. 931 del período agosto 2023.

Cómo generar el VEP para el pago del F. 931 con impuesto al cheque

Para generar el VEP correspondiente al beneficio en el impuesto al cheque, se deberá utilizar los siguientes códigos para abonar las contribuciones patronales:

  • Contribuciones patronales al SIPA Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-154-019.
  • Restantes contribuciones patronales -no SIPA- Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-155-019.

Los pasos a seguir para confeccionar la declaración son los siguientes:

1. Se deberá ingresar al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos".

2. Seleccionar la opción "Nuevo VEP" en Grupo tipos de pago: "Otros Pagos" y en Tipo de Pago: "AFIP – Otros Pagos".

3. Seleccionar, según corresponda:

  • Contribuciones patronales al SIPA Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-154-019.
  • Restantes contribuciones patronales -no SIPA- Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-155-019.

También se podrán cargar estos conceptos en el servicio "Mis Facilidades" para generar el plan de pagos. Para ello se deberá utilizar la opción de cargar en forma manual nueva obligación y allí indicar los conceptos de impuesto – concepto y subconcepto mencionados, concluyó Contadores en Red.

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