AFIP te controla: ¿puedo ir preso si no logro justificar mis transferencias en Mercado Pago?

Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos de sus usuarios. Qué pasa si me paso del monto y no lo justifico
Por L.C.
05/06/2024 - 09:55hs
AFIP te controla: ¿puedo ir preso si no logro justificar mis transferencias en Mercado Pago?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado nuevas medidas que incrementan los montos a partir de los cuales se monitorean las transacciones en bancos y plataformas digitales como Mercado Pago, Ualá y Personal Pay.

Esta disposición, establecida en la Resolución General 5512, busca fortalecer el control fiscal y combatir la evasión tributaria, pero genera interrogantes entre los usuarios.

A partir de ahora, bancos y plataformas digitales deben reportar a la AFIP las siguientes operaciones:

  • Bancos: Acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos a plazo fijo que superen los $700.000 mensuales.
  • Tarjetas de crédito: Consumos en el país por encima de $400.000, excluyendo retiros en efectivo.
  • Plataformas digitales: Ingresos o egresos mensuales superiores a $400.000, saldos al final del mes que excedan $700.000 y transferencias individuales mayores a $400.000.

Por tal motivo, es fundamental que los usuarios de estos servicios sean conscientes de los nuevos montos de control y tomen las medidas necesarias para evitar inconvenientes. Si no se pueden justificar los movimientos de dinero, la AFIP puede solicitar documentación que respalde el origen de los fondos, como recibos de sueldo, facturas, declaraciones de impuestos o certificaciones de ingresos.

¿Qué sucede si no puedo justificar ante la AFIP mis gastos?

El incumplimiento de estas normas puede acarrear serias consecuencias. Los bancos y billeteras virtuales están obligados a informar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de no poder justificar el origen del dinero, la AFIP puede:

  • Rechazar transferencias.
  • Congelar saldos.
  • Bloquear cuentas.
  • Iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos.
  • Presumir evasión tributaria e iniciar acciones legales.
Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos de sus usuarios
Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos de sus usuarios

¿Qué pasa con las transacciones en dólares u otra moneda extranjera?

La situación con las operaciones en moneda extranjera es particularmente preocupante.

La ley penal cambiaria establece multas de hasta 10 veces el monto operado y penas de prisión de 1 a 4 años por violaciones.

Recomendaciones para evitar problemas con la AFIP

Para evitar sanciones, es crucial que los usuarios de bancos y billeteras virtuales:

  • Estén al tanto de los nuevos montos de control.
  • Conserven documentación que respalde el origen de sus ingresos y gastos.
  • Realicen sus transacciones de forma transparente y legal.
  • En caso de dudas, consulten con un profesional.

Actualización de los montos

Los montos mínimos establecidos por la AFIP se actualizarán semestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC en junio y diciembre de cada año. La primera actualización tendrá lugar en diciembre de 2024 y se aplicará en febrero de 2025.

Las nuevas medidas de control de la AFIP sobre bancos y billeteras virtuales buscan combatir la evasión fiscal y promover la transparencia en las transacciones financieras.

Sin embargo, es importante que los usuarios conozcan sus derechos y obligaciones para evitar inconvenientes. La clave está en mantener un registro claro del origen de los ingresos y gastos, y realizar las operaciones de forma legal y responsable.

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