IMPOSIBILIDAD

Dólares del colchón: termina el blanqueo vigente y no podrán adherir a otro hasta 2038

El Gobierno piensa en dar más beneficios a los dólares del colchón, pero termina el blanqueo vigente, que no permite adherir a otro hasta 2038
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 07 de Mayo, 2025

Mientras el Gobierno ya piensa en más dólares del colchón, hasta este miércoles 7 de mayo inclusive, está abierta la posibilidad que quienes quieran regularizar algún tipo de activos pueda presentar la manifestación de adhesión e ingresar el pago a cuenta obligatorio del último blanqueo.

Esto es así porque finaliza la Etapa 3 del Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley 27.743. Pero, según esa ley, los sujetos que adhieran al Régimen de Regularización de Activos no podrán inscribirse en blanqueos, cualquiera fuera su denominación, que pudieran eventualmente implementarse hasta el 31 de diciembre de 2038, bajo cualquier denominación.

Los contribuyentes que adhieran hasta hoy al blanqueo tendrán tiempo hasta el 6 de junio a realizar la Declaración Jurada con las formalidades exigidas por la ley y aportando la documentación correspondiente, precisa Noelia Girardi, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.

Es importante remarcar que la falta de ingreso del pago adelantado de corresponder implica el decaimiento automático de la manifestación de adhesión al régimen. Se perderán los beneficios que el régimen prevé, señala.

Aquellos que hayan adherido en las dos etapas anteriores, pueden incorporar otros bienes en esta tercera etapa. En estos casos, habrá que abonar el 15% del impuesto calculado sobre el total de los bienes, descontando el tope de u$s100.000. Podrá computarse a cuenta, el impuesto pagado en las etapas anteriores.

Cómo le fue al blanqueo

Durante las etapas anteriores del régimen, se exteriorizaron aproximadamente u$s32.000 millones, de los cuales casi u$s10.000 millones correspondieron a bienes registrables como inmuebles y vehículos.

Más de 278.000 contribuyentes ingresaron al régimen, y se declararon 267.076 cuentas, incluidas 16.290 cuentas en el exterior.

Los que adhieren al blanqueo quedan liberados del pago de los impuestos, de la aplicación de multas y sanciones. Estos perdones no rigen para las operaciones realizadas con facturas apócrifas.

Sigue el riesgo de que las provincias que no adhieran puedan reclamar los impuestos locales de esas operaciones. La Provincia de Buenos Aires no adhirió y en la Ciudad se encuentra en trámite normativo de adhesión.

Cómo adherirse al régimen

La manifestación de adhesión se realiza a través del servicio "Portal Régimen de Regularización de Activos – Ley 27.743", seleccionando la opción "Manifestación de Adhesión" y completando el Formulario F. 3320.

Cómo efectuar el pago adelantado

El pago adelantado obligatorio debe realizarse en dólares estadounidenses desde el mismo portal, accediendo a la opción "Pago Adelantado" y generando un VEP con los siguientes códigos:

Impuesto: 1009

Concepto: 027

Subconcepto: 027

Declaración jurada y pago del impuesto especial

La presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto de regularización deberán efectuarse hasta el 6 de junio de 2025, inclusive.

Así termina el Régimen de Regularización de Activos vigente, con aproximadamente u$s32.000 millones blanqueados por los contribuyentes.

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