Ganancias: el proyecto limita la fiscalización de ARCA a la última declaración jurada
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El Gobierno presentó en el Congreso el proyecto de ley que propone una transformación significativa en el régimen del impuesto a las Ganancias, incluyendo un "tapón fiscal" que limitaría la capacidad de fiscalización de ARCA solo a la última declaración jurada de cada contribuyente.
Cambios en Ganancias: qué es el "tapón fiscal"
La modificación busca fomentar la confianza tributaria, estableciendo una "presunción de exactitud" sobre lo declarado por las personas físicas. Esto significa que, salvo indicios de evasión, se presumirá la buena fe del contribuyente y no se revisarán declaraciones anteriores.
Además, la iniciativa impulsa que el plazo de prescripción de la evasión se reduzca a tres años. El nuevo régimen será aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio de hasta 10.000 millones.
Para evitar maniobras de evasión o desapoderamiento de activos, se exigirá que esa condición se cumpla durante el año anterior y los dos previos al ingreso al sistema. En caso de que un contribuyente acepte la declaración sugerida por ARCA y realice el pago en tiempo y forma, se le otorgará un efecto liberatorio para ese período fiscal.
No obstante, este beneficio no se aplicará si se detectan omisiones de ingresos, deducciones improcedentes o facturación falsa. Por ello, el proyecto de ley establece el criterio de "discrepancia significativa", que se activará cuando exista una diferencia del 15% o más entre lo declarado y los registros disponibles por parte del fisco.
Bajo estas condiciones, ARCA podría iniciar un procedimiento de fiscalización específica.
Otro punto relevante de la iniciativa es el mecanismo para cancelar deudas tributarias y evitar denuncias penales. La ley establece que si un contribuyente paga la totalidad de la deuda más los intereses antes de que ARCA formule una denuncia, se extingue la acción penal.
Además, se prevé una única oportunidad adicional incluso si ya hubo una denuncia, siempre que se abone el total adeudado más un 50% extra como sanción. Esta medida busca incentivar la regularización de deudas y reducir la judicialización, ofreciendo una solución alternativa a los procesos penales.
Aumento de las multas formales
Por otra parte, el proyecto de reforma a la Ley 11.683, contempla aumentos sustanciales en las multas por infracciones formales, modificaciones al régimen de prescripción y la eliminación de una norma que extendía los plazos procesales cerca de su vencimiento.
Desde el Blog del Contador, Marcos Felice detalla los aumentos propuestos en el proyecto de ley de reforma de la Ley de Procedimiento:
- Las multas mínimas por infracciones formales pasan de $200 a $220.000, mientras que las máximas escalan de $400 a $440.000.
- La omisión de presentación de declaraciones juradas informativas pasará a sancionarse con multas de $5 millones a $10 millones.
- La falta de presentación de información sobre operaciones internacionales o con sujetos del exterior podrá ser multada con hasta $22.000.000.
- Las violaciones generales a la ley serán sancionadas con montos entre $150.000 y $2.500.000 (antes: $150 a $2.500), con un techo que puede alcanzar $35 millones según el tipo de contribuyente.