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ALERTA

La lupa de ARCA sobre las transferencias de agosto 2025: desde qué monto se controlan

Las entidades financieras y billeteras virtuales están obligadas a informar sobre transacciones y consumos cuando superen los topes que fijó ARCA
Por HG
01/08/2025 - 07:39hs
La lupa de ARCA sobre las transferencias de agosto 2025: desde qué monto se controlan

Arrancó agosto y de acuerdo a la normativa vigente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las entidades financieras y billeteras virtuales están obligadas a informar sobre transacciones y consumos de sus clientes cuando superen determinados montos establecidos por el fisco nacional.

ARCA investiga las transferencias que superen estos montos en agosto 2025

Puntualmente, ARCA elevó a mitad de año los topes que son los límites a partir del cual se monitorean las transferencias bancarias y virtuales. Esta actualización responde a un mecanismo de ajuste semestral automático basado en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

De superar estos límites, podrían activarse alertas que derivarían en un análisis más detallado por parte de ARCA. 

De acuerdo a la normativa vigente de ARCA, se trata de una "actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".

Estos nuevos importes comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1 de junio, y continuarán así por los próximos meses.

Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.

  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

¿Qué documentación de respaldo requiere ARCA?

Si el dinero que recibís proviene de una operación legítima, en principio no hay inconvenientes. Sin embargo, los bancos y las fintech pueden retener el monto de forma preventiva hasta que se presente documentación que respalde la transacción.

Entre los comprobantes más habituales que solicita ARCA se incluyen:

  • Contratos de compraventa o boletas de pago.
  • Facturas emitidas (monotributo o régimen general).
  • Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
  • Constancia de inscripción en monotributo.
  • Certificados de origen de fondos emitidos por un contador público matriculado.

Con esta documentación suele ser suficiente para liberar el dinero retenido y evitar inconvenientes.

Qué hacer si el banco bloquea la operación

En caso de que una transferencia grande sea observada, los pasos recomendados son:

  • Responder al requerimiento del banco con los comprobantes necesarios.
  • Contactar previamente a la entidad si se espera recibir un monto elevado, informando fecha, monto y origen de los fondos.
  • Evitar movimientos sospechosos, como fraccionar el dinero en varias transferencias para esquivar los límites, ya que esto puede generar más alertas.

Si la procedencia de los fondos no puede justificarse, ARCA puede emitir multas, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar un posible caso de lavado de dinero.

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