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Vence la recategorización del monotributo: paso a paso para hacerla y evitar multas

El tiempo para la recategorización del monotributo llega a su fin y aquellos que no cumplan con este procedimiento pueden enfrentar multas
Por IM
IMPUESTOS - 05 de Febrero, 2026

El régimen del monotributo vuelve a ubicarse en el centro de la agenda fiscal para miles de trabajadores independientes en todo el país. Con el inicio de febrero, se activa uno de los momentos clave del año para quienes tributan bajo este esquema simplificado: la recategorización obligatoria que define en qué escala debe permanecer cada contribuyente según su actividad reciente.

En este contexto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la AFIP, recordó que el plazo para cumplir con este trámite ya se encuentra en su etapa final. No hacerlo en tiempo y forma puede generar sanciones económicas e incluso consecuencias más severas, como la exclusión automática del régimen.

Cómo hacer la recategorización del monotributo y hasta cuándo hay tiempo

De acuerdo con el calendario oficial difundido por ARCA, la recategorización del monotributo vence hoy 5 de febrero de 2026. Este proceso que se realiza dos veces al año consiste en la evaluación la situación del contribuyente en base a los últimos 12 meses de actividad, considerando aspectos como la facturación total, la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y los alquileres devengados.

Sin embargo, es importante que, si bien todos deben ingresar a realizar la recategorización, los cambios no se aplican a la totalida de estos. Aquellos que, al analizar sus parámetros, no superaron los topes de su categoría actual ni registraron cambios que impliquen un salto de escala no se les aplica ninguna modificación.

Asimismo, aquellos que no hagan la recategorización, pero sigan dentro de los parámetros de su categoriza, la permanencia en la misma categoría es automática y no requiere ninguna acción adicional. En cambio, el trámite es obligatorio para quienes hayan facturado por encima del límite correspondiente a su categoría o hayan tenido modificaciones relevantes en los alquileres devengados.

Quedan exceptuados de esta instancia quienes se hayan inscripto en el régimen hace menos de seis meses. En el caso de aquellos que hayan reducido su nivel de ingresos o modificado un parámetro que lo colocaba en una escala superior (por ejemplo, un monotributista que cumplía con todos los requisitos para la categoría B, pero por la energía consumida lo ubicaban en la D, bajó su consumo y ahora cumple para estar en la B), debe completarlo para encuadrarse en una escala inferior. De no hacerlo, si bien no hay sanciones porque la diferencia es a favor del fisco, por 6 meses pagará dinero de más, por lo que también, en la práctica, termina siendo "obligatorio.

Asimismo, es importante tener en cuenta que los nuevos topes de facturación y los valores de las cuotas ya incorporan la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este ajuste busca evitar saltos abruptos entre categorías y reflejar con mayor precisión la realidad económica de los pequeños contribuyentes. Por lo tanto, es posible que contribuyentes que ya habían superado los parámetros de su categoría, con la actualización vigente, sigan quedando en la misma.

Con respeto al procedimiento, el mismo se realiza de forma 100% online a través del sitio oficial de ARCA. Para iniciar la recategorización, el usuario debe ingresar con CUIT y Clave Fiscal y seleccionar la opción "Monotributo". Dentro de ese menú, debe hacer clic en "Recategorización", para acceder al respectivo formulario.

Una de las ventajas del sistema actual es que ARCA ya muestra la información de facturación electrónica registrada, lo que facilita el control de los datos y disminuye el margen de error. No obstante, es clave revisar con atención los ingresos brutos percibidos entre enero y diciembre del 2025, ya que sobre ese período se define la categoría correcta.

Si el monto total supera el tope vigente, o algunos de los otros parámetros, el contribuyente deberá seleccionar la nueva escala que le corresponda. Una vez confirmado el trámite, el sistema emite automáticamente el Formulario 184 y la nueva credencial de pago, que comenzará a regir con los valores actualizados a partir de febrero. Cumplir con este paso en tiempo y forma no solo permite evitar multas o sanciones, sino que también ayuda a mantener una situación fiscal ordenada. Además, estar correctamente categorizado es un requisito clave para acceder a beneficios crediticios y operar sin inconvenientes dentro del sistema formal. En un escenario de controles más estrictos, mantener los datos actualizados ante ARCA es una condición indispensable para los monotributistas.

Monotributo 2026: los nuevos topes de facturación

Con la actualización del 14,32% basada en el índice de movilidad, los límites de ingresos brutos anuales para cada categoría quedaron conformados de la siguiente forma:

  • Categoría A: hasta $10.278.539,03
  • Categoría B: hasta $11.474.024,65
  • Categoría C: hasta $13.367.436,25
  • Categoría D: hasta $15.562.133,97
  • Categoría E: hasta $17.656.965,39
  • Categoría F: hasta $20.724.843,21
  • Categoría G: hasta $23.792.721,03
  • Categoría H (Límite para servicios): hasta $28.529.537,73
  • Categoría I: hasta $31.815.719,77
  • Categoría J: hasta $35.158.490,44
  • Categoría K (Límite para venta de bienes muebles): hasta $39.273.109,24

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