Fallo clave: PAMI deberá proveer cobertura total a un jubilado pese a sus normas internas
Un jubilado logró mediante un fallo judicial que el PAMI le otorgue medicación con descuento de 100%, que le negaba sosteniendo que "no está en el Vademecum", en virtud del derecho a una vida digna.
El fallo, dictado por el juez. Daniel Alonso (Juzgado Federal 2 de Paraná) el pasado viernes 17 de abril, representa un precedente clave en el derecho a la salud frente a las limitaciones administrativas de PAMI y, en general, de las obras sociales.
Cuál fue el conflicto del jubilado con PAMI
El paciente, F.A. de 71 años, padece una enfermedad crónica (Dermatitis Atópica Grave, según los registros médicos del caso) que requiere un tratamiento específico.
El PAMI había rechazado la provisión del fármaco argumentando que el mismo no se encontraba incluido en su vademécum oficial, lo que técnicamente lo excluía de la cobertura automática.
Qué decidió el juez sobre provisión de medicamentos
El juez Alonso hizo lugar a la acción de amparo y ordenó:
Cobertura Integral (100%): PAMI debe garantizar el tratamiento de forma gratuita y sin costo para el afiliado.
Cumplimiento de la prescripción: la provisión debe ajustarse estrictamente a lo indicado por el médico tratante:
- Dosis de carga: 600 mg.
- Dosis de mantenimiento: 300 mg cada 15 días.
- Plazo inicial: 6 meses de tratamiento.
Ejecución inmediata: la sentencia advierte que el incumplimiento activará medidas judiciales directas para asegurar que el paciente reciba el remedio sin más dilaciones.
Cuáles son los fundamentos jurídicos del fallo
El magistrado basó su decisión en principios constitucionales que prevalecen sobre las normas internas de la obra social.
El fallo sostiene que la seguridad social no puede supeditar la salud de un paciente a criterios puramente administrativos o económicos cuando existe una indicación médica fundada. El vademécum es una guía, pero no un límite infranqueable si la vida o calidad de vida del afiliado corre peligro.
Respecto del derecho a la vida y la salud, se citaron tratados internacionales con jerarquía constitucional que obligan al Estado y sus organismos (como PAMI) a garantizar el acceso efectivo a la salud, especialmente en sectores de vulnerabilidad como la tercera edad.
El juez calificó la negativa del PAMI como un acto lesivo que colocaba al jubilado en una situación de desamparo, agravando su estado clínico de forma innecesaria, por lo que la decisión administrativa adolece de arbitrariedad e ilegalidad.
Por qué es importante este fallo
Este caso reafirma que el vademécum no es una lista cerrada. Si un médico especialista demuestra que un fármaco específico es el único eficaz para su paciente, la Justicia priorizara ese derecho por sobre los protocolos de exclusión del PAMI y otras prestadoras.
El fallo subraya que privar al afiliado del tratamiento adecuado afecta directamente el derecho a una vida digna, lo que obliga a la obra social a adecuar sus recursos para cumplir con la manda judicial.
Así, el PAMI deberá proveer de medicación con descuento de 100% a un jubilado y no podrá negarla afirmando que "no está en el Vademecum".