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ARCA: qué pasa si transfiero dinero entre cuentas propias en mayo 2026

Aunque las transferencias entre cuentas propias son legales, superar límites o no justificar fondos puede activar alertas y controles de ARCA
Por IM
IMPUESTOS - 12 de Mayo, 2026

Las transferencias entre cuentas propias se convirtieron en una práctica habitual para miles de personas en Argentina. Mover dinero entre bancos, utilizar distintas billeteras virtuales, separar ahorros y realizar pagos son tan solo algunas de las operaciones que los usuarios hacen de forma cotidiana dentro del sistema financiero formal.

Si bien se trata de una operatoria legal y frecuente, muchas personas tienen dudas sobre qué sucede cuando se transfieren montos elevados o cuando las operaciones se vuelven reiteradas.

En este sentido, es importante tener en cuenta que tanto los bancos como las billeteras virtuales aplican controles automáticos sobre los movimientos de dinero y reportan determinadas operaciones a ARCA.

En ese contexto, uno de los principales puntos a tener en cuenta es que las transferencias entre cuentas del mismo titular no generan impuestos por sí mismas ni constituyen una irregularidad. Sin embargo, existen determinadas situaciones que pueden derivar en pedidos de documentación o en controles adicionales.

Qué situaciones pueden generar controles al transferir dinero entre cuentas propias

Aunque mover dinero entre cuentas propias no implica automáticamente un problema ante ARCA, las entidades financieras realizan un monitoreo para detectar operaciones que no coincidan con el perfil habitual del usuario o con sus ingresos declarados.

Uno de los escenarios más frecuentes ocurre cuando una persona recibe una suma importante de dinero y luego la distribuye entre distintas cuentas propias. Es una situación muy común cuando se da la venta de un activo de gran valor, como un inmueble.

En dichas operaciones, es habitual que las personas cambien fondos obtenidos a pesos o viceversa, según el tipo de operación realizada, y posteriormente transfieran el dinero bancos o billeteras virtuales

En cualquier caso que haya una gran magnitud de fondos implicados, deriva en un pedido de documentación respaldatoria por parte de las entidades que permita demostrar el origen legítimo de los fondos involucrados.

Si el usuario no presenta la información requerida dentro de los plazos establecidos, puede enfrentar algunos problemas. Entre las posibles consecuencias se encuentra la emisión de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo que se encarga de prevenir y detectar el lavado de activos.

También suelen activarse alertas cuando las transferencias realizadas superan ampliamente los ingresos que la persona tiene declarados ante los organismos fiscales. Los sistemas automáticos cruzan la información bancaria con la situación tributaria del titular y detectan inconsistencias entre el dinero que circula y la capacidad económica registrada.

Otra situación que puede derivar en controles ocurre cuando se realizan depósitos en efectivo y poco tiempo después esos fondos son transferidos hacia otras cuentas, incluso si pertenecen al mismo titular. 

Es importante señalar que los controles no solo se activan por una transferencia puntual de gran monto, sino que las entidades también analizan el volumen acumulado de movimientos dentro de un mismo mes. Por ese motivo, múltiples operaciones pequeñas pueden terminar generando pedidos de información si en conjunto superan determinados parámetros.

Asimismo, se debe tener presente que, si bien todas las operaciones mencionadas pueden generar controles, el Gobierno elevó los umbrales a partir de los cuales las entidades financieras se encuentran obligadas a reportar los movimientos.

Cuáles son los límites vigentes que monitorea ARCA en mayo de 2026

ARCA estableció distintos umbrales a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales se encuentran obligados a informar las operaciones de un usuario.

Actualmente, el límite general para personas físicas es de $50.000.000 mensuales. Dentro de ese cálculo se incluyen transferencias, acreditaciones, saldos bancarios y movimientos realizados mediante billeteras virtuales. Para las personas jurídicas, el parámetro vigente desciende a $30.000.000 mensuales.

Las extracciones de efectivo también se encuentran alcanzadas por estos controles. En este caso, el umbral de información es de $10.000.000 por mes tanto para individuos como para empresas.

En paralelo, las compras efectuadas como consumidor final pueden realizarse hasta un monto de $10.000.000 sin necesidad de presentar documentación adicional.

Superar estos valores no implica automáticamente una infracción ni deriva en una sanción. Sin embargo, sí habilita a las entidades financieras a informar los movimientos y, si lo consideran necesario, solicitar comprobantes que permitan justificar el origen de los fondos.

Otro aspecto importante es que estos parámetros no se aplican únicamente sobre operaciones realizadas en pesos. Las transferencias efectuadas en dólares también son consideradas dentro de los controles, ya que los bancos convierten esos montos utilizando el tipo de cambio oficial vigente al momento de la operación.

Algo similar sucede con las operaciones vinculadas a criptomonedas. En esos casos, las entidades toman como referencia el último valor informado por el sujeto obligado. Debido a esto, una transferencia realizada en moneda extranjera o en activos digitales puede superar los límites establecidos sin que el usuario lo advierta.

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