• 22/7/2026
ALERTA

La trampa impositiva de julio que no se prorroga y puede costar hasta $10 millones en multas de ARCA

Dos obligaciones informativas que vencen a fines de julio tienen multas de $10 millones por falta de presentación: el balance y el informe de accionistas
22/07/2026 - 07:15hs
La trampa impositiva de julio que no se prorroga y puede costar hasta $10 millones en multas de ARCA

Muchos contadores empiezan a descubrir que en medio de la presentación de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales enfrentan otros dos vencimientos que tienen una multa por incumplimiento de $10 millones a partir de la vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal.

Se trata del Régimen de Información Anual de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas, y de la obligación de sociedades y otros entes de presentar los balances a través de la página de ARCA.

"El error más común es creer que presentando Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por acciones y participaciones se cumple al 100% con ARCA, ya que son las liquidaciones determinativas. Pero se deben presentar además los Estados Contables y la DDJJ de participaciones societarias, que son informativas. Su incumplimiento genera multas de hasta $10 millones cada una", afirma la contadora Aldana Fernández.

Cuándo vence el régimen de información sobre accionistas

La presentación del Régimen de Información Anual de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas, con información sobre los accionistas de las sociedades, correspondiente al período fiscal 2025 vence a fines de julio de 2026.

El cronograma determinado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) opera según la terminación de la CUIT del agente de información es el siguiente:

  • CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 28 de julio de 2026
  • CUIT terminados en 4, 5 y 6: 29 de julio de 2026
  • CUIT terminados en 7, 8 y 9: 30 de julio de 2026

Cuál es la información a presentar

El régimen informativo de Participaciones Societarias exige a las sociedades comerciales, fideicomisos y otras entidades domiciliadas en el país obliga a reportar anualmente lo que sigue:

  • La titularidad del capital: socios, accionistas y beneficiarios finales, al 31 de diciembre del año anterior.
  • La actualización de las autoridades societarias: directores, gerentes, apoderados.
  • Las participaciones societarias en entidades del exterior y sus rentas pasivas.

De dónde surge la multa de $10 millones

Las sanciones pecuniarias nacen de las modificaciones introducidas a la Ley del Procedimiento Tributario a través de la Ley de Inocencia Fiscal.

Con esta reforma, se actualizaron de forma drástica los montos fijados en los artículos de infracciones formales por omisión de presentación de Declaraciones Juradas Informativas:

Personas humanas: la multa fija por no presentar una declaración jurada informativa a término asciende a $5 millones.

Personas jurídicas: la sanción trepa a $10 millones.

Estas sanciones son de aplicación automática una vez consumado el vencimiento sin la correspondiente presentación. Además, en caso de persistir el incumplimiento ante requerimientos explícitos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), los montos por resistencia a la fiscalización pueden ser notablemente más elevados.

Pero ARCA no aplica la sanción de forma inmediata tras el vencimiento, sino que envía una intimación o aviso previo; si el contribuyente subsana la omisión en el plazo otorgado por esa notificación, puede quedar eximido del pago de la multa o acceder a las escalas mínimas.

En caso de que el organismo inicie un sumario por incumplimiento a un requerimiento formal, si el contribuyente reconoce la infracción en su primera presentación formal, la sanción se reduce directamente al mínimo previsto por la norma.

Debido a que el piso fijado para recurrir al Tribunal Fiscal de la Nación quedó desfasado respecto a estos nuevos importes, la totalidad de las multas formales aplicadas bajo esta escala quedan en condiciones de ser apeladas ante ese organismo.

Estos valores sancionatorios rigen a partir del 2 de enero de 2026, con la entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal, y aplica para vencimientos de 2026 por el ejercicio 2025.

Las omisiones que corresponden a vencimientos previos a 2026 conservan, en principio, los esquemas de graduación de multas anteriores vigentes al momento del hecho.

Quienes deben presentar balances ante ARCA

"Sociedades comerciales (SA, SAS, SRL, etc), cooperativas, mutuales, fideicomisos, asociaciones civiles y fundaciones deben subir sus Estados Contables, Memorias (de corresponder), Informe del Auditor y documentación adicional si aplican NIIF a la web de ARCA vía servicio PUB", indica la contadora Aldana Fernández.

"Esta obligación se debe cumplir, hasta el último día del sexto mes siguiente al cierre del ejercicio. Por ejemplo, para el cierre del 31 de diciembre de 2025, el vencimiento hubiera sido el 30d de junio de 2026, pero ARCA prorrogó este plazo al 31 de julio de 2026. De no hacerlo, la multa aplicable es de hasta $ 10 millones", explica.

"La prórroga fue otorgada a pedido de entidades representativas de contadores. Los motivos del atraso son 2: por un lado, la implementación de la nueva "Norma Unificada Argentina (NUA)" para cierres de diciembre 2025 y por otro lado, la mayor carga de trabajo por el vencimiento de las DDJJ de Impuesto a las Ganancias personas humanas", comenta.

"La Norma Unificada Argentina de Contabilidad (NUA), establecida por la Resolución Técnica 54 de la FACPCE, es el nuevo marco normativo contable unificado en Argentina. Su obligatoriedad rige para la preparación de estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025", precisa Fernández.

"La multa por falta de presentación o presentación tardía de los Estados Contables en ARCA se incrementó excesivamente a partir de su actualización introducida por la Ley de Inocencia Fiscal. Es totalmente desproporcionado que no exista una graduación por tipo de sujeto, castigando de igual manera a una pequeña pyme que a una empresa de primera línea nacional", subraya.

"El pasado viernes 17 de julio, varios tributaristas se volvieron a reunir con el ministro de Economía, Luis Caputo, para mejorar el proyecto de reforma a la Ley de Inocencia Fiscal, que aún no ha sido presentado en Diputados. Es una oportunidad única para, además, modificar el esquema de multas desproporcionadas debido a que sí o sí requieren de aprobación legislativa", concluye la experta.

En poco más de una semana, los últimos días de este mes de julio, los contadores deben presentar dos regímenes informativos a ARCA con multas de $10 millones, en medio de las presentaciones anuales de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.