Cuáles son las claves del proyecto de Inocencia Fiscal que impulsa el Gobierno para los dólares del colchón
El Gobierno nacional avanzará esta semana con uno de los proyectos tributarios que considera centrales dentro de su estrategia para incentivar la utilización de los denominados "dólares del colchón". El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles la nueva Ley de Inocencia Fiscal, mientras que el jueves el Poder Ejecutivo enviará la iniciativa al Congreso para su tratamiento legislativo.
El proyecto incorpora una serie de modificaciones respecto de la versión presentada originalmente, con el objetivo de ampliar el alcance del Régimen de Declaración Jurada Simplificada, fortalecer las garantías para los contribuyentes y responder a los planteos formulados durante los últimos meses por especialistas tributarios, estudios contables y representantes del sector inmobiliario.
Entre los cambios previstos se destacan la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos para adherir al régimen, nuevas precisiones sobre las operaciones inmobiliarias realizadas con efectivo, modificaciones en el tratamiento de las discrepancias detectadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y mayores garantías procesales para quienes opten por ingresar al esquema.
La iniciativa forma parte del conjunto de medidas impulsadas por el Ministerio de Economía para favorecer la incorporación de fondos no bancarizados al circuito formal de la economía, una política que el Gobierno viene identificando como uno de sus principales objetivos en materia tributaria y financiera.
Cambios en la Ley de Inocencia Fiscal
La presentación del proyecto llega después de varias semanas de trabajo entre el Ministerio de Economía, funcionarios de ARCA y especialistas en derecho tributario.
Cuando el Gobierno anunció la versión inicial del régimen, distintos profesionales señalaron que algunos requisitos podían limitar la cantidad de contribuyentes interesados en adherirse. Esas observaciones derivaron en una revisión del texto y en la incorporación de modificaciones antes de su envío al Congreso.
Mientras se definían los cambios, el Poder Ejecutivo decidió postergar la presentación del proyecto legislativo y, de manera paralela, ARCA extendió el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias. La nueva fecha límite fue fijada para el 27 de agosto, con el objetivo de otorgar más tiempo a quienes evalúan adherirse al régimen simplificado.
Según explicaron desde el Gobierno, las modificaciones buscan brindar un marco de mayor previsibilidad para los contribuyentes y facilitar el acceso al sistema.
Se eliminan los límites patrimoniales y de ingresos
Uno de los cambios más importantes incluidos en la nueva versión consiste en la eliminación de las restricciones patrimoniales y de facturación que contemplaba el proyecto original.
Hasta ahora, únicamente podían adherir quienes registraran un patrimonio inferior a $10.000 millones y percibieran ingresos anuales menores a $1.000 millones.
La nueva redacción elimina ambos requisitos.
De esta manera, las condiciones principales para ingresar al régimen pasarán a ser dos:
- Tener residencia fiscal en la Argentina
- No estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional
La eliminación de estos topes amplía el universo potencial de personas alcanzadas por la iniciativa y permite que un mayor número de contribuyentes pueda acceder al régimen simplificado.
Qué es el "tapón fiscal" que propone el proyecto
Uno de los principales incentivos previstos por la iniciativa es el denominado "tapón fiscal", un mecanismo mediante el cual ARCA deja de utilizar las variaciones patrimoniales como elemento para cuestionar el origen de determinados fondos utilizados por el contribuyente, siempre que se respeten las condiciones previstas en la ley.
En la práctica, el régimen busca otorgar mayor previsibilidad respecto del tratamiento fiscal de los bienes y recursos incorporados al patrimonio de quienes adhieran al sistema, evitando que las variaciones patrimoniales se utilicen automáticamente para impugnar operaciones.
El nuevo proyecto mantiene este beneficio, aunque introduce precisiones destinadas a fortalecer las condiciones bajo las cuales podrá aplicarse.
Operaciones inmobiliarias con efectivo
Otro de los cambios incorporados apunta específicamente al mercado inmobiliario.
La nueva redacción establece de manera expresa que los pagos realizados en efectivo dentro de escrituras públicas serán compatibles con los beneficios previstos por la ley.
La incorporación de esta aclaración responde a una de las principales consultas realizadas por escribanos, desarrolladores inmobiliarios, contadores y contribuyentes desde que se conoció la primera versión del proyecto, ya que en numerosas operaciones de compraventa continúa utilizándose efectivo aun cuando toda la operación quede documentada mediante escritura pública.
Con la nueva redacción, esas operaciones no implicarán automáticamente la pérdida de los beneficios contemplados por el régimen, siempre que se cumplan las restantes condiciones establecidas por la normativa.
Cambios en las discrepancias detectadas por ARCA
El proyecto también modifica uno de los aspectos que había generado mayores observaciones entre especialistas tributarios: el tratamiento de las denominadas discrepancias significativas.
La propuesta mantiene el criterio según el cual existirá una discrepancia cuando el ajuste determinado por ARCA supere el 15% de lo declarado por el contribuyente.
Sin embargo, incorpora una excepción.
No se considerará configurada una discrepancia significativa cuando la diferencia detectada no supere el equivalente al 5% del monto previsto para el delito de evasión simple contemplado en el Régimen Penal Tributario.
Actualmente, el monto punible fijado por la legislación asciende a $100 millones, por lo que ese 5% representa aproximadamente $5 millones.
Esta modificación introduce un margen de tolerancia para diferencias de menor magnitud dentro del proceso de fiscalización.
Rectificación de declaraciones juradas
La iniciativa también incorpora un procedimiento específico para quienes deban corregir diferencias detectadas durante una fiscalización.
Si el contribuyente rectifica su declaración jurada y cancela los importes correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación realizada por ARCA, podrá conservar los beneficios previstos por el régimen.
En ese supuesto tampoco perderá el denominado "tapón fiscal", siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
Este mecanismo busca establecer un procedimiento para la regularización de diferencias detectadas durante los controles fiscales.
Más garantías para los contribuyentes
Otro de los ejes de la nueva Ley de Inocencia Fiscal está vinculado con las garantías procesales para quienes adhieran al régimen.
El texto establece expresamente que será ARCA quien deberá demostrar la existencia de una discrepancia significativa cuando cuestione una declaración jurada simplificada.
Además, limita la utilización de determinadas presunciones utilizadas habitualmente durante los procedimientos de fiscalización.
Entre ellas aparecen las relacionadas con depósitos bancarios, una cuestión que había sido señalada por asesores tributarios durante las discusiones previas a la redacción definitiva del proyecto.
Con esta modificación, el Gobierno busca establecer con mayor precisión cuáles serán los elementos que podrá utilizar el organismo recaudador para impugnar las declaraciones realizadas bajo el régimen simplificado.
El rol de la UIF dentro del nuevo régimen
La iniciativa incorpora además una referencia específica a la Unidad de Información Financiera (UIF).
El proyecto establece que la adhesión al régimen deberá ser considerada como un antecedente favorable por parte de bancos, escribanos y demás sujetos obligados por la normativa de prevención del lavado de activos al momento de aplicar los procedimientos de identificación y monitoreo de clientes.
La inclusión de este punto busca precisar cómo deberá interpretarse la adhesión al régimen dentro de los mecanismos habituales de análisis que realizan las entidades alcanzadas por las normas de prevención de operaciones sospechosas.
Por qué ARCA extendió el plazo para Ganancias
En paralelo con el envío del proyecto al Congreso, el Gobierno decidió extender nuevamente el vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.
El nuevo plazo fijado por ARCA vence el 27 de agosto.
La decisión fue adoptada mientras se terminaban de definir las modificaciones incorporadas a la Ley de Inocencia Fiscal y busca permitir que un mayor número de contribuyentes pueda evaluar la adhesión al régimen antes de cumplir con sus obligaciones fiscales.
La prórroga también coincide con la estrategia oficial de ampliar la utilización del esquema simplificado.
Cuántos contribuyentes ya se adhirieron al régimen
De acuerdo con los datos difundidos por el Gobierno, más de 330.000 contribuyentes ya se incorporaron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Dentro de ese universo, 170.115 personas ya presentaron formalmente sus declaraciones juradas.
Al mismo tiempo, alrededor de 99.000 contribuyentes mantienen sus declaraciones en estado de borrador, sin haber completado todavía la presentación definitiva.
Desde el Poder Ejecutivo señalaron que durante el último mes se registró un incremento en la cantidad de adhesiones al sistema, dato que forma parte de las expectativas oficiales respecto del impacto que podría tener la nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal una vez aprobada por el Congreso.
Con el envío del proyecto al Congreso, el Gobierno buscará avanzar en la aprobación de un marco legal que amplíe el acceso al régimen, incorpore mayores garantías para los contribuyentes y facilite la utilización de los beneficios previstos para quienes decidan adherirse al esquema.