ALERTA MULTAS ARCA

Presentan proyecto para reducir las exorbitantes multas impositivas

La consultora tributaria Miriam Roldan elaboró un proyecto que apunta a reducir el impacto de las multas fiscales por falta de presentación y/o pago
Por Hernán Gilardo
IMPUESTOS - 23 de Julio, 2026

La consultora tributaria Miriam Roldán, elaboró y presentó un proyecto que punta a reducir el impacto de las multas fiscales por falta de presentación y/o pago tanto determinativas como informativas para Pequeños Contribuyentes y MiPyMES.

El proyecto que la tributarista le acercó al ministro de Economía, Luis Caputo, incluye "la atenuación y en particular los parámetros establecidos en la instrucción de ARCA publicada recientemente. Es un proyecto abierto para el análisis y mejora por el Congreso de la Nación".

"Si bien las multas se actualizaron si uno lo analiza en base al Índice de Precios al Consumidor; variación del dólar, del Mínimo No Imponible y del Salario Vital y Móvil los importes mantienen congruencia en muchos casos quedando por debajo del valor actualizado", agregó Roldán.

"Lo que es importante tener en cuenta es que cuando comenzaron a regir las multas existían dos figuras de contribuyentes, el Responsable Inscripto que presentaba 12 declaraciones juradas de IVA, 2 anuales y si era empleador 12 de cargas sociales (un total de 26 declaraciones juradas) cuya carga implicaba solo informar valores globales en el caso de IVA de debito y crédito mas saldo anterior, en el caso de cargas sociales, total de remuneraciones y porcentajes, tarea que hoy se multiplico no solo por el numero de declaraciones juradas que entre informativas y declarativas un Responsable Inscripto empleador pyme debe presentar 89, es decir ahora es mayor el riesgo y mas probable caer en un incumplimiento, considerando que una informativa para persona humana llega a los $5.000.000 y de una persona jurídica a $10.000.000 mientras que las declarativas están en $220.000 y $440.000 respectivamente por el artículo 38 las que pueden incrementarse incluso por las sanciones que pueden ser acumulativas resutantes del artículo 39 de la Ley 11.683", detalló.

Las multas "matapymes"

La Ley de Inocencia Fiscal que se encuentra en plena vigencia implementó una actualización integral de las multas previstas en la ley de procedimiento fiscal, cuyos nuevos valores quedaron fijados en los siguientes rangos:

  • $220.000 como multa mínima por infracciones formales para personas humanas y sucesiones indivisas.
  • $440.000 como multa máxima por infracciones formales para personas jurídicas.
  • Entre $5.000.000 y $10.000.000 por falta de presentación de declaraciones juradas informativas.
  • Entre $1.500.000 y $10.000.000 para otras infracciones formales agravadas.
  • Entre $11.000.000 y $22.000.000 en supuestos intermedios de mayor gravedad.

En materia de multas materiales y sanciones a agentes de retención y percepción, el nuevo esquema establece los siguientes importes:

  • $150.000 como multa mínima general.
  • $2.500.000 como multa máxima general.
  • $35.000.000 como tope agravado por gravedad o reincidencia.
  • Entre $500.000 y $35.000.000 para agentes de retención y percepción.
  • $10.000.000.000 como límite máximo absoluto de sanciones acumuladas.

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