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ARCA aumenta el Monotributo Social y ya definió la nueva cuota que vas a pagar desde agosto

Miles de beneficiarios de programas sociales se ven afectados por el incremento del aporte mensual que se aplicará desde el mes de agosto
Por A.L.
24/07/2026 - 18:34hs
ARCA aumenta el Monotributo Social y ya definió la nueva cuota que vas a pagar desde agosto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó un aumento en la cuota del Monotributo Social a partir de agosto de 2026. El nuevo valor entrará en vigencia como parte de la recategorización semestral del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

El cambio estará vigente hasta enero de 2027. Se trata de una revisión periódica que realiza el organismo para adecuar las escalas y parámetros del sistema tributario simplificado.

Los beneficiarios del régimen deberán abonar el nuevo importe desde el próximo mes. 

Cuánto pagarán los monotributistas sociales desde agosto 2026, según ARCA

ARCA fijó la nueva cuota en $12.847,27 mensuales. Este valor regirá hasta enero de 2027, cuando se realizará una nueva actualización.

A diferencia de las categorías tradicionales del monotributo, el régimen social mantiene un importante nivel de subsidio estatal. El Estado cubre el 100% del componente impositivo y el 100% de los aportes jubilatorios.

Además, paga el 50% del costo de la obra social. Por eso, los titulares solo deben afrontar la mitad del valor correspondiente a la cobertura médica.

Este esquema de subsidios permite que la cuota sea significativamente más baja que en las categorías comunes. La cobertura médica incluye tanto al titular como a los integrantes de su grupo familiar adheridos.

Qué es el Monotributo Social y para quién está pensado

El Monotributo Social es un régimen especial destinado a trabajadores de la economía popular. El objetivo es facilitar la formalización de actividades laborales sin que los beneficiarios pierdan el acceso a programas sociales.

A través de este esquema, los inscriptos pueden emitir facturas de manera legal. También realizan aportes al sistema jubilatorio y acceden a una obra social.

Otra ventaja clave: pueden incorporar a integrantes de su grupo familiar a la cobertura médica. El régimen busca incluir laboralmente a pequeños emprendedores y trabajadores independientes.

También apunta a personas que desarrollan actividades productivas a baja escala. La idea es que puedan formalizarse sin perder beneficios esenciales.

Qué programas sociales se pueden seguir cobrando

Uno de los aspectos más valorados del Monotributo Social es la compatibilidad con prestaciones sociales. Los inscriptos pueden mantener el acceso a distintos beneficios.

Actualmente, quienes están en el régimen pueden seguir cobrando:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación por Embarazo para Protección Social
  • Tarjeta Alimentar
  • Otros programas compatibles establecidos por la normativa vigente

De esta manera, la formalización de la actividad económica no implica la pérdida automática de estos beneficios clave para las familias.

Esta característica diferencia al Monotributo Social del régimen tradicional. Permite que las personas salgan de la informalidad sin resignar el apoyo estatal que necesitan.

Cómo inscribirse en el Monotributo Social: requisitos y condiciones

Para acceder al régimen es necesario cumplir con una serie de condiciones. ARCA y el Ministerio de Capital Humano establecieron los requisitos básicos.

Tener 18 años o más es el primer requisito. También hay que desarrollar una única actividad económica.

Los ingresos brutos anuales deben ser inferiores a $12.009.410,45. Este monto equivale al tope vigente de la Categoría A del Monotributo tradicional.

En cuanto a patrimonio, se permiten hasta dos inmuebles. Uno de ellos puede estar afectado a la actividad productiva. También se admiten como máximo tres bienes muebles registrables.

No se puede ejercer una profesión universitaria como actividad principal. Tampoco se puede ser empleador ni integrar sociedades comerciales como accionista o socio.

Los ingresos deben provenir únicamente de la actividad declarada. No se cuentan las prestaciones sociales compatibles mencionadas anteriormente.

En el caso de las cooperativas de trabajo, hay un requisito adicional. Deben contar con al menos seis asociados para poder inscribirse en el régimen social.

Quienes cumplan con estas condiciones pueden iniciar el trámite de inscripción ante ARCA. El proceso permite formalizar la actividad y acceder a los beneficios del sistema.

Monotributo: qué tener en cuenta para saber si hay que cambiar de categoría

La evaluación para determinar si hay o no que cambiar de categoría de monotributo no se limita a sumar los ingresos brutos del último año. Hay otros parámetros físicos y económicos que pueden influir en la recategorización final.

ARCA considera cuatro variables principales: ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses, energía eléctrica consumida, alquileres devengados en caso de corresponder, y superficie afectada a la actividad económica.

Con relación a los ingresos brutos anuales, deben computarse los devengados. Es decir, más allá de si se cobraron o no.

Actualmente, al ingresar al servicio Monotributo en la página web de ARCA, el sistema muestra el total facturado que surge de su base de facturación electrónica. Este dato facilita el proceso de recategorización simplificada.

Debe tenerse presente que los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles se encuentran exentos del pago del Monotributo.

Cuáles son los nuevos montos máximos de facturación por categoría

ARCA actualizó los límites de ingresos brutos anuales para cada categoría del régimen simplificado. Estos son los nuevos montos máximos de facturación:

  • Categoría A: $12.009.410,45
  • Categoría B: $17.595.182,74
  • Categoría C: $24.670.494,31
  • Categoría D: $30.628.651,43
  • Categoría E: $36.028.231,33
  • Categoría F: $45.151.659,41
  • Categoría G: $53.995.798,87
  • Categoría H: $81.924.660,37
  • Categoría I: $91.699.761,90
  • Categoría J: $105.012.519,20
  • Categoría K: $126.610.838,75

Estos valores rigen desde el 1° de agosto de 2026 y son los que deben considerarse para evaluar la situación de los últimos 12 meses.

Si un monotributista supera el tope de ingresos brutos de su categoría actual, deberá recategorizarse a una escala superior.

Cuáles son los nuevos montos de las cuotas mensuales

ARCA también actualizó los importes que deben abonar los monotributistas cada mes. Los valores difieren según se trate de prestación de servicios o venta de bienes.

Estos son los nuevos montos de las cuotas mensuales por categoría:

  • Categoría A: servicios $49.527,18 - bienes $49.527,18
  • Categoría B: servicios $56.379,08 - bienes $56.379,08
  • Categoría C: servicios $66.020,12 - bienes $64.530,58
  • Categoría D: servicios $84.612,93 - bienes $82.564,81
  • Categoría E: servicios $119.811,45 - bienes $108.267,51
  • Categoría F: servicios $150.784,21 - bienes $129.930,65
  • Categoría G: servicios $230.312,94 - bienes $158.815,05
  • Categoría H: servicios $522.706,68 - bienes $317.895,01

Para las categorías más altas, los importes son los siguientes:

  • Categoría I: servicios $963.747,86 - bienes $474.992,78
  • Categoría J: servicios $1.167.299,76 - bienes $580.793,69
  • Categoría K: servicios $1.614.446,04 - bienes $702.103,24

Estas cuotas mensuales con los nuevos valores deben cancelarse a partir del vencimiento del 20 de agosto.

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