ARCA detalló cómo confeccionar el recibo digital para empleadas domésticas
Puntos importantes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) brindó precisiones sobre la emisión electrónica de recibos en casas particulares y la confección digital o física del certificado laboral, para seguir poniendo en práctica la aplicación de la Ley de Modernización Laboral.
Las aclaraciones se refieren, por un lado, a la emisión y validez de los recibos de sueldo electrónicos según determina la reforma laboral para personal de casas particulares y, por otro, a las modalidades de confección, autenticación y consulta del Certificado de Trabajo.
A continuación, se detallan las principales cuestiones operativas informadas en ABC Preguntas Frecuentes por el organismo recaudador, según explica Errepar:
Alcance del recibo de sueldo digital de Casas Particulares
¿Cómo se emite el recibo de sueldo del personal de casas particulares?
El recibo debe generarse en forma electrónica mediante el servicio "Registro Especial del Personal de Casas Particulares", al que se accede con Clave Fiscal.
Para su confección, el empleador debe seleccionar la ficha correspondiente al trabajador e ingresar en la opción "Generar recibo de sueldo".
El sistema muestra los datos identificatorios del trabajador y de la relación laboral y permite informar el período que se liquida, la modalidad de liquidación, la remuneración y los demás conceptos necesarios para determinar el importe a abonar.
La ARCA señaló que la validación de identidad realizada mediante el acceso con Clave Fiscal constituye el requisito de autenticidad del recibo electrónico. Por este motivo, no es necesario incorporar la firma del empleador en el documento.
El recibo emitido de esta manera contiene los datos exigidos por la normativa laboral vigente y permite identificar los conceptos que integran la liquidación y la remuneración correspondiente al período.
¿Cuándo debe imprimirse el recibo electrónico?
El mismo debe imprimirse cuando el salario sea abonado en efectivo o cuando el trabajador solicite expresamente su impresión.
En estos casos, debe confeccionarse por duplicado. El original se entrega al trabajador, mientras que el empleador conserva el duplicado, que debe ser firmado por el trabajador.
¿Es necesario continuar emitiendo el formulario F. 102/RT?
No en todos los casos. El fisco esclareció que el formulario F. 102/RT debe emitirse únicamente cuando el empleador opte por realizar de manera manual el pago de los aportes, contribuciones y la cobertura de ART a través de las entidades habilitadas.
Nuevo acceso al certificado de Trabajo
¿Cómo se confecciona el Certificado de Trabajo del artículo 80 en formato digital?
Se genera a través del servicio "Simplificación Registral – Empleadores", ingresando en la opción "Certificado Art. 80 LCT". Para ello, se utiliza el formulario F.984, denominado "Certificado de Trabajo Artículo 80 - LCT".
En esta modalidad, la identificación del empleador queda validada mediante el ingreso con Clave Fiscal, por lo que no resulta necesario incorporar una firma digital al certificado.
Una vez generado, el documento queda disponible para el trabajador a través del servicio "Trabajo en Blanco".
¿Cómo puede consultar y descargar el trabajador el certificado digital?
El trabajador debe ingresar con Clave Fiscal al servicio "Trabajo en Blanco" y seleccionar la opción "Certificado Art. 80 LCT".
Allí podrá visualizar el listado de los certificados digitales generados por sus empleadores y acceder a la descarga del documento en formato PDF, siempre que el certificado haya sido confeccionado bajo la modalidad digital.
¿Qué ocurre si el empleador opta por emitir el certificado en formato físico?
En ese caso, debe generar el certificado a través del servicio "Simplificación Registral", imprimirlo por duplicado y proceder a su firma junto con el trabajador.
La Agencia clarificó que, para esta modalidad, la firma del empleador o de su apoderado legal debe contar con certificación ante una Entidad Certificante. Este requisito se diferencia de la modalidad digital, en la que la autenticación se produce mediante el ingreso con Clave Fiscal.
Qué información utiliza ARCA para confeccionar el Certificado de Trabajo
Para generar el certificado, el sistema utiliza información disponible en las bases de datos del organismo.
Entre los datos considerados se encuentran las altas, bajas y modificaciones de las relaciones laborales registradas, las liquidaciones de sueldos informadas y las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones correspondientes a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Sin embargo, determinados datos deben ser incorporados directamente por el empleador.
¿Qué información debe cargar manualmente el empleador?
Entre los datos que requieren carga manual se encuentra la cuota sindical, respecto de la cual deben informarse los montos liquidados, pudiendo discriminarse los aportes y contribuciones según corresponda de acuerdo con el convenio colectivo aplicable.
También debe informarse el domicilio de la fuente documental, es decir, aquel donde se encuentran resguardados los legajos y/o el Libro de Trabajo.
Además, el sistema contempla un campo para incorporar observaciones y otro destinado al registro de capacitaciones, cursos o entrenamientos realizados por el trabajador. En este último caso, ARCA explicó que su carga es opcional.
¿Cómo se puede cargar la información correspondiente a la cuota sindical?
El servicio "Simplificación Registral – Empleadores" permite incorporar los importes correspondientes a la cuota sindical de manera manual, ya sea informándolos por período o utilizando la opción de Ingreso Masivo.
De esta forma, la actualización del ABC diferencia entre la información que el sistema recupera automáticamente de los registros de ARCA y aquellos datos que deben ser completados específicamente por el empleador al momento de confeccionar el certificado.