• 5/12/2025
ALERTA

Unifican en 15 años las condenas a Lázaro Báez por lavado de activos y fraude en la obra pública

Los magistrados consideraron que las maniobras atribuidas a Báez –con sentencia firme– implicaron un grave daño al orden económico y financiero del Estado
11/07/2025 - 13:28hs
Lázaro Báez

El empresario Lázaro Báez deberá cumplir 15 años de prisión como pena unificada por sus condenas en las causas judiciales "Ruta del Dinero K" y "Vialidad", según resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 4, que también le impuso una multa equivalente a seis veces el monto del dinero lavado.

La decisión fue adoptada por los jueces Néstor Costabel, Fernando Canero y Ricardo Basílico, quienes hicieron lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y rechazaron el planteo de la defensa, que pretendía una pena inferior.

Fundamentos de la resolución

Los magistrados consideraron que las maniobras atribuidas a Báez -ya con sentencia firme en ambas causas- implicaron un grave daño al orden económico y financiero del Estado, en tanto se verificó el lavado de una suma cercana a los 54,87 millones de dólares estadounidenses.

Según consta en el fallo, la unificación responde a que: "Báez tenía pleno dominio y disposición sobre la masa dineraria involucrada en el delito, lo que demuestra la magnitud del perjuicio causado y el alto contenido de injusticia del hecho juzgado".

El empresario, detenido actualmente en una unidad penitenciaria de Río Gallegos, había recibido en su momento dos condenas firmes: la primera a 10 años de prisión por lavado de activos agravado en la causa Ruta del Dinero K y la otra a 6 años de prisión por administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado en la causa Vialidad.

Ahora, esas penas fueron unificadas en una única condena de 15 años de prisión efectiva, conforme a los artículos 55 y 58 del Código Penal Argentino, sin superar el tope legal previsto.

Rechazo al pedido de la defensa de Lázaro Báez

La defensa técnica de Báez había solicitado que se le fijara una pena única de seis años, alegando criterios de atenuación y conexidad entre las causas. Sin embargo, el Tribunal consideró que ese pedido resultaba incompatible con la magnitud de los delitos cometidos, su continuidad en el tiempo y la organización estructurada desde la que se ejecutaron las maniobras.

Además de la pena privativa de libertad, el TOF N.º 4 confirmó una sanción económica complementaria, consistente en una multa equivalente a seis veces el monto de los activos ilícitamente lavados, en los términos de la Ley N.º 25.246 sobre prevención del lavado de dinero.

Finalmente, el Tribunal ordenó proceder al cómputo del tiempo de detención ya cumplido, a efectos de establecer la fecha precisa de cumplimiento total de la condena, en cumplimiento de las previsiones del Código Procesal Penal.

La causa Ruta del Dinero K involucra operaciones de blanqueo realizadas entre 2010 y 2013 mediante sociedades pantalla, financieras y cuentas en el exterior, mientras que la causa Vialidad refiere a irregularidades en la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz, que favorecieron al grupo económico de Báez durante los gobiernos kirchneristas.

Ambos procesos cuentan con condenas firmes y han sido ratificados por la Cámara Federal de Casación Penal y, en parte, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El presente fallo consolida el avance de la etapa de ejecución penal, con posibles derivaciones en materia de decomiso de bienes y restitución al Estado.

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