EN NEUQUÉN

Insólito: un colegio deberá pagar $175 millones a la famila de una nena tras una caída

Una fractura leve en una escuela de Neuquén derivó en un fallo récord de $155 millones. Abogados cuestionan el criterio y alertan por efecto contagio
Por iProfesional
LEGALES - 12 de Diciembre, 2025

En 2019, una alumna de 7 años sufrió una fractura en la tibia izquierda mientras participaba en una clase de gimnasia en Chos Malal, Neuquén. Aunque los médicos calificaron la lesión como "leve", los padres iniciaron un juicio civil que culminó en un fallo extraordinario.

En 2020, luego de solicitar $6 millones por una posible incapacidad futura, la familia llegó a un acuerdo parcial con Sancor Seguros, que pagó poco más de $10 millones. No obstante, en 2021 los progenitores reanudaron la acción legal, esta vez contra el Consejo Provincial de Educación (CPE) y la compañía aseguradora.

Fallo judicial y cifra impactante

En abril de 2025, el juez Carlos Choco, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia de Chos Malal, ordenó al CPE abonar $175 millones, un monto que excedió ampliamente la cifra reclamada originalmente y superó incluso indemnizaciones de casos con víctimas fatales. Posteriormente, la Cámara de Casación ajustó la suma a $155 millones, aunque la provincia presentó un pedido de nulidad del fallo.

Silvana Reñones, abogada del CPE, advirtió: "Los niños se caen, por eso tienen un seguro, imagínate que el Estado deba pagar 200 millones a cada niño que se accidenta". Reñones firmó el recurso de nulidad ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), sosteniendo que la sentencia podría sentar un precedente insostenible para todo el sistema educativo.

Accidente leve, indemnización desorbitante

La fractura fue tratada con yeso y un tiempo de recuperación normal, sin dejar secuelas significativas. Según la defensa, se trató de "accidentes ordinarios, contemplados en las pólizas de seguro previstas por la normativa educativa".

De acuerdo con el recurso de nulidad presentado ante el TSJ, la sentencia de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Nancy Vielma, Juan Manuel Menestrina y Norma Alicia Fuentes, confirmó el fallo del juez Carlos Choco "sin justificar un salto cualitativo de tal magnitud", dado que la familia originalmente había reclamado apenas 6 millones.

En el planteo legal se advierte: "Resulta un claro enriquecimiento sin causa, de carácter confiscatorio, ilícito e inmoral, que afecta gravemente al Estado y con ello al patrimonio del pueblo neuquino".

Cuestiones procesales y técnicas

El juicio mostró que la demanda contra el CPE se presentó años después de aceptar el pago de la aseguradora. Además, se aportaron actas escolares que confirmaban la caída, sin controversia sobre la pericia médica.

"La validación de Casación al fallo en primera instancia desconoce que la responsabilidad del Estado corresponde al derecho administrativo, y debe juzgarse en el fuero contencioso-administrativo", enfatiza Reñones, citando la ley procesal 1305, que establece competencia para resarcimientos por actos de la administración pública.

Cómo se calculó la indemnización

Las pericias médicas confirmaron que la lesión resultó ser "leve", con recuperación favorable y un porcentaje de incapacidad del 10%. El informe psicológico que sustentó daño moral fue cuestionado por su falta de consistencia técnica.

"Choco reconoce la buena evolución, pero termina otorgando una incapacidad del 28% y calcula el daño moral en cifras absurdas", detalló Reñones. La sentencia incluyó ajustes por valores del SMVyM e intereses, considerados arbitrarios por la defensa.

La Cámara de Casación revisó parcialmente, reduciendo el daño moral a 12 millones, pero aún mantuvo la indemnización por 155 millones, algo que Reñones considera "totalmente cuestionable".

Riesgo de efecto contagio

La abogada alertó sobre un posible precedente peligroso: "El CPE tiene 300 mil estudiantes. Si esta sentencia se mantiene, podrían generarse juicios por cualquier accidente menor. Sería insostenible, una verdadera industria del litigio".

En este caso, una fractura de tibia con recuperación normal, cubierta por seguro escolar, se convirtió en un conflicto que pone en debate los límites de las indemnizaciones y la interpretación judicial en Neuquén.

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