Cambios en las vacaciones para empleados: así impacta la reforma laboral en las relaciones preexistentes
La Cámara de Senadores logró aprobar en forma definitiva la reforma laboral, luego de que la iniciativa pasara la semana anterior por Diputados y cosechara 135 votos afirmativos frente a 115 negativos.
El proyecto de "modernización laboral" debió volver al Senado ya que el oficialismo se vio forzado a modificarlo en Diputados con la eliminación del muy cuestionado artículo que establecía descuentos del 25% y del 50% en los salarios en casos de enfermedad. Para el Gobierno, esa concesión fue clave para asegurarse la mayoría de 129 votos para aprobarlo.
Si bien existe una polémica sobre el carácter retroactivo de la reforma laboral, los expertos advierten que los principales aspectos se aplican a partir de la vigencia también para quienes ya están empleados hoy, salvo que la norma expresa que dependen de la reglamentación, como el Fondo de Asistencia Laboral para indemnizaciones.
Qué pasa con el sueldo dinámico y los bancos de hora
Con el capítulo de la reforma laboral sobre "salarios dinámicos", el empleador podrá pagar suplementos por productividad y retirarlo cuando cambien las condiciones.
"El sueldo dinámico hoy no existe. Una empresa debería otorgar un incremento (futuro) para que le apliquen las reglas del sueldo dinámico", afirma Paola Forchiassin, del Estudio Marval.
Sin embargo, también aclara que "en la medida en que exista acuerdo entre las partes (sea un acuerdo escrito firmado voluntariamente por el empleado o que se acuerde con el gremio), y que se respeten los descansos mínimos, sí se podría implementar".
"Ese acuerdo debe plasmarse por escrito, tanto en los casos de negociación individual (solo con el empleado) o colectiva (con el sindicato), advierte Javier Sabin, de EY Argentina.
"Las retribuciones dinámicas podrán aplicarse siempre que se otorguen por encima de los salarios y conceptos de pago obligatorios", sostiene Fernando Bonofiglio, de PwC Argentina.
A la vez, en lugar del pago de horas extraordinarias que se cumplen por fuera del horario laboral, con el nuevo marco legal, los empleadores podrán disponer de un banco de horas para compensar esas jornadas prolongadas con períodos de descanso (francos, jornadas reducidas) en otros días, con límites fijados por convenio. Hasta ahora eso tampoco existe.
Cuándo se van a poder tomar las vacaciones
La reforma laboral prevé que las vacaciones se van a poder fraccionar por semanas y que solo cada 3 años es obligatorio para las empresas otorgarlas en período veraniego.
"Con las vacaciones, se está reflejando en la ley una práctica que ya existe", indica Forchiassin. También para Sabin las normas de la reforma laboral sobre vacaciones aplican a las relaciones laborales hoy vigentes.
"Si un empleado toma vacaciones durante la vigencia de la ley, aplica la nueva norma", asegura Luis Discenza, del estudio AZDR y Asoc
Sin embargo, "la aplicación de la reforma laboral sobre vacaciones depende del acuerdo de las partes", considera Federico Basile, de Tavarone, Rovelli, Salim & Miani.
"Una vez en vigencia la reforma laboral, se pueden partir las vacaciones por semanas y otorgarse en época no veraniega, pero requerirá del mutuo acuerdo del trabajador y empleador", subraya Bonofiglio.
"También estará vigente la reducción del plazo para comunicar el otorgamiento de vacaciones a 30 días", puntualiza.
Qué otros cambios entran en vigor
"En cuanto a las contrataciones que se realicen bajo este nuevo marco, la ley se aleja de la rigidez y se enfoca en incentivos fiscales directos para fomentar el empleo", señala Sabin, y precisa los siguiente:
Exención de Contribuciones Patronales: se establece una reducción de contribuciones por 48 meses para los nuevos empleados que sean desempleados, monotributistas o empleados públicos al momento de la contratación, mas allá de que resta la reglamentación para precisar detalles.
Bonofiglio también precisa entre los nuevos beneficios la extensión de plazo para entrega de certificaciones laborales ante nuevas desvinculaciones, donde el nuevo plazo es de 45 días hábiles.