JUICIO A ALBERTO F.

Alberto Fernández quedó a un paso del juicio por la denuncia de violencia de género de Fabiola Yañez

Tras el fallo que rechazó los planteos de la defensa, el expediente sigue su curso y quedan allanados los pasos hacia un debate oral
Por iProfesional
LEGALES - 21 de Abril, 2026

Alberto Fernández quedó a un paso de enfrentar un juicio oral y público por las acusaciones de violencia de género de su exmujer, Fabiola Yáñez. El juez federal Daniel Rafecas rechazó hoy el pedido de nulidad presentado por la defensa del expresidente.

La decisión de Rafecas despeja el camino para que la causa sea elevada a juicio oral. El siguiente paso será el sorteo del tribunal oral federal que se hará cargo del proceso.

Yáñez se separó de Fernández y regresó a fines del año pasado a la Argentina desde Madrid. Allí vivía con Francisco, el hijo de ambos. Acordó un régimen de visitas para que padre e hijo pudieran mantener su vínculo.

Por qué Rafecas rechazó la nulidad que pedía la defensa

Rafecas avaló la instrucción previa del caso, que había realizado el juez Julián Ercolini. También convalidó las pruebas recolectadas hasta el momento.

El juez subrayó la obligación internacional del Estado argentino de evitar la revictimización en casos de violencia de género, lo cual implicaría retrotraer el proceso a foja cero y obligar a la víctima a declarar nuevamente tras más de un año y medio de trámite.

La abogada de Fernández, Silvina Carreira, apuntaba a derrumbar el caso. Sostenía que las decisiones de Ercolini debían anularse porque el juez fue apartado por enemistad manifiesta con su cliente. Argumentó que la garantía de imparcialidad judicial estaba afectada.

La defensa definió la causa como producto del "fruto del árbol envenenado". Señaló que la aparición de las fotos en el teléfono de María Cantero, exsecretaria del expresidente, era una "expedición de pesca" disfrazada de medida probatoria.

Rafecas desestimó esa pretensión. Sostuvo que la nulidad es una sanción procesal excepcional. El apartamiento de Ercolini pretendía "alejar cualquier temor de parcialidad", pero dejó expresamente a salvo la validez de los actos ya cumplidos.

"No se observa, de la lectura de las actuaciones, que el imputado se haya visto impedido de ejercer plenamente su derecho de defensa, tanto material como técnica", escribió el juez.

"No se advierten motivos que hagan merecer la producción de prueba solicitada, como así tampoco que los resultados de la misma fueran a modificar el temperamento que aquí se adopta", agregó.

Con esta decisión, la investigación principal recobra impulso. Las pruebas digitales y testimoniales recabadas quedaron validadas.

El procesamiento de Alberto Fernández que la Cámara ya había confirmado

El 6 de octubre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el procesamiento del expresidente en el caso de violencia de género. Ese mismo tribunal apartó a Ercolini del caso.

El tribunal penal decidió por unanimidad rechazar los argumentos de la defensa del acusado. Fernández está acusado de lesiones leves y agravadas por violencia de género y de amenazas coactivas contra Yáñez, en concurso real.

El fiscal federal Ramiro González solicitó el 14 de agosto que Fernández fuera juzgado en un juicio oral y público.

El expresidente había solicitado que fueran apartados de la causa tanto el juez Ercolini como el fiscal González. Argumentó incompetencia y falta de objetividad de ambos.

El 15 de abril del año pasado, la Cámara Federal porteña había confirmado el procesamiento de Alberto Fernández.

La decisión la tomó la Sala II del tribunal. Se pronunciaron por confirmar el procesamiento Martín Irurzun y Eduardo Farah. En disidencia votó Roberto Boico.

"Es presumible que hubo una unidad de designio entre las diferentes lesiones que se tuvieron por acreditadas y las diferentes formas de violencia de género que de manera continuada entre 2016 y 2024, el imputado ejerció sobre la víctima, ocasionándole graves daños en su salud que fueron suficientemente probados", afirmó Irurzun en su voto.

Farah adhirió al voto de Irurzun. Destacó que no hubo una imputación "vaga", como remarcó la defensa de Fernández, ni "deficiencias" en el razonamiento del juez Ercolini.

"La alegación de la defensa de que las explicaciones brindadas y los cuestionamientos efectuados por Fernández en su indagatoria no recibieron 'ninguna atención por parte del juez interviniente' no se compadece con la realidad", afirmó.

Boico, a contramano de sus colegas, propuso dictar la falta de mérito de Fernández. Destacó numerosos déficits en la etapa de instrucción. Sostuvo que la valoración de la prueba "ha evidenciado un sesgo que omite elementos que la refutan, debilitando así la solidez de la acusación".

La Cámara decidió en línea con el fiscal de esa instancia, José Luis Agüero Iturbe. Él había pedido que se confirmara la sentencia contra el expresidente.

Qué hechos de violencia de género se le imputan a Alberto Fernández

Yáñez, de 43 años, denunció en 2024 al expresidente, de 65. Lo hizo después de que la justicia hallara conversaciones e imágenes en el teléfono de su secretaria.

La investigación inicial era por supuesto tráfico de influencias contra Fernández. En ese marco aparecieron elementos que podrían indicar "lesiones leves en contexto de violencia de género" contra la exprimera dama.

El fiscal Ramiro González formuló su acusación en noviembre. Consideró que antes del 12 de agosto de 2021, el exmandatario le provocó a Yáñez un moretón en el brazo producto de un "agarrón" o "zamarreo" dentro del chalet presidencial de la Quinta de Olivos.

También que entre la noche del 21 de junio y la madrugada del 22 de junio de 2021, la golpeó en el rostro dejándole una lesión en su ojo derecho.

Yáñez decidió instar la acción penal contra Fernández en agosto del año pasado. Lo hizo luego de que se hicieran públicas conversaciones en las que le contaba a María Cantero los maltratos que habría sufrido.

"Hoy me agarró del cuello y, sabiendo que puedo estar embarazada, me pegó una patada en la panza", le confió a Cantero. "Me agarró del cuello, me sacudió los brazos y tengo los moretones", le dijo más adelante.

Junto a esos mensajes, envió fotos que la muestran con hematomas en el ojo y en la axila.

El juez Irurzun sostuvo en su voto que la "notoria desigualdad de poder" entre ambos influyó en que Yáñez optara inicialmente por no instar la acción penal contra Fernández.

"Las referencias contenidas en las comunicaciones muestran que su destinataria (siendo quien era, se insiste) no negó el panorama violento que se le estaba describiendo. Tampoco lo desestimó; lo vinculó, en sus palabras, a aspectos del carácter y de las vivencias que en ese momento estaba teniendo el Presidente", dijo el juez.

"Los mensajes (las capturas incluidas en ellos) también indican algo relevante: él mismo, cuando su pareja le habló de los golpes, no le desmintió nada tampoco", agregó Irurzun.

"Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género, ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima", concluyó el magistrado en su voto que confirmó el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género.

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